Avería tras el cambio de nombre

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Rigodon
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Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por Rigodon »

Hola, buen día.
Hice un cambio de una Triumph tiger 1050 por una Kawasaki gtr.
El cambio lo hicimos a pelo, una moto por la otra, después de haberlas probado, nos pareció todo bien.
Pues al contrario, el que se queda la Tiger, dice que la moto no va bien y que se le ha roto el embrague.
Y que el no se va a hacer cargo del coste.
Le digo que la traiga a mí mecanico de confianza y dice que baje el a verla.
Que la ha mirado su mecánico y que es el embrague.....
Me contesta que sabía que la moto estaba mal y se la he cambiado.
La motos las probamos y nos parecieron bien a los dos.

Yo, la moto se la dejé en perfecto estado y no se que pensar.
Pregunto:
Que hacer en estos casos?
Saludos y vss
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jesusmalaga
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por jesusmalaga »

Habéis firmado un contrato entiendo, no?

Si es que no... de todo se aprende. Y ya sabes que no se le da a nadie una moto si no firma.

Si es que si y el contrato dice, como todos los contratos normales, que el comprador acepta la moto como es y ha hecho todas las verificaciones pevias que el ha parecido... ajo y agua.

Solo es responsabilidad legal tuya si se pudiera comprobar un conocimiento previo. Entiendo que tu no has notado (y dado advertencia) de ruidos raros, resbalamientos de embrague, ni en alguna ultima revisión el mecánico te ha dicho "esto está pa caer" ni nada parecido...

Y asumiendo ese no, no hay forma de asegurarse de que el tal según se ha llevado la moto se ha puesto a hacer cambios sin usar embrague y sin saber, lo ha abierto para mirar algo o lo que sea.

Ni siquiera tiene sentido que lo asumas "de buena fe". Si uno compra un vehiculo usado a un particular tiene que aceptar que la ventaja de la baratura implica asumir que puede fallar en cualquier momento.

Si quiere reclamar legalmente, que reclame.
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jesusmalaga
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por jesusmalaga »

Un momento, acabo de leer "tras el cambio de nombre" en el título.

Esto es... incluso ha dado tiempo a procesar la cosa documental, lo que implica que han pasado si no semanas, días.

Siendo así que lo folle un pez. Ni la ley te obliga, ni tu tienes por qué moralmente asumir lo que pueda él haber hecho con la moto tras llevársela. Si quería garantías de embragues que le hubiera pagado a un compraventa el dinero de más que siempe piden.
Rigodon
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por Rigodon »

Gracias por las respuestas.
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por zafiro76 »

Como dice Jesús "ajo y agua". Si aún por encima se pone chulo y dice que sea tu mecánico el que vaya a ver la moto más motivos aún para mandarlo a paseo. Además un embrague de una Triumph no es como el de una GS, yo he desmontado uno con 130.000 kms y estaba para hacer otros 130....
gorilo
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por gorilo »

Yo estudiaría el asunto ese de los vicios ocultos. Me parece que hay varios meses, para poder reclamarlos.
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jesusmalaga
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por jesusmalaga »

gorilo escribió: 09 Oct 2024, 13:11 Yo estudiaría el asunto ese de los vicios ocultos. Me parece que hay varios meses, para poder reclamarlos.
Se puede reclamar un vicio oculto, no una avería.

Vicio oculto es algo que está presente en la moto ANTES de la venta, afecta a sus funciones principales, y ha sido ocultado por el vendedor a pesar de constarle o existir indicios de que podía existir.

Casi siempre, puesto que se supone la capacidad del comprador de revisar la moto, tiene que ser algo disimulado. Cosas como una pieza que se ha reparado de aquella manera para que dure, algo que solo se nota cuando la moto lleva un rato andando, cuando pasa de cierta velocidad o cosas parecidas.

El solo hecho de que algo se averíe después NO ES un vicio oculto. Ni siquiera aunque la avería se produjera a los diez minutos de llevarte la moto. Sería algo cubierto por una garantía que un particular no tiene por qué dar.

Una avería nueva ni siquiera sería razón suficiente para solicitar una anulación de la compraventa en los dias siguientes. El vendedor tendría todo el derecho a exigirte que la moto andase igual que en el instante en que se firmó el contrato o retener el importe necesario para repararla.

