- Garaje sito en un municipio de la comunidad de madrid (la plaza en propiedad "99años") Y construida en Sociedad Cooperativa.
- Aparca mi hermana, aparco yo, y sobra espacio en todo el perímetro.
- Por segunda vez nos invitan a sacar una de las 2 motos a la calle (para facilitar su robo,entiendo).
"...pese a que ya se le ha advertido de que las normas de régimen interno
de la Cooperativa prohiben estacionar más de un vehículo por plaza,sea
del tamaño que sea, en su plaza se están aparcando 2 motocicletas.
el consejo rector ya le hizo saber el año pasado que esa conducta
es sancionable, de acuerdo con el procedimiento recogido en los estatutos
artículo 15 y siguientes, la ley de cooperativas y las normas de régimen
interno que se aprobaron cuando se constituyó la cooperativa. Por tanto
le conminamos a que corrija su actitud definitivamente."
- hace meses amenazaron con sancionarme económicamente (el consejo rector)
incluso "desposeerme" de la plaza.
esta vez han sido más pacíficos...
He estado un par de horas leyendo sobre ello en diversos foros:
- Ocu, propiedad horizontal, resoluciones ,
POR ELLO ME GUSTARÍA COMPARTIÉRAMOS CASOS REALES Y SU DESENLACE
JURÍDICO,PUES EN LOS FOROS MÁS DE LA MITAD DE INTERVENCIONES
SON "OPINIONES", Y NO RESOLUCIONES.
AHORA OS TOCA A VOSOTROS CASOS REALES Y CERCANOS SI LOS TENÉIS,
JURISPRUDENCIA Ó RESOLUCIONES SI LAS HABÉIS PADECIDO
SI HAY ALGÚN ABOGADO, TIENE EL TURNO
Y SI CONTAMOS CON ALGÚN JUEZ EN EL FORO QUE DICTE SENTENCIA
