Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

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knACk
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por knACk »

Tull escribió: en la península,hay muchas leyes que no se cumplen o se obian,,,nuestra administración,con exceso de leyes,no trabaja adecuadamente,,,debería haber más expertos y no políticos "podando" y "conjugando"lo que hay,,y no sacar y sacar normas y leyes,para confusión hasta de los profesionales,,no te digo del pueblo en general,,,, -:|
Yo no creo que se obvie, creo que mal interpretais la ley al respecto, obviar o no cumplir se hacen en casos aislados, como la policia local a mi vecino que lo tendria que haber multado y llevado el vehiculo por estar en la via publica y pasaron si lo metian dentro.

Algo que se hace en todos sitios no puede ser que no se haga cumplir, ¿los concesionarios de venta de 2ª mano tiene alguno seguro? todos ahí expuestos a la vista en sus recintos, matriculados... en todas la carreteras y esos son otro caso de los mil.


Vamos seria el agosto para cualquier GC que quiera cumplir con su ratio de multas al mes, y luego a tapetear por bares. :mrgreen:
Puedes aprender todas las matemáticas y teorías de la la conducción, pero no puedes pilotar una moto que no amas, ella te sacudirá fuera tarde o temprano. El amor es la que te alejara del suelo cuando deberías caer, te hará sentir lo que le duele antes de que te falle y te ofrecerá la suficiente confianza para sortear cualquier obstáculo.
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por devilcat »

El vehículo estacionado en un garaje colectivo tiene obligación de tener seguro obligatorio.
El tema viene regulado por Real Decreto Legislativo 8/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, mencionada disposición no desarrolla la Ley de Seguridad Vial si no que la cumplimenta.
En mencionado RDL expone

1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1

este artículo en ningún momento contradice al de la LSV ya que el artículo es mas largo que lo que expusieron anteriormente y dice textualmente

los preceptos de esta Ley serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

Donde en el apartado de terrenos que sin tener la aptitud de vía sean de uso público entrarían los garajes colectivos.

El tema de los concesionarios como se ha comentado y vehículos no matriculados usados en competiciones deportivas se rigen por distintas normativas, en el caso de los concesionarios o locales de compra y venta de vehículos están obligados a tener unos seguros comunitarios donde se incluyen todos los vehículos que se encuentran para la venta. En el caso los vehículos no matriculados para eventos deportivos, solo pueden circular dentro de los circuitos homologados y en las pruebas autorizadas para lo que tendrán un seguro que normalmente se les expide con las tarjetas federativas.

El tema de la ITV a día de la fecha (aunque hace unos días hicieron algún comentario en la televisión al respecto) no es denunciable cuando el vehículo no se encuentra circulando.
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por knACk »

edit: comentario retirado :P
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por affleck »

devilcat escribió:El vehículo estacionado en un garaje colectivo tiene obligación de tener seguro obligatorio.
El tema viene regulado por Real Decreto Legislativo 8/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, mencionada disposición no desarrolla la Ley de Seguridad Vial si no que la cumplimenta.
En mencionado RDL expone

1. Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil a que se refiere el artículo 1

este artículo en ningún momento contradice al de la LSV ya que el artículo es mas largo que lo que expusieron anteriormente y dice textualmente

los preceptos de esta Ley serán aplicables en todo el territorio nacional y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos públicos aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, a los de las vías y terrenos que, sin tener tal aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

Donde en el apartado de terrenos que sin tener la aptitud de vía sean de uso público entrarían los garajes colectivos.

El tema de los concesionarios como se ha comentado y vehículos no matriculados usados en competiciones deportivas se rigen por distintas normativas, en el caso de los concesionarios o locales de compra y venta de vehículos están obligados a tener unos seguros comunitarios donde se incluyen todos los vehículos que se encuentran para la venta. En el caso los vehículos no matriculados para eventos deportivos, solo pueden circular dentro de los circuitos homologados y en las pruebas autorizadas para lo que tendrán un seguro que normalmente se les expide con las tarjetas federativas.