Y legalmente, incluso aunque realmente se pueda decir que es un vicio oculto, la carga de prueba es asunto del comprador. Esto es... el comprador tiene que buscar algún tipo de prueba que ilustre que lo que sea existía antes, y debía haber sido notado por el vendedor.

Yo he vivido de forma cercana una moto que cuando entraba en reserva se paraba, y la reparación implicaba tal vez cambiar un depósito medio hecho a mano, manguitos, etc. Y la respuesta del vendedor fue que usaba la moto en recorridos cortos y siempre le echaba gasofa cada poco y ni era consciente de eso - que no creía haber usado la reserva en la vida. Y al preguntar el comprador en cosas de consumo y abogados le dijeron muy claro que si no podía presentar a un juez una prueba legal que demostrara que el anterior dueño alguna vez le había pedido a un taller presupuesto para repararlo o algo así... nasti de plasti.

Algo por ejemplo que esté a punto de cascar y haga ruido tampoco tendría consideración de vicio si el comprador ha probado la moto y no puede probar que algo le impedía oírlo. Tampoco en el clásico caso de que la cosa suena a cascarria y el vendedor te dice "eso ha sonado así siempre" y luego cuando la llevas al taller te dice el mecánico algo como "como no cambies la distribución te va a reventar la moto". Si sonaba malamente y tu aceptaste comprarla... tienes que asumir el ruido y sus consecuencias. Y si tenías dudas haberla llevado al mecánico antes de firmar la compra.

Hay otro caso clásico que es el de la moto que se compra sin pasar la ITV bajo el concepto "solo hay que llevarla", y luego la llevas y resulta que tiene un problema de gases, o los neumáticos indebidos o algo así. Solo si en el contrato de compraventa se pone alguna referencia expresa y el vendedor firma las consecuencias que está dispuesto a aceptar si no la pasa procedería reclamar. O si resulta que descubres que ya la habian llevado a la ITV y rechazado. Si no... si has comprado una moto que no puede pasar la ITV tal y como está es problema tuyo.

Obviamente un problema de embrague no podía existir en la moto antes de comprarla, salvo que hubiera una situación del estilo de que la moto la compras a distancia, y es cuando la bajas del remolque y la arrancas que lo notas.

Puesto que el hombre la probó y la ha estado usando, no procede decir que el embrague estaba averiado antes salvo que hubiera una cosa como que cuando lo abres para cambiarlo ves que en realidad la corona estaba hecha un asco y alguien le ha hecho un apaño para aguantar lo mínimo para venderla. Supongo que podemos asumir que no es el caso del compañero.

Pero incluso en ese caso el comprador tendría que hacer algo como buscar un profesional que firme que eso tenía que estar así necesariamente en la moto antes del momento en que la compró.
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por gorilo »

Gracias por el resumen. En cualquier caso, entiendo que, por poder, el mecánico del taller concreto si te puede certificar de alguna manera lo de la ñapa que comentas, sin contar con que el comprador concreto sea abogado y esté colegiado (por lo que le puede salir gratis reclamar) o tenga un amigo de taller. No digo que sea el caso, por supuesto, pero por exponer todas las posibilidades.

Al final, en resumen, salvando la excepción, de tu post entiendo que si compras entre particulares, o tienes buenos conocimientos de mecánica o te la juegas (que no tiene porqué salir mal, pero te la juegas...). Eso si, de profesionales con garantía, luego te pones a leer y también tienes que tener mucho cuidado con cual eliges y la suerte parece ser es un handicap importante también, amen de comprar la misma moto con el doble de kms.
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Elvis
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por Elvis »

jesusmalaga escribió: 09 Oct 2024, 14:28
gorilo escribió: 09 Oct 2024, 13:11 Yo estudiaría el asunto ese de los vicios ocultos. Me parece que hay varios meses, para poder reclamarlos.
Se puede reclamar un vicio oculto, no una avería.

Vicio oculto es algo que está presente en la moto ANTES de la venta, afecta a sus funciones principales, y ha sido ocultado por el vendedor a pesar de constarle o existir indicios de que podía existir.

