Centimo Sanitario "ilegal"
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Centimo Sanitario "ilegal"
La Justicia europea dictamina que el céntimo sanitario "es contrario" al derecho comunitario
-Es el impuesto sobre los carburantes que aplican algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad.
-La sentencia señala que no respeta la directiva de impuestos especiales; España podría tener que devolver 13.000 millones recaudados entre 2002 y 2011.
-El fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte; ahora será la Justicia española la que decida cómo proceder sobre este asunto.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha dictaminado que el céntimo sanitario recaudado en España "es contrario" al derecho comunitario.
La sentencia dice que este impuesto, que se aplica sobre los carburantes en algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad, no respeta la directiva sobre los impuestos especiales, que obliga a que el objetivo del impuesto no sea exclusivamente presupuestario.
Los jueces señalan, además, que "no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español y la Generalitat de Cataluña no obraron de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante más de diez años" y que "las consecuencias financieras que podrían derivarse" de esta sentencia "no justifican, por sí solas, la limitación en el tiempo". Ello significa que España podría tener que devolver 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011.
Litigio de una empresa de transportes.
El fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte establecida en Cataluña, Transportes Jordi Besora, S.L. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.632,38 euros que tuvo que pagar por este impuesto, adeudado en relación con los ejercicios fiscales comprendidos entre 2005 y 2008, alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se pronunciara.
El Tribunal de la UE dice en su sentencia que el TSJC se preguntó si podía considerarse que el céntimo sanitario persigue una finalidad específica "ya que está destinado a financiar –además de actuaciones medioambientales, en su caso– las nuevas competencias transferidas a las Comunidades Autónomas en materia sanitaria, mientras que el impuesto especial que establece esta Directiva (sobre impuestos especiales) ya tiene por objeto proteger la salud y el medioambiente".
"Además, el tribunal remitente considera que las disposiciones que regulan el devengo del IVMDH no cumplen ni las normas aplicables a los impuestos especiales, ya que este impuesto se percibe en el momento de la venta al consumidor final, ni las aplicables al IVA, porque no se percibe en cada fase del proceso de producción y de distribución", añade en su explicación.
La sentencia concluye que la finalidad del céntimo sanitario no es "específica", es decir, que las comunidades autónomas "deben afectar los rendimientos" obtenidos "a los gastos sanitarios en general, y no a los vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos gravados". Asimismo, dice que el impuesto tampoco persigue, por sí mismo, garantizar la protección de la salud y el medioambiente.
Entre 2002 y 2013.
"Para considerar que persigue una finalidad específica, el IVMDH debería tener por objeto, por sí mismo , garantizar la protección de la salud y del medio ambiente. Tal sería el caso, en particular, si los rendimientos de dicho impuesto debieran utilizarse obligatoriamente para reducir los costes sociales y medioambientales vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos que grava dicho impuesto, de tal modo que existiera un vínculo directo entre el uso de los rendimientos y la finalidad del impuesto en cuestión", dice el Tribunal en una nota.
El céntimo sanitario estuvo en vigor 3 en España entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2013, fecha en la que se integró en el impuesto especial sobre los hidrocarburos, recuerda el Tribunal en una nota de prensa.
Recuerda el tribunal que ya se pronunció en el año 2000 sobre un impuesto "con características análogas" a las del céntimo sanitario" y que en 2001 la Comisión había informado a las autoridades españolas de que la introducción de dicho impuesto sería contraria al Derecho de la Unión". En 2003, añade, la Comisión inició un procedimiento de incumplimiento contra España en relación con dicho impuesto.
