2 motos en una plaza de garaje ?

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Minimoto
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por Minimoto »

Eso sería perfecto para una comunidad.
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trisónico

Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por trisónico »

El problema de ese tipo de cochera es que, o son anchas de verdad, o entras y sales del coche con calzador. Y para la moto una plataforma de ruedines.
iai
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por iai »

bichoide escribió:Los que mejor se lo montan son los de norte (País Vasco y Cantabria es lo que conozco), donde los garajes son todos cerrados para que cada uno meta dentro lo que le salga de los 00, que si cierras la puerta no hay molestia alguna.
Es algo así:
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Y lo hacen por defecto, no opcional. :plas: :plas:
Así sí que evitas conflictos, que si sobresale, que si el de al lado te golpea la puerta al abrir y tanto hijoputa suelto :rambo: :rambo:

Hombre, son casos, yo vivo en un barrio completamente nuevo (3500 viviendas con garaje) y ninguno es así que yo sepa.
Hay 10 clases de personas, la que entienden código binario y las que no.
Isaac
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por Isaac »

Hola.
A mi me denuncio la comunidad por un tema de los garajes, el caso es que yo compré 2 plazas de garaje juntas( entre columnas) y las cerré, porque en la escritura pone plazas de garaje abiertas y cerradas, solicité el permiso correspondiente en ayuntamiento, pagué la licencia y cerre segun la normativa, dejando la ventilacion correspondiente, el caso es que a alguien le molestaba y me invitaron a que lo quitase, se decidió en JUNTA EXTRAORDINARIA, previa convocatoria legal y orden del dia (el presiedente no es nadie para decidir ir a juicio sin el apoyo de la junta) en definitiva que yo me mantube en mi posicion, me demandó la comunidad, fuimos a a juicio y GANE YO, lo unico es que el juez nos aplicó las costas a cada uno las suyas, salvando que me a mi me eximio de la derrama de la comunidad, para pagar el abogado y el procurador para ir mi contra. dijo el juez que quien era el iluminado que se creia que yo tenia que pagar 2 veces, una para denunciarme y otra para defenderme. Como devolví los recibos de derrama para el juicio me pusieron como MOROSO, pero el juez se lo dejo claro.
En definitiva, que si te denuncian tiene que ser aprobado en junta extraordinaria, y si llegase el caso yo te aconsejariá que exigieses que el aprovisionamiento de fondos para el juicio se haga en DERRAMA EXTRA, no con los fondos de la comunidad, cuando les toquen el bolso a los vecinos ya veras como reculan.
Un saludo.
Isaac
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por Bonneman »

bichoide escribió:Los que mejor se lo montan son los de norte (País Vasco y Cantabria es lo que conozco), donde los garajes son todos cerrados para que cada uno meta dentro lo que le salga de los 00, que si cierras la puerta no hay molestia alguna.
Es algo así:
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Y lo hacen por defecto, no opcional. :plas: :plas:
Así sí que evitas conflictos, que si sobresale, que si el de al lado te golpea la puerta al abrir y tanto hijoputa suelto :rambo: :rambo:

LA mía es así, y ademas un poquitín mas amplia. (También en su día costo algo mas de la media ). Pero me cabe un coche pequeño (Clio), la moto y un banco de trabajo para las chapucillas. Por aquí la plaza cerrada es algo mas rara, por que es bastante mas cara (entre un 30 y un 50% mas), pero soy de la opinión que, con lo que vale una plaza de garaje, te evitas muchos problemas con los vecinos. (y aun así...)
Rayworld
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por Rayworld »

