Las 20 nuevas normas de tráfico
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Las 20 nuevas normas de tráfico
No se si ya esta puesto lo he buscado y al no verlo pues lo cuelgo si ya esta que alguien lo borre¿ok?
Las 20 nuevas normas de tráfico:
La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ha sido aprobada y entrará en vigor un mes y un día después desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
1. Para montar en bici, el casco será obligatorio en ciudad para los menores de 16 años. No llevarlo supondrá una multa de 200 euros, que deberán pagar los tutores legales del menor.
2. No podrán viajar en los asientos delanteros los menores de edad que midan menos de 1,35 metros. Y los que midan más de 1,35 metros, podrán hacerlo, siempre y cuando los asientos traseros estén ocupados por otros menores.
En el caso de incumplir la norma, las autoridades podrán inmovilizar el vehículo e imponer una sanción de 200 euros. En los taxis, se aplicará la misma regla, pero su incumplimiento es responsabilidad del tutor del menor y no del taxista.
3. Aumenta de 500 a 1.000 euros la sanción por conducir con una tasa de alcohol el doble de lo permitida, es decir, a partir de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o de 0,30 para conductores noveles y profesionales. También se duplica la multa a quienes en el plazo de un año previo hubieran dado positivo por alcohol.
4. La nueva ley suprime la necesidad de demostrar la influencia de las drogas en la conducción, como establece hasta ahora la norma para poder sancionar por la vía administrativa. A partir de su aprobación, será suficiente con una prueba salival, que sólo detecta el consumo reciente, que demuestre la presencia de drogas en el organismo para imponer una multa, que también asciende de 500 a 1.000 euros. Quedan excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, como la metadona.
5. Los peatones estarán obligados a someterse a un control de drogas y alcohol si cometen una infracción. Hasta el momento, sólo era obligatorio si se ven involucrados en un accidente.
6. El límite de velocidad máximo en autopista y autovía sigue siendo de 120 kilómetros por hora. Sin embargo, la reforma de la ley de seguridad vial contempla la posibilidad de aumentar la velocidad máxima a 130 kilómetros por hora al incluir un cuadro de velocidades con las sanciones correspondientes a quienes excedan ese límite. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular más rápido. Los límites de velocidad a partir de los cuales se sanciona a quien exceda la velocidad de 130 por hora serán los mismos que los establecidos para el límite de 120.
7. Las bicicletas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida. Los vehículos no pueden circular a una velocidad por debajo del 50% del límite máximo establecido, lo cual crea problemas a los ciclistas en calles, donde, por su inclinación, es muy difícil circular a más de 25 kilómetros por hora. No obstante, sigue estando prohibido que los ciclistas circulen por autopistas.
8. Sólo serán legales los avisadores de radar: ni detectores ni inhibidores. Quien use detectores tendrá una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos de carné. Se mantiene la prohibición de los inhibidores, que lleva aparejada una pena mucho más severa: 6.000 euros de multa y la detracción de seis puntos.
9. Los vehículos de los extranjeros residentes deben matricular sus coches en España. Hasta ahora, los extranjeros residentes sólo debían cumplir las obligaciones tributarias fijadas en la Ley de Impuestos Especiales, pero no era obligatorio que matricularan su coche en España, lo que en la práctica dificulta que sean sancionados o sometidos a controles.
10. Será infracción grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio “a la autoridad responsable de la gestión y regulación del tráfico”.
11. Caída de carga en la vía. Este supuesto, que no estaba expresamente contemplado en la normativa, será sancionado como infracción grave por “el peligro que genera al resto de usuarios de la vía”.
12. Control en autoescuelas y centros de reconocimiento. Impedir las labores de control en centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores será infracción, ante los casos detectados en los que se impide el acceso de miembros de la Consejería de Salud o de la Dirección General de Tráfico.
13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
14. El conductor será el responsable si atropella a un animal de caza. Hasta ahora, en los accidentes ocasionados por el atropello, el conductor sólo era responsable si había incumplido las normas de circulación. La nueva ley establece que el conductor será siempre el responsable.
15. Se aumenta de 15 a 20 días naturales el plazo para pagar multas con descuento del 50% y para hacer las alegaciones pertinentes.
16. Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario.
17. Nuevas causas de inmovilización de vehículos: Además de llevar menores sin un dispositivo de retención adecuado, será causa de inmovilización conducir sin autorización vehículos para los que se exige el permiso C (cuando la masa máxima autorizada exceda de 3500 kilos y no sobrepase los 7.500) o D (autocares).