Esta sentencia del Tribunal de Justicia de la UE "no resuelve el litigio nacional", recuerda la nota de prensa; "Es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia. Dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar".
Se aplicó en 13 autonomías.
El céntimo sanitario estuvo implantado en 13 comunidades autónomas hasta enero de 2013 y osciló entre 1,2 y 4,8 euros por litro de carburante. Este gravamen alcanzó su valor máximo de 4,8 céntimos tanto para gasolina como gasóleo en nueve comunidades autónomas, que fueron Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Cataluña y Baleares.
En Navarra se situó en 2,4 céntimos por litro, frente a los 1,7 céntimos de Madrid, mientras que en Asturias fue de 4,8 céntimos para la gasolina y de 4 céntimos para el gasóleo. En Galicia osciló entre 2,4 céntimos para la gasolina y 1,2 céntimos para el gasóleo.
Solo tres comunidades autónomas, que son Euskadi, La Rioja y Aragón, decidieron no aplicar este gravamen. Canarias tampoco lo aplica, si bien esta comunidad se rige por un régimen fiscal de insularidad específico.
Desde el 1 de enero de 2013 y con el objetivo de corregir las deficiencias investigadas ya entonces por el TUE, el céntimo sanitario, utilizado para financiar la sanidad o con fines medioambientales, fue corregido y quedó integrado en el Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH). De esta forma, su vigencia, al menos desde enero de 2013, cumpliría con la legislación comunitaria y no estaría sometida a cuestionamiento.
Así, desde enero de 2013, el céntimo sanitario, que era la forma coloquial de llamar al anterior Impuesto de Ventas de Determinados Hidrocarburos (IVDH), se convirtió en el Tipo Autonómico (TA), que es uno de los tres tramos de los que está compuesto el nuevo IEH, junto al Tipo Estatal General (TEG) y el Tipo Estatal Especial (TEE).
El TEG es el mismo para todo el Estado y equivale a 40 céntimos por litro de gasolina 95 y a 30 céntimos por litro de gasóleo, mientras que el TEE tiene un valor de 2,4 céntimos tanto para la gasolina como el gasóleo. A todos estos impuestos es necesario añadir el 21% del IVA. Además, desde el 1 de enero de 2013 la parte de biocarburantes introducida en la mezcla final se ve gravada con los mismos tipos impositivos que el combustible convencional.
-Es el impuesto sobre los carburantes que aplican algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad.
-La sentencia señala que no respeta la directiva de impuestos especiales; España podría tener que devolver 13.000 millones recaudados entre 2002 y 2011.
-El fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte; ahora será la Justicia española la que decida cómo proceder sobre este asunto.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha dictaminado que el céntimo sanitario recaudado en España "es contrario" al derecho comunitario.
La sentencia dice que este impuesto, que se aplica sobre los carburantes en algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinan a financiar la sanidad, no respeta la directiva sobre los impuestos especiales, que obliga a que el objetivo del impuesto no sea exclusivamente presupuestario.
Los jueces señalan, además, que "no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español y la Generalitat de Cataluña no obraron de buena fe al mantener este impuesto en vigor durante más de diez años" y que "las consecuencias financieras que podrían derivarse" de esta sentencia "no justifican, por sí solas, la limitación en el tiempo". Ello significa que España podría tener que devolver 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y 2011.
Litigio de una empresa de transportes.
El fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte establecida en Cataluña, Transportes Jordi Besora, S.L. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.632,38 euros que tuvo que pagar por este impuesto, adeudado en relación con los ejercicios fiscales comprendidos entre 2005 y 2008, alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se pronunciara.
El Tribunal de la UE dice en su sentencia que el TSJC se preguntó si podía considerarse que el céntimo sanitario persigue una finalidad específica "ya que está destinado a financiar –además de actuaciones medioambientales, en su caso– las nuevas competencias transferidas a las Comunidades Autónomas en materia sanitaria, mientras que el impuesto especial que establece esta Directiva (sobre impuestos especiales) ya tiene por objeto proteger la salud y el medioambiente".