Isaac escribió:Hola.
A mi me denuncio la comunidad por un tema de los garajes, el caso es que yo compré 2 plazas de garaje juntas( entre columnas) y las cerré, porque en la escritura pone plazas de garaje abiertas y cerradas, solicité el permiso correspondiente en ayuntamiento, pagué la licencia y cerre segun la normativa, dejando la ventilacion correspondiente, el caso es que a alguien le molestaba y me invitaron a que lo quitase, se decidió en JUNTA EXTRAORDINARIA, previa convocatoria legal y orden del dia (el presiedente no es nadie para decidir ir a juicio sin el apoyo de la junta) en definitiva que yo me mantube en mi posicion, me demandó la comunidad, fuimos a a juicio y GANE YO, lo unico es que el juez nos aplicó las costas a cada uno las suyas, salvando que me a mi me eximio de la derrama de la comunidad, para pagar el abogado y el procurador para ir mi contra. dijo el juez que quien era el iluminado que se creia que yo tenia que pagar 2 veces, una para denunciarme y otra para defenderme. Como devolví los recibos de derrama para el juicio me pusieron como MOROSO, pero el juez se lo dejo claro.
En definitiva, que si te denuncian tiene que ser aprobado en junta extraordinaria, y si llegase el caso yo te aconsejariá que exigieses que el aprovisionamiento de fondos para el juicio se haga en DERRAMA EXTRA, no con los fondos de la comunidad, cuando les toquen el bolso a los vecinos ya veras como reculan.
Un saludo.
Isaac
Gracias por aportarnos tu caso del cerramiento con Juicio y resultado
y el detalle de derrama extra para un futurible contencioso nuestro;
en tu situación particular tenías permiso y licencia oficial(eso es una ventaja)
en la nuestra a ver si alguien que haya ido a juicio por 2 vehículos en 1 plaza
nos comenta al igual que tú, su resultado, y así acercarnos a un caso idéntico
porque de momento no hemos movido las motos ni hablado con nadie
hasta ver si aparece una sentencia que llevemos como ejemplo
antes de que pudieran convocar una reunión extraordinaria

Vsssssssssssssss
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Isaac
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por Isaac »

En mi caso, a parte de la envidia de la gente, el ir a juicio fue por un mal asesoramiento del administrador que teniamos por aquel entonces, en la reunion donde se trato el tema de los cierres salio mayoria a favor del cierre de los garajes, pero el administrador decia que tenia que ser UNANIMIDAD, que fue a donde se agarraron los cuatro que promovieron el tema y votaron en contra, y fuimos a juicio.
Como anecdota de la envidia de la gente, yo en las plazas de garaje guardo 2 coches, la Tiger, el remolque de las motos, y tengo sitio para un armario de resina y 2 estanterias.
Alguno decia que igual tambien bajaba a planchar al garaje.
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por THOR »

trisónico escribió:Los abogados siempre liándola porque ellos viven de los follones que tiene la gente entre sí. Me voy a comprar un coche yanqui de los 60, para estar metido en pleitos con mis vecinos :lol:

A ver que va a pasar con los abogados. :tregua:


Yo soy abogado y tengo dos vehículos en mi plaza y el que me diga algo que se vaya al juzgado. La plaza es de mi propiedad de pleno derecho y aparco los vehículos que me salga de ahí, y en júntate se podrá acordar lo que se quiera que siendo de mi propiedad pueden decir misa.

Cosa distinta puede ser que la plaza sea en cesión y no en propiedad y quien cede la plaza ( cedente) haya establecido unas normas de uso de las mismas entre las que se encuentre el aparcar un solo vehículo.

Lo del abogado que dice los de las líneas habría que ver que fuma, esto es aplicar sentido común si es de tu propiedad puedes meter los vehículos que entren sin estorbar a los demás y sin invadir el resto de plazas o zonas comunes del aparcamiento.