El tema de la ITV a día de la fecha (aunque hace unos días hicieron algún comentario en la televisión al respecto) no es denunciable cuando el vehículo no se encuentra circulando.

Siento decirte devilcat que eso no es así :XX: :XX:

Te explico... un garage privado comunitario es utilizado SOLO Y EXCLUSIVAMENTE por sus propietarios, sean 5, 50 o 500... con lo que alguien que no pertenezca a la comunidad no usa ese terreno... con lo cual es de uso MERAMENTE PRIVADO.. es lo mismo que es garage de un chalet, que lo utiliza una familia por ejemplo. Con lo cual pasa a ser uso de una colectividad DETERMINADA y bajo mi punto de vista no es de aplicación la lsv ni la ley del seguro.

Otra cosa es que ese mismo garage lo convierta en alquiler por horas y que todo el mundo pueda entrar allí (parking de grandes superficies, cobre o no), ahí si que CUALQUIERA, o sea una colectividad INDETERMINADA, puede entrar y les es de aplicación la lsv :XX: :XX:
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por knACk »

:sh:
Ciertamente no es una colectividad indeterminada, eso seria un aparcamiento de una empres no exclusivo por ejemplo =))

PD: retiro mi anterior comentario. :mrgreen:

devilcat escribió: en el caso de los concesionarios o locales de compra y venta de vehículos están obligados a tener unos seguros comunitarios donde se incluyen todos los vehículos que se encuentran para la venta.
Estamos hablando sobre si es necesario el seguro obligatorio, en ese caso reconoces que no hace falta. :P

En un garaje comunitario también es obligatorio tener un seguro comunitario en el que conste todo los vehículos que allí estacionen. :hola:
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por devilcat »

Perdona que no pueda estar de acuerdo en ese aspecto, ya que uno de los vecinos puede alquilar su plaza de aparcamiento, al igual que en caso de que el banco sea propietario de una de las viviendas puede alquilar la plaza de aparcamiento, por lo que en ese garaje no solo entran personas de la comunidad si no inquilinos de plaza de garaje, a la vez que pueden entrar vehículos para mantenimiento de tuberías, puertas de acceso, ascensor. En este caso no se puede aplicar el uso privativo al que haces referencia. A diferencia de una casa aislada donde habría que aplicar el actual codigo penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal en lo relativo a vivienda y anexos.

Saludos :XX: :XX: :XX:

Pd De todas formas también te digo que las leyes en general no son negras o blancas, normalmente se encuentran abiertas a interpretación, siendo necesaria diferentes sentencias por casos iguales para que se pueda crear jurisprudencia.
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por affleck »

devilcat escribió:Perdona que no pueda estar de acuerdo en ese aspecto, ya que uno de los vecinos puede alquilar su plaza de aparcamiento, al igual que en caso de que el banco sea propietario de una de las viviendas puede alquilar la plaza de aparcamiento, por lo que en ese garaje no solo entran personas de la comunidad si no inquilinos de plaza de garaje, a la vez que pueden entrar vehículos para mantenimiento de tuberías, puertas de acceso, ascensor. En este caso no se puede aplicar el uso privativo al que haces referencia. A diferencia de una casa aislada donde habría que aplicar el actual codigo penal y Ley de Enjuiciamiento Criminal en lo relativo a vivienda y anexos.

Saludos :XX: :XX: :XX:

Pd De todas formas también te digo que las leyes en general no son negras o blancas, normalmente se encuentran abiertas a interpretación, siendo necesaria diferentes sentencias por casos iguales para que se pueda crear jurisprudencia.