"Además, el tribunal remitente considera que las disposiciones que regulan el devengo del IVMDH no cumplen ni las normas aplicables a los impuestos especiales, ya que este impuesto se percibe en el momento de la venta al consumidor final, ni las aplicables al IVA, porque no se percibe en cada fase del proceso de producción y de distribución", añade en su explicación.
La sentencia concluye que la finalidad del céntimo sanitario no es "específica", es decir, que las comunidades autónomas "deben afectar los rendimientos" obtenidos "a los gastos sanitarios en general, y no a los vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos gravados". Asimismo, dice que el impuesto tampoco persigue, por sí mismo, garantizar la protección de la salud y el medioambiente.
Entre 2002 y 2013.
"Para considerar que persigue una finalidad específica, el IVMDH debería tener por objeto, por sí mismo , garantizar la protección de la salud y del medio ambiente. Tal sería el caso, en particular, si los rendimientos de dicho impuesto debieran utilizarse obligatoriamente para reducir los costes sociales y medioambientales vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos que grava dicho impuesto, de tal modo que existiera un vínculo directo entre el uso de los rendimientos y la finalidad del impuesto en cuestión", dice el Tribunal en una nota.
El céntimo sanitario estuvo en vigor 3 en España entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2013, fecha en la que se integró en el impuesto especial sobre los hidrocarburos, recuerda el Tribunal en una nota de prensa.
Recuerda el tribunal que ya se pronunció en el año 2000 sobre un impuesto "con características análogas" a las del céntimo sanitario" y que en 2001 la Comisión había informado a las autoridades españolas de que la introducción de dicho impuesto sería contraria al Derecho de la Unión". En 2003, añade, la Comisión inició un procedimiento de incumplimiento contra España en relación con dicho impuesto.
Esta sentencia del Tribunal de Justicia de la UE "no resuelve el litigio nacional", recuerda la nota de prensa; "Es el tribunal nacional quien debe resolver el litigio de conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia. Dicha decisión vincula igualmente a los demás tribunales nacionales que conozcan de un problema similar".
Se aplicó en 13 autonomías.
El céntimo sanitario estuvo implantado en 13 comunidades autónomas hasta enero de 2013 y osciló entre 1,2 y 4,8 euros por litro de carburante. Este gravamen alcanzó su valor máximo de 4,8 céntimos tanto para gasolina como gasóleo en nueve comunidades autónomas, que fueron Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia, Valencia, Cataluña y Baleares.
En Navarra se situó en 2,4 céntimos por litro, frente a los 1,7 céntimos de Madrid, mientras que en Asturias fue de 4,8 céntimos para la gasolina y de 4 céntimos para el gasóleo. En Galicia osciló entre 2,4 céntimos para la gasolina y 1,2 céntimos para el gasóleo.
Solo tres comunidades autónomas, que son Euskadi, La Rioja y Aragón, decidieron no aplicar este gravamen. Canarias tampoco lo aplica, si bien esta comunidad se rige por un régimen fiscal de insularidad específico.
Desde el 1 de enero de 2013 y con el objetivo de corregir las deficiencias investigadas ya entonces por el TUE, el céntimo sanitario, utilizado para financiar la sanidad o con fines medioambientales, fue corregido y quedó integrado en el Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH). De esta forma, su vigencia, al menos desde enero de 2013, cumpliría con la legislación comunitaria y no estaría sometida a cuestionamiento.
Así, desde enero de 2013, el céntimo sanitario, que era la forma coloquial de llamar al anterior Impuesto de Ventas de Determinados Hidrocarburos (IVDH), se convirtió en el Tipo Autonómico (TA), que es uno de los tres tramos de los que está compuesto el nuevo IEH, junto al Tipo Estatal General (TEG) y el Tipo Estatal Especial (TEE).
El TEG es el mismo para todo el Estado y equivale a 40 céntimos por litro de gasolina 95 y a 30 céntimos por litro de gasóleo, mientras que el TEE tiene un valor de 2,4 céntimos tanto para la gasolina como el gasóleo. A todos estos impuestos es necesario añadir el 21% del IVA. Además, desde el 1 de enero de 2013 la parte de biocarburantes introducida en la mezcla final se ve gravada con los mismos tipos impositivos que el combustible convencional.