En cuanto a la sanción del consejo rector =)) :sh: =))
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por THOR »

Rayworld escribió:
Isaac escribió:Hola.
A mi me denuncio la comunidad por un tema de los garajes, el caso es que yo compré 2 plazas de garaje juntas( entre columnas) y las cerré, porque en la escritura pone plazas de garaje abiertas y cerradas, solicité el permiso correspondiente en ayuntamiento, pagué la licencia y cerre segun la normativa, dejando la ventilacion correspondiente, el caso es que a alguien le molestaba y me invitaron a que lo quitase, se decidió en JUNTA EXTRAORDINARIA, previa convocatoria legal y orden del dia (el presiedente no es nadie para decidir ir a juicio sin el apoyo de la junta) en definitiva que yo me mantube en mi posicion, me demandó la comunidad, fuimos a a juicio y GANE YO, lo unico es que el juez nos aplicó las costas a cada uno las suyas, salvando que me a mi me eximio de la derrama de la comunidad, para pagar el abogado y el procurador para ir mi contra. dijo el juez que quien era el iluminado que se creia que yo tenia que pagar 2 veces, una para denunciarme y otra para defenderme. Como devolví los recibos de derrama para el juicio me pusieron como MOROSO, pero el juez se lo dejo claro.
En definitiva, que si te denuncian tiene que ser aprobado en junta extraordinaria, y si llegase el caso yo te aconsejariá que exigieses que el aprovisionamiento de fondos para el juicio se haga en DERRAMA EXTRA, no con los fondos de la comunidad, cuando les toquen el bolso a los vecinos ya veras como reculan.
Un saludo.
Isaac
Que tu caso era para ganarlo es claro y me alegro, pero el juez debería haber condenado en costas a la comunidad, pero no te confundas el presidente de la comunidad solamente por ser presidente tiene la facultad de ir a juicio sin acordarse en junta, cosa distinta es que lo suyo y aconsejable es que se acuerde en junta ir a juicio, por que si inicia una demanda sin haberse aprobado en junta puede responder personalmente de los perjuicios que se originen a la comunidad por haberse perdido el pleito, diganse las costas, intereses, etc.
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por CIBRIDO »

Yo no me he visto en la situación pero hace años me pasaron "por si acaso" una consulta legal que se le hizo en la OCU al respecto y dejaba claro que siempre y cuando no rebases las líneas tu puedes aparcar dos motos o moto o coche sin problema. Busca en Internet porque estaba bastante argumentado.
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por CharLee »

CIBRIDO escribió:Yo no me he visto en la situación pero hace años me pasaron "por si acaso" una consulta legal que se le hizo en la OCU al respecto y dejaba claro que siempre y cuando no rebases las líneas tu puedes aparcar dos motos o moto o coche sin problema. Busca en Internet porque estaba bastante argumentado.

Una pagina antes que esta, que no leemos :rambo: .
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por Rayworld »

Muy buenas compañeros, con motivo de que están próximas esas fechas tan entrañables conocidas como Navidad, durante las cuales a casi todos nos aflora algo más las sensibilidad fraternal entre iguales e intentamos poner nuestro granito de arena para un mundo mejor.

Debe ser por ello que tras casi un año de tranquilidad; a últimos de mes se celebrará junta de propietarios de plaza de garaje, y según me comenta el conserje parece quieren poner en el orden del día el tema de las 2 motos, cuando yo pensaba que la vida inteligente de este país estaba más preocupada por la que está cayendo fuera del garaje.

Esta semana me tocará repasar todos vuestros aportes, hacer una selección, imprimirlos, tomar la palabra y echar a cara ó cruz si me lío a :rambo:
ó me tomo una infusión y trato de explicarles con una sonrisa de oreja a oreja
que realmente si algo nos diferencia de los animales, es la capacidad para evolucionar
en todos los sentidos, y la dicha de poder aplicar el más necesario, el sentido común.

Gracias a todos los que colaborásteis y aportáteis vuestro granito de arena
y si alguien ha conocido novedades respecto al tema y desea reactualizar algo del asunto, también será bienvenido, podrían haberse celebrado 3 ó 4 juicios sobre ello
en distintas provincias, haber sentado jurisprudencia y nosotros sin enterarnos...