Efectivamente un vecino puede alquilar... a una persona DETERMINADA, no a un colectivo de personas indeterminadas :Y :Y


Pero te doy la razón en que la ley no es ni blanca ni negra y que es interpretable, yo solo te digo la interpretación de al menos dos cuerpos encargados de la vigilancia del tráfico y seguridad vial
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por danyday »

Bueno que sepas que dar de baja un vehículo temporalmente y volver a dar de alta son unos 16€. Por si te decides a darla de baja mientras tanto.
a tope tiuuuuuuuuu
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por PROANGY »

danyday escribió:Bueno que sepas que dar de baja un vehículo temporalmente y volver a dar de alta son unos 16€. Por si te decides a darla de baja mientras tanto.
Y que hay de eso de dar de alta y presentar la validación de la itv? o es solo la que corresponda por antiguedad del vehiculo?
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???????
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por josest »

Joder, que follón habeis liaooooo!!!!!!!!!!! :lol: :lol: :lol: :lol:

La tienes en garaje comunitario = seguro obligatorio por RC, por lo que pudiera pasar (yo no la tendría sin robo, pero......nadie te obliga), y puedes darla de baja en DGT y ahorrarte impuestos.

La tienes en garaje privado = no precisas seguro. Igual puedes dar de baja en DGT.
Si la das de baja y luego de alta, tendrás que hacer la ITV si cuando la des de alta ha caducado. Si la fecha no ha pasado, tu tarjeta de ITv sigue en vigor.

:XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX:
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por sach »

Yo tengo en el garaje dos motos dadas de baja.

Eso si, si ardieran ...ummm...no se, no se.

V´sss...
Leer es el alimento del alma. No dejes que la tuya pase hambre.
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por malkier »

No sé si la liaré más o menos, pero allá voy...

La supuesta contradicción entre leyes de igual rango, en teoria no es tal. Porque en teoría, si se matricula un vehiculo es para lo es, o sea circular. El hecho de un vehículo matriculo en desuso, ya viene recogido con la baja temporal.

De hecho, los que hacen una interpretación literal de la ley del seguro, en dicha ley, no viene como requisito que este dado de alta en dgt. Solo que esté matriculado. Y al dar de baja un vehiculo, sigue matriculado.

Vengo a decir, que el espiritu de la ley, creo que como todos entendemos, es que para hacer uso de un vehiculo ha de estar asegurado. Pero si se matricula un vehículo y no se usa para el fin destinado... No puede haber ley que te obligue a usarlo como tal.

Por ejemplo, para tener una embarcación hay que tener el titulo de patrón, seguro, itv y etc. Pero que pasa con Chanquete??? si tiene el barco en una montaña, le afecta la legislación marítima?

Un vehiculo que no se usa como tal, en un parquing comunitario, no le afecta la LSV. En todo caso la Ley de Propiedad Horizontal, como zonas de uso común (de los usuarios de la misma).

La posible denúncia de oficio, es algo cogido con pinzas, ya que según mi entender es una perversión de la ley y va contra su espiritu. Y espero no verme en el caso, pero creo que es una denuncia muy facil de recurrir.

Un saludo
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por malkier »

sach escribió:Yo tengo en el garaje dos motos dadas de baja.

Eso si, si ardieran ...ummm...no se, no se.

V´sss...
Pues igual que si tienes un armario con productos inflamables en la plaza de parquing. Si tienes seguro de hogar y te cubre el parquing, pues eso, sino...
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por sach »

Pero es que el seguro de la casa no cubre el garaje, ni el de la Comunidad.

V´sss...
Leer es el alimento del alma. No dejes que la tuya pase hambre.
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por PROANGY »

josest escribió:Joder, que follón habeis liaooooo!!!!!!!!!!! :lol: :lol: :lol: :lol:

La tienes en garaje comunitario = seguro obligatorio por RC, por lo que pudiera pasar (yo no la tendría sin robo, pero......nadie te obliga), y puedes darla de baja en DGT y ahorrarte impuestos.

La tienes en garaje privado = no precisas seguro. Igual puedes dar de baja en DGT.
Si la das de baja y luego de alta, tendrás que hacer la ITV si cuando la des de alta ha caducado. Si la fecha no ha pasado, tu tarjeta de ITv sigue en vigor.

:XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX:
Al grano........ concreto y conciso...

Gracias :wink:
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por knACk »

sach escribió:Pero es que el seguro de la casa no cubre el garaje, ni el de la Comunidad.