18. Prohibición de traslado de vehículos inseguros a otros países. Se prohíbe dar de baja definitiva por traslado a otro país vehículos que no cumplen con los requisitos de seguridad y medioambientales reglamentariamente establecidos.
19. Prioridad para las grúas de auxilio en carretera. Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio tendrán prioridad de paso y recibirán el tratamiento de vehículos de urgencias.
20. Menos restricciones en la conducción a los enfermos de cáncer. La ley prevé la posibilidad de que el reglamento general de conductores revise las limitaciones impuestas a la conducción a los enfermos de cáncer.
Un saludo y buena ruta
Las 20 nuevas normas de tráfico:
La nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ha sido aprobada y entrará en vigor un mes y un día después desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
1. Para montar en bici, el casco será obligatorio en ciudad para los menores de 16 años. No llevarlo supondrá una multa de 200 euros, que deberán pagar los tutores legales del menor.
2. No podrán viajar en los asientos delanteros los menores de edad que midan menos de 1,35 metros. Y los que midan más de 1,35 metros, podrán hacerlo, siempre y cuando los asientos traseros estén ocupados por otros menores.
En el caso de incumplir la norma, las autoridades podrán inmovilizar el vehículo e imponer una sanción de 200 euros. En los taxis, se aplicará la misma regla, pero su incumplimiento es responsabilidad del tutor del menor y no del taxista.
3. Aumenta de 500 a 1.000 euros la sanción por conducir con una tasa de alcohol el doble de lo permitida, es decir, a partir de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o de 0,30 para conductores noveles y profesionales. También se duplica la multa a quienes en el plazo de un año previo hubieran dado positivo por alcohol.
4. La nueva ley suprime la necesidad de demostrar la influencia de las drogas en la conducción, como establece hasta ahora la norma para poder sancionar por la vía administrativa. A partir de su aprobación, será suficiente con una prueba salival, que sólo detecta el consumo reciente, que demuestre la presencia de drogas en el organismo para imponer una multa, que también asciende de 500 a 1.000 euros. Quedan excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, como la metadona.
5. Los peatones estarán obligados a someterse a un control de drogas y alcohol si cometen una infracción. Hasta el momento, sólo era obligatorio si se ven involucrados en un accidente.
6. El límite de velocidad máximo en autopista y autovía sigue siendo de 120 kilómetros por hora. Sin embargo, la reforma de la ley de seguridad vial contempla la posibilidad de aumentar la velocidad máxima a 130 kilómetros por hora al incluir un cuadro de velocidades con las sanciones correspondientes a quienes excedan ese límite. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular más rápido. Los límites de velocidad a partir de los cuales se sanciona a quien exceda la velocidad de 130 por hora serán los mismos que los establecidos para el límite de 120.
7. Las bicicletas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida. Los vehículos no pueden circular a una velocidad por debajo del 50% del límite máximo establecido, lo cual crea problemas a los ciclistas en calles, donde, por su inclinación, es muy difícil circular a más de 25 kilómetros por hora. No obstante, sigue estando prohibido que los ciclistas circulen por autopistas.
8. Sólo serán legales los avisadores de radar: ni detectores ni inhibidores. Quien use detectores tendrá una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos de carné. Se mantiene la prohibición de los inhibidores, que lleva aparejada una pena mucho más severa: 6.000 euros de multa y la detracción de seis puntos.
9. Los vehículos de los extranjeros residentes deben matricular sus coches en España. Hasta ahora, los extranjeros residentes sólo debían cumplir las obligaciones tributarias fijadas en la Ley de Impuestos Especiales, pero no era obligatorio que matricularan su coche en España, lo que en la práctica dificulta que sean sancionados o sometidos a controles.
10. Será infracción grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio “a la autoridad responsable de la gestión y regulación del tráfico”.
11. Caída de carga en la vía. Este supuesto, que no estaba expresamente contemplado en la normativa, será sancionado como infracción grave por “el peligro que genera al resto de usuarios de la vía”.
12. Control en autoescuelas y centros de reconocimiento. Impedir las labores de control en centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores será infracción, ante los casos detectados en los que se impide el acceso de miembros de la Consejería de Salud o de la Dirección General de Tráfico.
13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
14. El conductor será el responsable si atropella a un animal de caza. Hasta ahora, en los accidentes ocasionados por el atropello, el conductor sólo era responsable si había incumplido las normas de circulación. La nueva ley establece que el conductor será siempre el responsable.
15. Se aumenta de 15 a 20 días naturales el plazo para pagar multas con descuento del 50% y para hacer las alegaciones pertinentes.
16. Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario.
17. Nuevas causas de inmovilización de vehículos: Además de llevar menores sin un dispositivo de retención adecuado, será causa de inmovilización conducir sin autorización vehículos para los que se exige el permiso C (cuando la masa máxima autorizada exceda de 3500 kilos y no sobrepase los 7.500) o D (autocares).
18. Prohibición de traslado de vehículos inseguros a otros países. Se prohíbe dar de baja definitiva por traslado a otro país vehículos que no cumplen con los requisitos de seguridad y medioambientales reglamentariamente establecidos.
19. Prioridad para las grúas de auxilio en carretera. Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio tendrán prioridad de paso y recibirán el tratamiento de vehículos de urgencias.
20. Menos restricciones en la conducción a los enfermos de cáncer. La ley prevé la posibilidad de que el reglamento general de conductores revise las limitaciones impuestas a la conducción a los enfermos de cáncer.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
La 13 da miedo:
13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Pues la 4 ralla todo el sentido y me parece raro que sea hasta legal... si no vas bajo la influencia de una droga ¿de que te multan? ¿por tener presencia? es absurdo haber fumado un porro ayer y que te la metan hoy por conducir.
Es como si por el alcohol te multaran por haber bebido el dia anterior.
Con la ley de trafico te estan multando por ser consumidor no por conducir bajos los efectos de una droga.
Como supongo es dificil demostrar que vas bajo los efectos, cambiamos y multamos a todos. Hay que joderse.
yo no tomo drogas desde los veintipocos años salvo ocasiones especiales como bodas y bautizos (es coña) pero... ¿alguien sabe el rango de tiempo que cantan los palitos detectores?
Es como si por el alcohol te multaran por haber bebido el dia anterior.
Con la ley de trafico te estan multando por ser consumidor no por conducir bajos los efectos de una droga.
Como supongo es dificil demostrar que vas bajo los efectos, cambiamos y multamos a todos. Hay que joderse.
yo no tomo drogas desde los veintipocos años salvo ocasiones especiales como bodas y bautizos (es coña) pero... ¿alguien sabe el rango de tiempo que cantan los palitos detectores?
Puedes aprender todas las matemáticas y teorías de la la conducción, pero no puedes pilotar una moto que no amas, ella te sacudirá fuera tarde o temprano. El amor es la que te alejara del suelo cuando deberías caer, te hará sentir lo que le duele antes de que te falle y te ofrecerá la suficiente confianza para sortear cualquier obstáculo.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
8. Sólo serán legales los avisadores de radar: ni detectores ni inhibidores. Quien use detectores tendrá una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos de carné. Se mantiene la prohibición de los inhibidores, que lleva aparejada una pena mucho más severa: 6.000 euros de multa y la detracción de seis puntos.
Una pena, el detector funciona muy bien.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Lo permiten primero para luego prohibirlo
Que tomadura de pelo es esta??
Y knACk también tiene mucha razón en lo que dice
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Quitando el tema de los animales que se trató en otro post, me llama la atención este artículo:
"Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario."
Lo veo como una regulación para que ciertos vehículos o con cierta antigüedad no puedan por ciertas vías o ciertas zonas de una ciudad.
"Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario."
Lo veo como una regulación para que ciertos vehículos o con cierta antigüedad no puedan por ciertas vías o ciertas zonas de una ciudad.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Pero esa ya se estaba dando, sólo veo radar y no veo a nadie que pare más adelante.peptorres escribió:La 13 da miedo:
13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Ya acusan sin pruebas, como el tema animales, tú eres el responsable sí o sí.knACk escribió:Pues la 4 ralla todo el sentido y me parece raro que sea hasta legal... si no vas bajo la influencia de una droga ¿de que te multan? ¿por tener presencia? es absurdo haber fumado un porro ayer y que te la metan hoy por conducir.
Es como si por el alcohol te multaran por haber bebido el dia anterior.
Con la ley de trafico te estan multando por ser consumidor no por conducir bajos los efectos de una droga.
Como supongo es dificil demostrar que vas bajo los efectos, cambiamos y multamos a todos. Hay que joderse.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
yep y se de algun conocido que le multaron por saltarse un semaforo sin pararlo.
Supongo que si recurrias era facil ganarlo por eso lo cambiaron.
Supongo que si recurrias era facil ganarlo por eso lo cambiaron.