:alcoholico:
:swear:
:XX:
la vida son MATEMATICAS :win:
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por MILDOTT »

bichoide escribió:A mi me dijo un abogado hace tiempo que no se trata de que un vehículo no sobresalga de la vertical de las líneas, sino que se admite que mientras las ruedas no toquen las líneas de la plaza, el vehículo está bien estacionado...aunque sobresalga el paragolpes...por ejemplo. Me informé porque yo tenía la moto detrás del coche y el coche sobresalía el paragolpes delantero, pero las ruedas estaban dentro de las líneas sin tocarlas. Había un vecino tocapelotas que siempre se quejaba y nunca tuve problemas, hasta que me cambié de plaza de garaje (era de alquiler) por otra en mi mismo inmueble...mucho mejor :XX:

cambia de abogado
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por Rayworld »

citandote Follo...


...como tiene que ser, utilizando la convivencia como herramienta de inteligencia,
me alegra saber, que hagas y deshagas a tu antojo y necesidad
:XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX: :XX:

En tu caso, como en el de la mayoría que tiene el garaje debajo del edificio-vivienda
no suele escucharse este tipo fenómenos paranormales.

En el caso de mi hermana y mío, las guardamos en un garaje construido en cooperativa hace 20 años donde en superficie de calle está cubierto por un hermoso parque.

Como anécdota cabe señalar que hace 10 ó 12 años, hubo no se qué ¿problema? con una moto ó con su dueño, y la solución más democrática que tuvieron a bien votar los (supongo) frikies de estas reuniones fué:





:$ :$ :$ :$ :$ :$ :$ :$ :$ :$ :$ :$ :$


Prohibida la entrada, estacionamiento y alojamiento de cualquier tipo de moto durante 3 años.

Hoy en día hay que dar gracias por poder guardar vehículos de 2 ruedas, y no se meten con el color del depósito, ni el compuesto de las gomas
puedes guardar la moto que tengas 8-) pero solita, que para eso están las reuniones y el derecho a votar decisiones que se toman por el bien de todos.

Quizás de la próxima reunión salga otro alarde de inteligencia y con 10 votos a favor y 9 en contra se promulgue la prohibición de guardar motos de carburación pues hay que adaptarse a los tiempos de la inyección electrónica.

:rambo:
la vida son MATEMATICAS :win:
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por CharLee »