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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Pero lo peor de esto, es que ya lo han integrado dentro de los impuestos de los carburantes para que sea "legal".

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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
¿ Habéis guardado los tickets de las gasolineras ?
Yo en la calçotada no vi absolutamente a nadie pedirlo de forma que me temo que no habrá reclamación al respecto.
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Naturalmente, ahora dicen que van a tardar muchísimo tiempo en devolverlo.... a quien tenga facturas, pero eso sólo serán los transportistas, quizá taxis y poco más.
Hicieron una norma, la aplicaron, ningún estamento dijo nada, llegó un particular hasta Europa y al final le dan la razón. Eso sí, después de no sé cuantos años, mientras tanto, ya está recaudado, gastado y ya veremos que hacemos ahora.
Hicieron una norma, la aplicaron, ningún estamento dijo nada, llegó un particular hasta Europa y al final le dan la razón. Eso sí, después de no sé cuantos años, mientras tanto, ya está recaudado, gastado y ya veremos que hacemos ahora.

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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
El empresario que denunció:
http://www.20minutos.es/noticia/2070800 ... on-dinero/
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
¡¡Coño!! yo siempre pago con tarjeta, seguramente si le pido al banco un extracto......
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
no le deis vueltas, sino recaudan por este impuesto lo harán por otro y por cojones tienen que venir mas y mayores pues cada año nos faltan para completar el gasto sobre 60.000 millones. Preparemonos. Y es falso que solo van a apretar a los ricos, pues éstos, los de verdad son 4, y si ahora se dejan en España mas menos un 12% de su riqueza generada al año, como los jodas, te mandan a tomar por el .....lo y ya no dejan ni eso. O sea que demonos por jodidos los demas, que somos el 98%.
mas vale moto triumph en mano ciento de bmws volando
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Mi suegro se tiene que poner a ello, con unos cuantos autocares seguro que pilla cacho.
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Pos que se vaya armando de paciencia,porque; ha de pasar por los tribunales de la comunidad,,.etc,,..Además,seguro que hacienda yá está preparando trampas legales para la dilación y hartazgo del personal en las contiendas,,..xavikoala escribió:Mi suegro se tiene que poner a ello, con unos cuantos autocares seguro que pilla cacho.

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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Ni más ni menos. Si es ilegal han cometido una infracción, por lo que no bastará con devolver el dinero a quien pueda, sino que tendrán que responsabilizarse.

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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Sólo puedes reclamar del 1 de mayo a diciembre de 2012.Airgus escribió:¿ Habéis guardado los tickets de las gasolineras ?
Yo en la calçotada no vi absolutamente a nadie pedirlo de forma que me temo que no habrá reclamación al respecto.
De todas maneras me parece mezclar uvas con higos lo de cobrar un impuesto sanitario en algo que no 'tiene que ver' y es claramente un robo a los contribuyentes teniendo en cuenta que e lprecio del carburante un 80% del mismo ya son impuestos.
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
El extracto no te dirá cuántos litros o en qué, sino la cantidad que te gastaste en ese establecimiento.TitoEloto escribió:¡¡Coño!! yo siempre pago con tarjeta, seguramente si le pido al banco un extracto......
Yo tengo bastantes facturas guardadas ya que me lo desgravo como gasto ya que soy autónomo y parecido a un comercial.
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Yo también me guardo todos los tickets, pero de ahí a que me paguen lo que corresponda y cuando.......
Pero la cantidad de millones que se van a quedar de gente que no guarde los tickets, con ese dinero, que pasa?? donde se invierte?? en que bolsillo esta??





Pero la cantidad de millones que se van a quedar de gente que no guarde los tickets, con ese dinero, que pasa?? donde se invierte?? en que bolsillo esta??






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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Escuche que los estractos de los bancos no los iban a aceptar
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Exacto, necesitas la factura de la gasolinera, donde especifique los litros y el precio.largot100 escribió:Escuche que los estractos de los bancos no los iban a aceptar
La solución buena es que ahora dejasen los combustibles al precio "normal" menos lo que han estado cobrando, otro tanto de tiempo como el que nos han estado estrujando




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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Ya lo han aplicado desde 2012 de forma "legal". Sabían se aprovecharon y lo corrigieron.

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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
largot100 escribió:Yo también me guardo todos los tickets, pero de ahí a que me paguen lo que corresponda y cuando.......![]()
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Pero la cantidad de millones que se van a quedar de gente que no guarde los tickets, con ese dinero, que pasa?? donde se invierte?? en que bolsillo esta??
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Yo factura oficial, y no tickets. No creo que te acepten los tickets. Hacienda siendo como es querrán factura oficial.
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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
peptorres escribió:largot100 escribió:Yo también me guardo todos los tickets, pero de ahí a que me paguen lo que corresponda y cuando.......![]()
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Pero la cantidad de millones que se van a quedar de gente que no guarde los tickets, con ese dinero, que pasa?? donde se invierte?? en que bolsillo esta??
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Yo factura oficial, y no tickets. No creo que te acepten los tickets. Hacienda siendo como es querrán factura oficial.
No joas, los tickets si no??








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Re: Centimo Sanitario "ilegal"
Por debajo de cierta cantidad un ticket tiene el mismo valor a efectos fidcales que una factura.
Por eso debe reflejar en nombre y NIF del emisor y tener desglosado el IVA
En los tickets de las gasolineras aparece reflejado el producto, los litros y el importe.
Ahora que yo no conservaría ni por un segundo esperanzas de recuperarlo.
Por eso debe reflejar en nombre y NIF del emisor y tener desglosado el IVA
En los tickets de las gasolineras aparece reflejado el producto, los litros y el importe.
Ahora que yo no conservaría ni por un segundo esperanzas de recuperarlo.
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