2 motos en una plaza de garaje ?

Live forum: http://elclubtriumph.es/viewtopic.php?t=58849

Rayworld

01-03-2012 22:47:42

Buenas noches

- Garaje sito en un municipio de la comunidad de madrid (la plaza en propiedad "99años") Y construida en Sociedad Cooperativa.

- Aparca mi hermana, aparco yo, y sobra espacio en todo el perímetro.

- Por segunda vez nos invitan a sacar una de las 2 motos a la calle (para facilitar su robo,entiendo).

"...pese a que ya se le ha advertido de que las normas de régimen interno
de la Cooperativa prohiben estacionar más de un vehículo por plaza,sea
del tamaño que sea, en su plaza se están aparcando 2 motocicletas.

el consejo rector ya le hizo saber el año pasado que esa conducta
es sancionable, de acuerdo con el procedimiento recogido en los estatutos
artículo 15 y siguientes, la ley de cooperativas y las normas de régimen
interno que se aprobaron cuando se constituyó la cooperativa. Por tanto
le conminamos a que corrija su actitud definitivamente."

- hace meses amenazaron con sancionarme económicamente (el consejo rector)
incluso "desposeerme" de la plaza.
esta vez han sido más pacíficos...


He estado un par de horas leyendo sobre ello en diversos foros
- Ocu, propiedad horizontal, resoluciones ,

POR ELLO ME GUSTARÍA COMPARTIÉRAMOS CASOS REALES Y SU DESENLACE
JURÍDICO,PUES EN LOS FOROS MÁS DE LA MITAD DE INTERVENCIONES
SON "OPINIONES", Y NO RESOLUCIONES.

AHORA OS TOCA A VOSOTROS CASOS REALES Y CERCANOS SI LOS TENÉIS,
JURISPRUDENCIA Ó RESOLUCIONES SI LAS HABÉIS PADECIDO
SI HAY ALGÚN ABOGADO, TIENE EL TURNO
Y SI CONTAMOS CON ALGÚN JUEZ EN EL FORO QUE DICTE SENTENCIA

XX

knACk

01-03-2012 22:51:23

Por lo que lei en su dia (creo que aqui) mayormente es por temas de seguros que es un seguro por plaza.

Yo preguntare el motivo y donde esta recogido esa norma y lo comprobaria, si lo esta pues si no lo quieren arreglar creo que vas jodido.

Rayworld

01-03-2012 22:58:08

Buenas, Knack
lo del seguro según manifiestan en los foros, es a donde se agarran los propietarios que
molestan con estas tonterías, pero parece ser, que los seguros aseguran cantidades de dinero, no cantidades de vehículos, incluso inspecciones en garajes no se preocupan
por número de vehículos sino por normas de seguridad del garaje en sí.

THOR

01-03-2012 23:02:30

No puto caso, haber quien es el consejo rector para sancionarte y hacer cumplir la sanción

Rayworld

01-03-2012 23:03:09

...los estatutos aprobados privadamente por los 20 ó 30 de siempre que son los únicos que asisten, hace 5 añós aprobaron prohibir que aparcaran motos durante
un par de añós(yo no la tenía por entoces)

me pareció esperpéntico y parece que eso ya se les pasó
pero ahora el problema es el que comento.

molo

01-03-2012 23:08:04

hay cosas que con mi edad todavía me son imposibles de entender, yo aparco mi moto detrás de mi coche compartiendo plaza igual que otros propietarios y eso nos obliga a ocupar un poquito más de espacio nuestras plazas y nadie ha dicho nada, vive y deja vivir, me siento afortunado

Suerte con el problema y es lamentable que solo pensemos en joder al projimo, hay quien sigue pensando que era uno de los diez mandamientos >P

Rayworld

01-03-2012 23:08:58

No puto caso, haber quien es el consejo rector para sancionarte y acer cumplir la sanción[/quote234yke33]

Es la primera defensa que tengo preparada, primero contra la gestoría, seguro
no les gusta oir que de ser profesionales hubieran asesorado mejor al presidente
informándole que cualquier proceso debería terminar en un juzgado y si lo pierden,

quizás el resto de cooperativistas no entiendan por qué les aumentan la cuota para
pagar las costas de un juicio absurdo que podría ganar yo, o que era innecesario.

THOR

01-03-2012 23:11:04

Maldito teclado de iPad, Hacer con H.