En el presente artículo, intentaremos explicar
las dificultades que genera un problema
bastante habitual: ¿un vecino de una
Comunidad de propietarios puede estacionar
en una sola plaza, más de un vehículo?
La discusión sobre la legalidad en utilizar
una sola plaza de garaje para dos vehículos
puede enfocarse desde un punto de vista
administrativo o civil. Respecto al primero,
habrá que atender a las dimensiones mínimas
establecidas en los planes de urbanismo
o en las normas de cada municipio
y en este sentido es conveniente también
examinar la licencia de apertura, actividad
o funcionamiento del garaje.
Por otro lado, y desde el punto de vista
civil, que es donde surgen en mayor medida
los problemas judiciales, debemos
atender a lo dispuesto en el artículo 9
de la Ley de Propiedad Horizontal y el
artículo 394 del Código Civil al señalar
que los propietarios podrán servirse de
los elementos comunes, con el límite de la
naturaleza de las cosas, y el derecho y uso
de los demás.
Si los vehículos exceden de la línea delimitadora
de la plaza de aparcamiento
invadiendo así los elementos comunes,
dicha actuación será contraria a las normas,
siempre que además de invadir la
zona común, estreche el paso del resto de
usuarios del garaje, dificultando la zona de
maniobra y paso. (Sentencia de la Audiencia
Provincial Valencia de 2 de junio de 2008
(JUR 2008\309944), Sentencia de la Audiencia
Provincial de Alicante de 22 de marzo de
2006 (JUR 2006\255097) y Sentencia de la
Audiencia Provincial de Barcelona de 11 de
marzo de 2004 (AC 2004\591).
Sin embargo, tenemos opiniones dispares,
así la Sentencia de la Audiencia Provincial
de Zaragoza de 18 de septiembre de
2908 (JUR 2008\50475), y la Sentencia
de la Audiencia Provincial de Pontevedra de
14 de junio de 2006 (JUR 2006\216599)
entienden que cada propietario podrá utilizar
el habitáculo delimitado de la plaza
de aparcamiento libremente, destinándola
al uso convenido, y siempre y cuando no
obstaculice el ejercicio de su derecho por
los demás copropietarios. Pero añade algo
fundamental: se podrán estacionar cuántos
vehículos quepan, sin que la Comunidad
pueda imponer las condiciones aquí pretendidas
a ningún titular de aparcamiento,
cuyo uso no se ha demostrado sea contrario
al art. 9 LPH, siempre que la ocupación
de aquellos no se sobrepase el contorno
perimetral de la plaza.
Por tanto, en una misma plaza podrán
aparcar los vehículos que quepan, sin exceder
de la zona perimetral, por cuanto
debe reconocerse el derecho dominical
que asiste a quién adquirió en propiedad
la plaza de aparcamiento. (Sentencia del Tribunal
Supremo de 24 de diciembre de 1990,
marginal RJ 1990\10365).
Pero aquí no acaba la diferencia de
opiniones jurisprudenciales, dado que la
Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona
de 6 de septiembre de 2004 (JUR
2004\278514) señala que a pesar de que
la motocicleta y el vehículo excedan de las
dimensiones de la plaza, al ser el espacio
lo suficientemente amplio para que
el resto de vecinos puedan entrar y
salir del garaje o de su plaza, sin ser
necesario efectuar excesivas maniobras,
no entiende que opere ilegalidad
en la conducta del propietario
de la plaza.
Es más, si en estricta buena relación
de vecindad, se toleran las dificultades
que pueden proceder del estacionamiento
de un vehículo de grandes
dimensiones, no se aprecian razones
que justifiquen la no tolerancia de la
situación litigiosa cuando consta que
la maniobralidad es sencilla.
Por ello, no existe unificación de
criterio entre nuestros juzgados y tribunales,
por lo que para examinar y
poder defender los intereses, ya sea
del lado de la Comunidad, ya sea del
propietario de la plaza de garaje, presunto
infractor de las normas, tendremos
que valorar la concurrencia de
una serie de circunstancias o requisitos
que puedan ayudarnos a determinar
si la actuación comunitaria es
abusiva, o por el contrario, totalmente
defendible:
1.- Lo que dispongan los estatutos.
2.- Consulta al ayuntamiento, facilitándole
cuál es la plaza de aparcamiento
y sus dimensiones.
3.- Ver la licencia del garaje.
4.- Si aunque se estacionen dos vehículos,
no se excede de la zona perimetral.
5.- Si excediera de la delimitación del
aparcamiento, valorar si efectivamente
se causa algún perjuicio claro a la Comunidad
o a alguno de los usuarios
del garaje:
- Invasión de zonas comunes.
- Debido a la ocupación de espacio
comunitario, si se dificulta o impide
la capacidad de maniobra y
paso para el resto de usuarios del
aparcamiento.
- Cobertura seguro del hogar, que
pudiera poner trabas si se estacionan
varios vehículos en una sola
plaza.
6.- Si en su momento, se acordó en
Junta de propietarios autorizar o denegar
autorización a algún vecino para
estacionar en una plaza, más de un
vehículo.
A modo de conclusión y en nuestra
opinión, la viabilidad en defender a
la Comunidad o al vecino, dependerá
de acreditar con la prueba correspondiente
si puede confirmarse la existencia
de algún perjuicio claro y manifiesto
para la Comunidad o para el
usuario de otras plazas de garaje, que
demuestre que la decisión denegatoria
de la Comunidad, no es simplemente
caprichosa y sin justificación.
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por CharLee »

Estacionar dos vehículos en la misma plaza de garaje no es actividad molesta.