Casi siempre, puesto que se supone la capacidad del comprador de revisar la moto, tiene que ser algo disimulado. Cosas como una pieza que se ha reparado de aquella manera para que dure, algo que solo se nota cuando la moto lleva un rato andando, cuando pasa de cierta velocidad o cosas parecidas.

El solo hecho de que algo se averíe después NO ES un vicio oculto. Ni siquiera aunque la avería se produjera a los diez minutos de llevarte la moto. Sería algo cubierto por una garantía que un particular no tiene por qué dar.

Una avería nueva ni siquiera sería razón suficiente para solicitar una anulación de la compraventa en los dias siguientes. El vendedor tendría todo el derecho a exigirte que la moto andase igual que en el instante en que se firmó el contrato o retener el importe necesario para repararla.

Y legalmente, incluso aunque realmente se pueda decir que es un vicio oculto, la carga de prueba es asunto del comprador. Esto es... el comprador tiene que buscar algún tipo de prueba que ilustre que lo que sea existía antes, y debía haber sido notado por el vendedor.

Yo he vivido de forma cercana una moto que cuando entraba en reserva se paraba, y la reparación implicaba tal vez cambiar un depósito medio hecho a mano, manguitos, etc. Y la respuesta del vendedor fue que usaba la moto en recorridos cortos y siempre le echaba gasofa cada poco y ni era consciente de eso - que no creía haber usado la reserva en la vida. Y al preguntar el comprador en cosas de consumo y abogados le dijeron muy claro que si no podía presentar a un juez una prueba legal que demostrara que el anterior dueño alguna vez le había pedido a un taller presupuesto para repararlo o algo así... nasti de plasti.

Algo por ejemplo que esté a punto de cascar y haga ruido tampoco tendría consideración de vicio si el comprador ha probado la moto y no puede probar que algo le impedía oírlo. Tampoco en el clásico caso de que la cosa suena a cascarria y el vendedor te dice "eso ha sonado así siempre" y luego cuando la llevas al taller te dice el mecánico algo como "como no cambies la distribución te va a reventar la moto". Si sonaba malamente y tu aceptaste comprarla... tienes que asumir el ruido y sus consecuencias. Y si tenías dudas haberla llevado al mecánico antes de firmar la compra.

Hay otro caso clásico que es el de la moto que se compra sin pasar la ITV bajo el concepto "solo hay que llevarla", y luego la llevas y resulta que tiene un problema de gases, o los neumáticos indebidos o algo así. Solo si en el contrato de compraventa se pone alguna referencia expresa y el vendedor firma las consecuencias que está dispuesto a aceptar si no la pasa procedería reclamar. O si resulta que descubres que ya la habian llevado a la ITV y rechazado. Si no... si has comprado una moto que no puede pasar la ITV tal y como está es problema tuyo.

Obviamente un problema de embrague no podía existir en la moto antes de comprarla, salvo que hubiera una situación del estilo de que la moto la compras a distancia, y es cuando la bajas del remolque y la arrancas que lo notas.

Puesto que el hombre la probó y la ha estado usando, no procede decir que el embrague estaba averiado antes salvo que hubiera una cosa como que cuando lo abres para cambiarlo ves que en realidad la corona estaba hecha un asco y alguien le ha hecho un apaño para aguantar lo mínimo para venderla. Supongo que podemos asumir que no es el caso del compañero.

Pero incluso en ese caso el comprador tendría que hacer algo como buscar un profesional que firme que eso tenía que estar así necesariamente en la moto antes del momento en que la compró.
Una duda que me surge, en lo de que entre particulares se esta obligado a dar un año de garantía a que refiere entonces -:|
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por zafiro76 »

En caso de que el coche de segunda mano presente un desperfecto o vicio oculto, es decir, fallas que no estaban a la vista, el plazo es de seis meses (desde que se entrega el vehículo) para interponer una demanda. Dentro de esta garantía de SEIS MESES, el comprador tiene la obligación de demostrar que el fallo es anterior a la compra y no posterior.

"Cabe señalar que los vicios ocultos son aquellas averías que no se aprecian a simple vista y que impiden o dificultan el uso del coche. En consecuencia, en caso de que el comprador lo hubiera sabido, no lo habría adquirido o habría solicitado una rebaja.