V´sss...
Los edificios con garage suelen tener seguro, donde esta detallado las matriculas de los coches, lo que no se es si es obligatorio tenerlo.

Que cada cual haga lo que quiera pero yo no conozco a nadie que tenga motos en casa que no las utilice que tenga seguro en ellas. Y yo no tiraria la pasta en un seguro para no utilizarla.
Puedes aprender todas las matemáticas y teorías de la la conducción, pero no puedes pilotar una moto que no amas, ella te sacudirá fuera tarde o temprano. El amor es la que te alejara del suelo cuando deberías caer, te hará sentir lo que le duele antes de que te falle y te ofrecerá la suficiente confianza para sortear cualquier obstáculo.
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por elpedo »

knACk escribió:
sach escribió:Pero es que el seguro de la casa no cubre el garaje, ni el de la Comunidad.

V´sss...
Los edificios con garage suelen tener seguro, donde esta detallado las matriculas de los coches, lo que no se es si es obligatorio tenerlo.

Que cada cual haga lo que quiera pero yo no conozco a nadie que tenga motos en casa que no las utilice que tenga seguro en ellas. Y yo no tiraria la pasta en un seguro para no utilizarla.
-:| Pues ni a mí ni a nadie que conozca le han pedido la matrícula del coche que aparcas en tu plaza de garaje.
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por elpedo »

knACk escribió::sh:
Ciertamente no es una colectividad indeterminada, eso seria un aparcamiento de una empres no exclusivo por ejemplo =))

PD: retiro mi anterior comentario. :mrgreen:

devilcat escribió: en el caso de los concesionarios o locales de compra y venta de vehículos están obligados a tener unos seguros comunitarios donde se incluyen todos los vehículos que se encuentran para la venta.
Estamos hablando sobre si es necesario el seguro obligatorio, en ese caso reconoces que no hace falta. :P

En un garaje comunitario también es obligatorio tener un seguro comunitario en el que conste todo los vehículos que allí estacionen. :hola:

En un garaje comunitario tú no tienes por qué conocer a nadie ni tener relación ninguna con los copropietarios. Y puede acceder cualquier persona (con autorización de otro vecino y no tuya) ajena completamente a ti. Creo que ahí puede radicar la diferencia con una finca particular.
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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por largot100 »

PROANGY escribió:Gracias. La lógica es que esté todo al día, pagadito y en regla.

He estado buscando el tema de la baja temporal y aunque dice que cuesta 8 euros dar de baja en trafico, si solicita que al dar de alta de nuevo, hay que pasar itv... de nuevo?

la moto la tengo a la venta, y le voy a pasar la itv, que le toca en un mes, para dar mas garantía para la venta, pero si la doy de baja, cuando la vuelvan a dar de alta quien la compre, deberá pasar la itv...?

Luego tambien está el tema del seguro. Tambien he leido que es más complicado (mas caro), por el tema de bonificaciones, el seguro de un vehiculo que ha estado de baja temporal...

En fin, que por lo que veo, me la quedo asegurada, con impuestos pagados, itv pasada, y rezando para venderla cuanto antes....
Por las bonificaciones no te preocupes, si tienes otro seguro a tu nombre sigues teniendo bonificaciones. Para las bonificaciones no tienes porque utilizar la misma matricula.

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Re: Puede estar una moto sin seguro sin estar dada de baja?

Mensaje por largot100 »

knACk escribió:Coches de rallys, motos en concesionario tanto nuevas como de segunda mano y puedo seguir sin parar.

Lo de "todo vehiculo que pueda circular tiene que tener seguro" es totalmente erroneo

La única obligación que hay es a tener todo vehiculo que este en la via publica asegurado, este aparcado o en marcha.

Si no me equivoco claro cosa que creo que no. i|i
los coches de rally pueden circular, y tienen seguro. Las motos en concesionarios, los concesionarios tienen seguros por volúmen de vehículos por lo que estan aseguradas, y las motos de competición, obviamente no pueden circular por la calle.

Tienes razon en que si un vehículo está en la calle tiene que tener seguro si o si.

:XX: :XX:
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