Sentencia AP Almería, 28-07-2003
Extracto

"Ahora bien, ha de tenerse en cuenta, por un lado, que la utilización de la referida plaza de garaje para el estacionamiento de dos vehículos es algo que, según la propia confesión de la Presidente de la Comunidad demandante (f. 78, 79), se ha venido realizando desde hace más de veinte años. Durante ese largo tiempo no consta que haya habido alguna actuación en contra de la Comunidad, pues el único requerimiento fehaciente sobre el cese de esa actividad se ha producido unos meses antes de la presentación de la demanda.

Por otro lado, tampoco consta que las características de los vehículos hayan variado, de manera que sea ahora cuando, después de veinte años, se haya producido una invasión de zonas comunes, perturbando la pacífica posesión de las mismas por parte de los demás copropietarios.

Debe indicarse también, coincidiendo con el Juzgador de primera instancia, que no queda debidamente acreditado esa abusiva utilización de zonas comunes, ante las discrepantes versiones mantenidas al respecto por las partes y por los testigos que han declarado a instancia de uno y otro litigante. Facilmente podía haber sido acreditada esa invasión con un reportaje fotográfico.

Por último, el estacionamiento de dos vehículos en una plaza de garaje no constituye por si misma una actividad molesta o prohibida, máxime cuando en este caso se ha venido permitinedo ese estacionamiento durante largo tiempo."
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por CharLee »

La cláusula que prohíbe aparcar más de un vehículo en la misma plaza de garaje es nula.

Sentencia Audiencia Provincial de Zaragoza, 24-02-2002
Extracto

"La cuestión central que la demanda principal plantea y que es objeto del recurso, es la de si el acuerdo tomado por diecisiete votos a favor, uno en contra y una abstención, en la Junta General Extraordinaria celebrada el 1 de febrero de 2001, relativo a la modificación del punto 4º de las normas de régimen interior del acta de 6 de abril de 1998 (Documento número 3 de la demanda), en el sentido de que solamente se permitirá estacionar un vehículo a motor en cada plaza, identificando cada plaza con un vehículo, es nulo, teniendo en cuenta la pretensión del recurrente de introducir en la plaza de su propiedad dos vehículos, como desde su compra había venido haciendo.

[...] Siendo las expuestas las normas que rigen, además de otras, el régimen comunitario que nos ocupa, es evidente que la prohibición impuesta por la Comunidad a los copropietarios de estacionar dos vehículos en una plaza, pese a gozar la misma de las dimensiones suficientes, entraña una limitación al derecho soberano de propiedad, impuesta sin soporte justificativo alguno, que podría venir sólo determinado por el desarrollo de las actividades relacionadas en el número 2 del Artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (actividades prohibidas en los Estatutos, dañosas para la finca o contrarias a las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas), no siendo el caso, y que contraviene claramente lo específicamente dispuesto en el Artículo 348 del Código Civil.

No puede, por otro lado, ampararse dicha limitación en supuestas exigencias derivadas de la seguridad del edificio, o en supuestos usos o costumbres de la Comunidad, por cuanto, como bien señala el recurrente, la licencia de apertura de garaje no establece limitación alguna del número de vehículos a estacionar en el mismo, debiendo, en todo caso, adaptarse la Comunidad a la normativa municipal de incendios aplicable, si entiende que su contenido (coches) exige mayores elementos de seguridad, lo que no se ha acreditado, no siendo el proyecto de edificación del garaje instrumento idóneo para determinar el aprovechamiento de las plazas construidas, y, por último, porque la costumbre o uso esgrimido por la Comunidad, evidentemente, no ha sido aceptada por todos los condóminos."
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por CharLee »