De producirse una situación así, es necesario que el comprador disponga de un perito experto en vicios ocultos para comprobarlo. Si este último lo confirma, se comienza con los trámites de reclamación notificando al vendedor. Antes de comenzar un largo proceso legal, existe la posibilidad de llegar a un acuerdo con este para evitar un juicio. De otra manera y en caso de ganar la demanda, está la opción de pedir la devolución del dinero, de pedir el pago del arreglo del desperfecto o de renegociar el precio del coche.

Lo de la garantia de un año en vehiculos usados es si lo vende un compraventa..
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por jesusmalaga »

gorilo escribió: 10 Oct 2024, 09:07 Gracias por el resumen. En cualquier caso, entiendo que, por poder, el mecánico del taller concreto si te puede certificar de alguna manera lo de la ñapa que comentas, sin contar con que el comprador concreto sea abogado y esté colegiado (por lo que le puede salir gratis reclamar) o tenga un amigo de taller. No digo que sea el caso, por supuesto, pero por exponer todas las posibilidades.

Al final, en resumen, salvando la excepción, de tu post entiendo que si compras entre particulares, o tienes buenos conocimientos de mecánica o te la juegas (que no tiene porqué salir mal, pero te la juegas...). Eso si, de profesionales con garantía, luego te pones a leer y también tienes que tener mucho cuidado con cual eliges y la suerte parece ser es un handicap importante también, amen de comprar la misma moto con el doble de kms.
Bueno, que algun informe, declaración o algo, sea de un mecánico, un perito o lo que sea se valore como prueba ya dependerá del juez. Recuerda ese otro hilo de un compañero que se quejaba de que el juez no valoraba un atestado como prueba suficiente.

Pero eso es una cuestión totalmente ajena a este caso. Entiendo que el compañero no estará mintiendo y el embrague ha cascado después, no antes.

Tampoco creo que eso signifique en general que "te la juegas". No más allá de que si estás comprando una moto usada tienes que asumir que pagas menos justamente por qué puede sufrir el resultado de ser usada - no tiene porqué pasar nada que no te podría pasar si la hubieras comprado nueva y la hubieras usado todo ese tiempo y kilómetros.

Incluso en ese caso del depósito que yo te decía.. mi compi era consciente de que estaba comprando una moto Frankenstein, en parte interesándose por qué el depósito raro molaba, en parte ahorrandose lo que se gastó el vendedor en comprar, adaptar y pintar un depósito chopper. De hecho yo fui el primero que le dijo que mejor se comprase una moto con el depósito de serie...

Yo he visto de cerca la compra de varias decenas de motos usadas y nunca he visto ninguna pirula inesperada que suene a querer engañar, la verdad. No más allá del clásico "la moto está perfecta" de un anuncio y luego al echarle un vistazo ver que de perfecta nada.

Un mínimo de vista hay que tener, claro. Pero más que para descubrir engaños para ser consciente de la verdadera situación de la moto.

Con los profesionales por contra no tiene mucho sentido preocuparse. La ley es muy clara y da igual lo que nadie te quiera poner en una letra pequeña. Te tienen que dar un año de garantía si o si. Y además en el caso de un litugio la carga de prueba es al revés... Tendrían que ser ellos los que demostrasen un uso indebido.
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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por jesusmalaga »

Elvis escribió: 10 Oct 2024, 13:11
jesusmalaga escribió: 09 Oct 2024, 14:28
gorilo escribió: 09 Oct 2024, 13:11 Yo estudiaría el asunto ese de los vicios ocultos. Me parece que hay varios meses, para poder reclamarlos.
Se puede reclamar un vicio oculto, no una avería.

Vicio oculto es algo que está presente en la moto ANTES de la venta, afecta a sus funciones principales, y ha sido ocultado por el vendedor a pesar de constarle o existir indicios de que podía existir.

Casi siempre, puesto que se supone la capacidad del comprador de revisar la moto, tiene que ser algo disimulado. Cosas como una pieza que se ha reparado de aquella manera para que dure, algo que solo se nota cuando la moto lleva un rato andando, cuando pasa de cierta velocidad o cosas parecidas.