Puedes aprender todas las matemáticas y teorías de la la conducción, pero no puedes pilotar una moto que no amas, ella te sacudirá fuera tarde o temprano. El amor es la que te alejara del suelo cuando deberías caer, te hará sentir lo que le duele antes de que te falle y te ofrecerá la suficiente confianza para sortear cualquier obstáculo.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Me enseñaron las dos fotos que sacan los semáforos en Madrid, la primera estaba en ámbar y la segunda en rojo (en as dos el coche ya había pasado).knACk escribió:yep y se de algun conocido que le multaron por saltarse un semaforo sin pararlo.
Supongo que si recurrias era facil ganarlo por eso lo cambiaron.
Multa!
Lo peor es que te pones a reclamar y las tasas eran más caras que la propia multa quitando los puntos de carné y nadie te asegura que vayas a ganarlo.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Minimoto escribió:Quitando el tema de los animales que se trató en otro post, me llama la atención este artículo:
"Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario."
Lo veo como una regulación para que ciertos vehículos o con cierta antigüedad no puedan por ciertas vías o ciertas zonas de una ciudad.
Como en algunas ciudades europeas donde prohibirán la entrada a vehículos que no sean considerados de 'emisiones bajas' o peor aún... que acaben con el parque clásico automovilístico del país, cosa que ya estñan empezando por aquí con las elevadas 'sanciones' por el impuesto de transmisiones mecánicas de coches de 'alta cilindrada'.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Con camaras hay pruebas y posiblemente sea más dificil.
Pero aveces multan la local si estan dirigiendo el trafico y ven a alguien saltandose el semaforo y no lo pueden parar.
Pero aveces multan la local si estan dirigiendo el trafico y ven a alguien saltandose el semaforo y no lo pueden parar.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
peptorres escribió:La 13 da miedo:
13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.
Tiene mucho sentido teniendo en cuenta que ya no es "obligatorio" identificar al conductor. Me explico:
Multa radar. Antes te pedían que identificases y si no lo hacías, multa por negarte y requerimiento. (Identificas si o si).
Ahora no. Multa. Requerimiento de identificación, y si no identifican, te ponen una multa por el triple del montante inicial y aquí no ha pasado nada (Los puntos se van al limbo). Ideal para lo que tienen pasta. Vamos, el currito de a pie.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
EL mes pasado me llego una multa a mi domicilio (desde hace 8 años) del Servei Catalá de Tránsit de Tarragona, multandome con 300 chuchas por no haber identificado en primer requerimiento al conductor en una denuncia de radar urbano (100 € la original, 50 € con descuento). Cuando llamo para preguntar por la denuncia que no he recibido (un 902, si llamas de fuera de Cataluña, sigue pagando, atontao ¡¡¡¡), me dicen que lo mandaron a mi dirección anterior (repito, 8 años. EL coche tiene 7) y que como no hubo respuesta, publicaron en el Testra y denuncia automática.
Ante la pregunta de que de donde coño sacaron la dirección, si la que consta en el permiso de circulación y como domicilio en el seguro no es esa, me dicen que "es la que consta en nuestros archivos".
Y ya para rematarla, la denuncia original era de Septiembre, y recibí otra de la GC en carretera de Agosto (esta correctamente denunciada y al domicilio correcto). AL preguntarles como es posible que la GC conozca mi dirección correcta y ellos no, y el colmo, la primera denuncia la mandan mal, pero la 2ª (y mas jugosa) aciertan a la primera, me contesta muy educadamente la señorita: "Es que para la notificación de multas de cierta cuantía ya se molestan mas en localizar a la gente...".
El caso es que me intereso por la primera, por si hay puntos de por medio, y que no se a que corresponde la primera denuncia, si es Radar o fotorrojo, y me suelta la educada señorita: ""Ah ¡¡¡. No... de la primera olvidese... pague la segunda y ya esta..."".
Y ante todo esto, pregunto yo.....
En Cataluña se cargan las escopetas con bala o usais perdigon del 00 ?????
Ante la pregunta de que de donde coño sacaron la dirección, si la que consta en el permiso de circulación y como domicilio en el seguro no es esa, me dicen que "es la que consta en nuestros archivos".
Y ya para rematarla, la denuncia original era de Septiembre, y recibí otra de la GC en carretera de Agosto (esta correctamente denunciada y al domicilio correcto). AL preguntarles como es posible que la GC conozca mi dirección correcta y ellos no, y el colmo, la primera denuncia la mandan mal, pero la 2ª (y mas jugosa) aciertan a la primera, me contesta muy educadamente la señorita: "Es que para la notificación de multas de cierta cuantía ya se molestan mas en localizar a la gente...".