MILDOTT escribió:
bichoide escribió:A mi me dijo un abogado hace tiempo que no se trata de que un vehículo no sobresalga de la vertical de las líneas, sino que se admite que mientras las ruedas no toquen las líneas de la plaza, el vehículo está bien estacionado...aunque sobresalga el paragolpes...por ejemplo. Me informé porque yo tenía la moto detrás del coche y el coche sobresalía el paragolpes delantero, pero las ruedas estaban dentro de las líneas sin tocarlas. Había un vecino tocapelotas que siempre se quejaba y nunca tuve problemas, hasta que me cambié de plaza de garaje (era de alquiler) por otra en mi mismo inmueble...mucho mejor :XX:
Las líneas de la plaza de garaje no pueden ser rebasadas por el vehículo.

Sentencia Audiencia Provincial de Valladolid, 10-05-2005
Extracto

"El Art. 396 C.C. establece, como decíamos, una comunidad entre propietarios de un edificio por pisos únicamente sobre los elementos comunes y necesarios para un adecuado uso y disfrute, manteniendo, por el contrario, una propiedad individualizada sobre los pisos y partes susceptibles de aprovechamiento independiente (T.S. 21-2-63 y 23-12-82). El demandado podrá usar la plaza que le ha sido asignada, introduciendo en ella el coche que tenga por conveniente, pero en ningún caso podrá sobrepasar ni con las ruedas del vehículo, ni con el maletero ni con el capó el espacio a él asignado y comprendido entre las líneas marcadas para su plaza, pues en caso contrario infringiría no solo el Art. 396 C.C ., sino el apartado A) del nº 1 del Art. 9 de la LPH"
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por CharLee »

Garajes en propiedad horizontal.

La diferencia de las pólizas de seguro para garajes en propiedad horizontal se refiere, sobre todo, al concepto de custodia. El propietario de una plaza en su edificio o el inquilino de la misma gozan de una cobertura de seguro que no incluye la responsabilidad civil por ciertos daños a terceros. No se paga por la custodia del vehículo.

La ley exige a las comunidades de vecinos un seguro que cubre los accidentes estructurales que puedan causar daños a los vehículos: derrumbes, inundaciones, daños a personas por accidentes, incendios... pero no así daños como los rayones o abolladuras de la carrocería. De tener un inconveniente de este tipo, será el propio seguro del coche o el del otro vehículo implicado en el siniestro el que se hará cargo de los daños, tal como si el siniestro hubiera ocurrido en la calle.

En este caso, el usuario de esta plaza es copropietario y contrata la póliza a través de la comunidad de vecinos. Todos los trámites que deberá hacer para que se reparen los daños serán en la propia compañía de seguros. La ley ni siquiera exige que la póliza incluya el vandalismo como cobertura, aunque este tipo de siniestro puede agregarse de manera anexa.

Si en una plaza de garaje caben un coche y una moto, ambos gozan de la cobertura que ofrezca la póliza

El precio de estas pólizas varía en función de los metros cuadrados del aparcamiento y es parte del seguro para la propiedad horizontal contratado por la comunidad, en cuyo caso se abaratan los costes de las primas y, por tanto, el proporcional que pagará cada propietario de la plaza. Este proporcional es por metros, como en el caso del piso, y ello implica que el importe no variará en función de los vehículos que se tengan guardados. Es decir, si en la misma plaza entran el coche y una motocicleta, sin invadir la plaza vecina ni los espacios de circulación común como pasillos o calles del garaje, ambos gozarán de la cobertura que ofrezca la póliza para el resto del garaje.
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Ubicación: Mallorca
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Re: 2 motos en una plaza de garaje ?

Mensaje por peptorres »

Lo mismo es ocupar una plaza de párking con un Touareg que luego raya la puerta del coche del lado al abrir sus puertas que ocuparla con un twingo, una bicicleta y una moto...
¿Para qué ser el primero si nadie te oye llegar?
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