El solo hecho de que algo se averíe después NO ES un vicio oculto. Ni siquiera aunque la avería se produjera a los diez minutos de llevarte la moto. Sería algo cubierto por una garantía que un particular no tiene por qué dar.

Una avería nueva ni siquiera sería razón suficiente para solicitar una anulación de la compraventa en los dias siguientes. El vendedor tendría todo el derecho a exigirte que la moto andase igual que en el instante en que se firmó el contrato o retener el importe necesario para repararla.

Y legalmente, incluso aunque realmente se pueda decir que es un vicio oculto, la carga de prueba es asunto del comprador. Esto es... el comprador tiene que buscar algún tipo de prueba que ilustre que lo que sea existía antes, y debía haber sido notado por el vendedor.

Yo he vivido de forma cercana una moto que cuando entraba en reserva se paraba, y la reparación implicaba tal vez cambiar un depósito medio hecho a mano, manguitos, etc. Y la respuesta del vendedor fue que usaba la moto en recorridos cortos y siempre le echaba gasofa cada poco y ni era consciente de eso - que no creía haber usado la reserva en la vida. Y al preguntar el comprador en cosas de consumo y abogados le dijeron muy claro que si no podía presentar a un juez una prueba legal que demostrara que el anterior dueño alguna vez le había pedido a un taller presupuesto para repararlo o algo así... nasti de plasti.

Algo por ejemplo que esté a punto de cascar y haga ruido tampoco tendría consideración de vicio si el comprador ha probado la moto y no puede probar que algo le impedía oírlo. Tampoco en el clásico caso de que la cosa suena a cascarria y el vendedor te dice "eso ha sonado así siempre" y luego cuando la llevas al taller te dice el mecánico algo como "como no cambies la distribución te va a reventar la moto". Si sonaba malamente y tu aceptaste comprarla... tienes que asumir el ruido y sus consecuencias. Y si tenías dudas haberla llevado al mecánico antes de firmar la compra.

Hay otro caso clásico que es el de la moto que se compra sin pasar la ITV bajo el concepto "solo hay que llevarla", y luego la llevas y resulta que tiene un problema de gases, o los neumáticos indebidos o algo así. Solo si en el contrato de compraventa se pone alguna referencia expresa y el vendedor firma las consecuencias que está dispuesto a aceptar si no la pasa procedería reclamar. O si resulta que descubres que ya la habian llevado a la ITV y rechazado. Si no... si has comprado una moto que no puede pasar la ITV tal y como está es problema tuyo.

Obviamente un problema de embrague no podía existir en la moto antes de comprarla, salvo que hubiera una situación del estilo de que la moto la compras a distancia, y es cuando la bajas del remolque y la arrancas que lo notas.

Puesto que el hombre la probó y la ha estado usando, no procede decir que el embrague estaba averiado antes salvo que hubiera una cosa como que cuando lo abres para cambiarlo ves que en realidad la corona estaba hecha un asco y alguien le ha hecho un apaño para aguantar lo mínimo para venderla. Supongo que podemos asumir que no es el caso del compañero.

Pero incluso en ese caso el comprador tendría que hacer algo como buscar un profesional que firme que eso tenía que estar así necesariamente en la moto antes del momento en que la compró.
Una duda que me surge, en lo de que entre particulares se esta obligado a dar un año de garantía a que refiere entonces -:|
Es que eso es falso. No existe garantía entre particulares. Ni de 10 minutos. Por eso entre otras cosas se recomienda poner en los contratos no solo fecha si no hora. Si la venta se firma a las 18:00 lo que le pase a la moto a las 18:30 ya no es asunto mio.

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Re: Avería tras el cambio de nombre

Mensaje por Elvis »

jesusmalaga escribió: 10 Oct 2024, 14:04
Elvis escribió: 10 Oct 2024, 13:11
jesusmalaga escribió: 09 Oct 2024, 14:28
gorilo escribió: 09 Oct 2024, 13:11 Yo estudiaría el asunto ese de los vicios ocultos. Me parece que hay varios meses, para poder reclamarlos.
Se puede reclamar un vicio oculto, no una avería.