El caso es que me intereso por la primera, por si hay puntos de por medio, y que no se a que corresponde la primera denuncia, si es Radar o fotorrojo, y me suelta la educada señorita: ""Ah ¡¡¡. No... de la primera olvidese... pague la segunda y ya esta..."".
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
El tema essi estuviste o no en Cataluña y si la infracción es tuya o es de otro...Bonneman escribió:EL mes pasado me llego una multa a mi domicilio (desde hace 8 años) del Servei Catalá de Tránsit de Tarragona, multandome con 300 chuchas por no haber identificado en primer requerimiento al conductor en una denuncia de radar urbano (100 € la original, 50 € con descuento). Cuando llamo para preguntar por la denuncia que no he recibido (un 902, si llamas de fuera de Cataluña, sigue pagando, atontao ¡¡¡¡), me dicen que lo mandaron a mi dirección anterior (repito, 8 años. EL coche tiene 7) y que como no hubo respuesta, publicaron en el Testra y denuncia automática.
Ante la pregunta de que de donde coño sacaron la dirección, si la que consta en el permiso de circulación y como domicilio en el seguro no es esa, me dicen que "es la que consta en nuestros archivos".
Y ya para rematarla, la denuncia original era de Septiembre, y recibí otra de la GC en carretera de Agosto (esta correctamente denunciada y al domicilio correcto). AL preguntarles como es posible que la GC conozca mi dirección correcta y ellos no, y el colmo, la primera denuncia la mandan mal, pero la 2ª (y mas jugosa) aciertan a la primera, me contesta muy educadamente la señorita: "Es que para la notificación de multas de cierta cuantía ya se molestan mas en localizar a la gente...".
El caso es que me intereso por la primera, por si hay puntos de por medio, y que no se a que corresponde la primera denuncia, si es Radar o fotorrojo, y me suelta la educada señorita: ""Ah ¡¡¡. No... de la primera olvidese... pague la segunda y ya esta..."".
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Creo que la duda no viene si estuvo o no en algún lugar, sino que las bases de datos no coinciden cuando una tiene la dirección correcta y la otra no. Da a pensar que el Servei de Transit no actualiza las bases de datos y notifica de forma irregular, sin preocuparse de si está bien o no, pues ya no intenta una nueva notificación en domicilio distino y más actual, con la consiguiente indefensión del interesado.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
peptorres escribió:El tema essi estuviste o no en Cataluña y si la infracción es tuya o es de otro...
Si ademas la multa no es mía, ya seria de traca. SI, si estuve (primera vez que viajaba a Cataluña, estuve en Barcelona y Tarragona), aunque no soy consciente de haber visto ningún radar (fijo) ni fotorrojo. Repasando en Google street view el punto donde marcan la infracción, debe haber sido un trípode o radar móvil, por que no hay nada cerca para poner un soporte.
Pero me hace gracia que con la "maniobra" (por 50 € no nos molestamos en localizar a un infractor... por 300 si), no puedo ni realizar pago con descuento, ni reclamar la multa original (pedir la calibración del aparato, exigir la foto, demostrar que la infracción es de mi coche o se han equivocado de matricula, etc....) por que, según me han dicho, esa denuncia ha sido desestimada en favor de la nueva. Te jodes que lo hemos publicado en el Testra y tienes obligación de mirarlo tu solito.
Pero es que ademas, el expediente de la sanción cambia desde el Servei de Traffic a la DGT, por lo que si buscas por la sanción que te han impuesto, en el Testra no aparece.
Y lo que ya es de traca es que en la denuncia, en letra pequeña, te ponen que tienes un mes para interponer recurso, pero que el recurso no suspende la ejecución de la sanción, y que, si en el plazo de un mes no contestan al recurso, se da por desestimado. En resumen: Te puedes quejar, pero paga. Y si ni nos molestamos en contestar, la respuesta es no. Con dos cojones.
Si no se han molestado en localizarme de manera adecuada (o se han molestado mucho para no localizarme), os creéis que me van a contestar el recurso???? JA-JA-JA
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Pues todo muy bien.
Vamos a aprovecharnos a salir mientras nos dejen, como se pueda, que ya mismo también lo prohíben.
Vamos a aprovecharnos a salir mientras nos dejen, como se pueda, que ya mismo también lo prohíben.
No es lo mismo llamar que levantarse a abrir.
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Re: Las 20 nuevas normas de tráfico
Cebolleta escribió:Pues todo muy bien.
Vamos a aprovecharnos a salir mientras nos dejen, como se pueda, que ya mismo también lo prohíben.
A mi Por Cataluña se me han quitado las ganas de volver....