Para lo que quieres, el scala rider q3 creo que te va bien.... me parece que se pueden conectar 3 motos. El Q1 solo se conecta con otro intercomunicador. Si necesitáis estar mas personas conectados te tendrías que ir a otro modelo.
Es el que tengo yo y funciona muy bien. Anteriormente tuve unos chinos y nada que ver.
Hablan muy bien de los interphone y los midlan. Poneros de acuerdo todos los colegas para pillar el mismo ya que no son compatibles con otras marcas, por lo menos los cardo, los otros no estoy seguro. http://www.ubricarmotos.com/buscar?cont ... it_search=
los compré ahí
Un saludo
Por darte más opciones, yo llevo BT Next, concetas hasta 6 motos y kilómetro y medio, en teoría, en la realidad va muy bien hasta 150 +/- con el paquete, también depende del casco, y hasta 140 y siempre que estés en radio de vision del resto de motos.
Yo tengo uno de 35 pavos y va de lujo, tanto para hablar con la parienta como para hablar con otro colega que tiene uno de la misma marca. Se pueden conectar 5 motos y paquete.
Ahora que activar las teclitas con los guantes, es casi imposible. Enlace externo
raeder escribió:gracias por las contestaciones... hay alguna gente que busca los chinos y otros marcas mas conocidas..
os ha dicho alguna vez algo la guardia civil??
Un saludo
Hace unos años, aprocechando que me pidieron papeles, les pregunté. Prohibidísimos, sólo ellos lo pueden usar.
Pero dependen más del GC, porque también he pasado al lado de ellos con la petaca en el casco y nunca me han dicho nada.
No quiero entrar en debates que ya se habló bastante en el foro. El tema está en si es auricular o altavoz. Lo primero está prohibido y lo segundo debería ser legal, pero no sé en que se escudan ya como van pegados al oído dificultan la percepción.
Yo les pregunté por el de conexión al pasajero y al móvil por bluetooth.
Lo que sí está prohíbido (que alguien me corrija) es la utilización, pero llevar el aparato encendido no quiere decir que lo estés usando, así como llevar el movil encendido en el coche no quiero decir que lo estés usando.
El artículo 11.3 de la Ley de Seguridad Vial y el artículo 18.2 de Reglamento General de Circulación dicen que "Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares."
Nada hay bajo el sol que no tenga solución, nunca una noche venció a un amanecer
Todos y cada uno de los intercomunicadores están prohibidos, o mejor dicho están ante una laguna legal que hace que quede a interpretación si su uso está o no permitido; es por ello que al menos aquí los Mossos, que se fijan en cualquier pijada, no suelen decirte nada.
Por lo que he leído por ahí, no suelen decir nada porque es muy complicado saber si en el momento que te paran lo estás usando o no. Es por eso por lo que no se meten en jaleo.
Yo me lo he comprado, espero no tener problemas.
Nada hay bajo el sol que no tenga solución, nunca una noche venció a un amanecer
ts4 escribió:El artículo 11.3 de la Ley de Seguridad Vial y el artículo 18.2 de Reglamento General de Circulación dicen que "Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.
Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares."
En esa parte resaltada en negrita es en lo que se escudan para multar... La ley es un tanto ambigua en ese punto, porque deja muy abierto a la interpretación del agente sobre qué es un "instrumento similar"...
Yo ante la duda paso de usarlos, tampoco lo veo algo muy necesario, pero ya podrían aclarar ese punto para que sepamos a qué atenernos...
Como elemento de seguridad me parece excelente. Muchos de ellos te permiten hacer una llamada sin tocar nada, por lo que una llamada de emergencia en caso de necesidad puede ayudar.