Vicio oculto es algo que está presente en la moto ANTES de la venta, afecta a sus funciones principales, y ha sido ocultado por el vendedor a pesar de constarle o existir indicios de que podía existir.

Casi siempre, puesto que se supone la capacidad del comprador de revisar la moto, tiene que ser algo disimulado. Cosas como una pieza que se ha reparado de aquella manera para que dure, algo que solo se nota cuando la moto lleva un rato andando, cuando pasa de cierta velocidad o cosas parecidas.

El solo hecho de que algo se averíe después NO ES un vicio oculto. Ni siquiera aunque la avería se produjera a los diez minutos de llevarte la moto. Sería algo cubierto por una garantía que un particular no tiene por qué dar.

Una avería nueva ni siquiera sería razón suficiente para solicitar una anulación de la compraventa en los dias siguientes. El vendedor tendría todo el derecho a exigirte que la moto andase igual que en el instante en que se firmó el contrato o retener el importe necesario para repararla.

Y legalmente, incluso aunque realmente se pueda decir que es un vicio oculto, la carga de prueba es asunto del comprador. Esto es... el comprador tiene que buscar algún tipo de prueba que ilustre que lo que sea existía antes, y debía haber sido notado por el vendedor.

Yo he vivido de forma cercana una moto que cuando entraba en reserva se paraba, y la reparación implicaba tal vez cambiar un depósito medio hecho a mano, manguitos, etc. Y la respuesta del vendedor fue que usaba la moto en recorridos cortos y siempre le echaba gasofa cada poco y ni era consciente de eso - que no creía haber usado la reserva en la vida. Y al preguntar el comprador en cosas de consumo y abogados le dijeron muy claro que si no podía presentar a un juez una prueba legal que demostrara que el anterior dueño alguna vez le había pedido a un taller presupuesto para repararlo o algo así... nasti de plasti.

Algo por ejemplo que esté a punto de cascar y haga ruido tampoco tendría consideración de vicio si el comprador ha probado la moto y no puede probar que algo le impedía oírlo. Tampoco en el clásico caso de que la cosa suena a cascarria y el vendedor te dice "eso ha sonado así siempre" y luego cuando la llevas al taller te dice el mecánico algo como "como no cambies la distribución te va a reventar la moto". Si sonaba malamente y tu aceptaste comprarla... tienes que asumir el ruido y sus consecuencias. Y si tenías dudas haberla llevado al mecánico antes de firmar la compra.

Hay otro caso clásico que es el de la moto que se compra sin pasar la ITV bajo el concepto "solo hay que llevarla", y luego la llevas y resulta que tiene un problema de gases, o los neumáticos indebidos o algo así. Solo si en el contrato de compraventa se pone alguna referencia expresa y el vendedor firma las consecuencias que está dispuesto a aceptar si no la pasa procedería reclamar. O si resulta que descubres que ya la habian llevado a la ITV y rechazado. Si no... si has comprado una moto que no puede pasar la ITV tal y como está es problema tuyo.

Obviamente un problema de embrague no podía existir en la moto antes de comprarla, salvo que hubiera una situación del estilo de que la moto la compras a distancia, y es cuando la bajas del remolque y la arrancas que lo notas.

Puesto que el hombre la probó y la ha estado usando, no procede decir que el embrague estaba averiado antes salvo que hubiera una cosa como que cuando lo abres para cambiarlo ves que en realidad la corona estaba hecha un asco y alguien le ha hecho un apaño para aguantar lo mínimo para venderla. Supongo que podemos asumir que no es el caso del compañero.

Pero incluso en ese caso el comprador tendría que hacer algo como buscar un profesional que firme que eso tenía que estar así necesariamente en la moto antes del momento en que la compró.
Una duda que me surge, en lo de que entre particulares se esta obligado a dar un año de garantía a que refiere entonces -:|
Es que eso es falso. No existe garantía entre particulares. Ni de 10 minutos. Por eso entre otras cosas se recomienda poner en los contratos no solo fecha si no hora. Si la venta se firma a las 18:00 lo que le pase a la moto a las 18:30 ya no es asunto mio.

Solo los profesionales de la compra-venta están obligados a dar un año de garantía.
Ok. Gracias por la información
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