THOR

01-03-2012 23:20:32

hay cosas que con mi edad todavía me son imposibles de entender, yo aparco mi moto detrás de mi coche compartiendo plaza igual que otros propietarios y eso nos obliga a ocupar un poquito más de espacio nuestras plazas y nadie ha dicho nada, vive y deja vivir, me siento afortunado

Suerte con el problema y es lamentable que solo pensemos en joder al projimo, hay quien sigue pensando que era uno de los diez mandamientos >P[/quotethr3lrqd]


Deberías pedir los estatutos de la comunidad de propietarios y ver donde consta que no se pueda aparcar dos vehículos en una misma plaza.

De estar contemplado a la hora de ir a juicio puedes tenerlo complicado. Si no esta contemplado para poderte obligar a retirar la moto debería haberse celebrado una junta y haberse aprobado constando dicho acuerdo conste en acta.

Las actas de las comunidades de propietarios se pueden impugnar dependiendo de si estas en plazo. si ya no stas en plazo no te pueden sancionar de ninguna manera, lo único que pueden hacer es presentarte una demanda judicial para hacer cumplir lo acordado en estatutos o en acta.

molo

01-03-2012 23:23:55

Deberías pedir los estatutos de la comunidad de propietarios y ver donde consta que no se pueda aparcar dos vehículos en una misma plaza.

De estar contemplado a la hora de ir a juicio puedes tenerlo complicado. Si no esta contemplado para poderte obligar a retirar la moto debería haberse celebrado una junta y haberse aprobado constando dicho acuerdo conste en acta.

Las actas de las comunidades de propietarios se pueden impugnar dependiendo de si estas en plazo. si ya no stas en plazo no te pueden sancionar de ninguna manera, lo único que pueden hacer es presentarte una demanda judicial para hacer cumplir lo acordado en estatutos o en acta.

Rayworld estos comentarios deben ser para tí y parecen muy razonables

THOR

01-03-2012 23:25:51

Deberías pedir los estatutos de la comunidad de propietarios y ver donde consta que no se pueda aparcar dos vehículos en una misma plaza.

De estar contemplado a la hora de ir a juicio puedes tenerlo complicado. Si no esta contemplado para poderte obligar a retirar la moto debería haberse celebrado una junta y haberse aprobado constando dicho acuerdo conste en acta.

Las actas de las comunidades de propietarios se pueden impugnar dependiendo de si estas en plazo. si ya no stas en plazo no te pueden sancionar de ninguna manera, lo único que pueden hacer es presentarte una demanda judicial para hacer cumplir lo acordado en estatutos o en acta.[/quote33jk4h6u]

Rayworld estos comentarios deben ser para tí y parecen muy razonables



Si perdon

elbateria

01-03-2012 23:33:18

jódeles tú o amenázalos.

perros, ruidos, olores, destrozos, denúnciales por que te hacen "mobbing" en tu casa...

mira tío, si teniendo más razón que un santo para sacar a una panda de gitanos de tu finca te pueden volver loco, con lo que tienen contra ti pueden ya ir preparándose.

tú la metes y si te hiciesen sacarla, la vuelves a meter, y luego la dejas unos días en casa de un colega...y la vuelves a poner,

al final se aburrirán. con los imbéciles no hay otra.

tricilindrico

02-03-2012 00:21:28

Mi plaza de garaje es grande y caben un coche y una moto. Al igual que otros propietarios la utilizamos para aparcar sendos vehiculos. En ninguna reunion ha salido el tema gracias a dios porque habrá mucha guerra ese día, sobre todo porque he aguantado mil y pico reuniones en ver como la peña discute gilipolleces y solo piensa en sí mismo en el fondo. Así que aparca y que se joda todo el mundo

miguelvaloz

02-03-2012 01:35:01

Mira la Ley de la propiedad horizontal, seguro que te aclara cosas,este articulo puede que te interese

Artículo 18

1. Los acuerdos de la Junta de propietarios serán impugnables ante los Tribunales, de conformidad con lo establecido en la legislación procesal general, en los siguientes supuestos

a) Cuando sean contrarios a la Ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.

b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.

c) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.[/coloru223uy9g]

2. Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto. Para impugnar los acuerdos de la Junta el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. Esta regla no será de aplicación para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el artículo 9 entre los propietarios.

3. La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la Ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido en el artículo 9.

4. La impugnación de los acuerdos de la Junta no suspenderá su ejecución, salvo que el Juez así lo disponga, con carácter cautelar, a solicitud del demandante oída la comunidad de propietarios.

miguelvaloz

02-03-2012 01:37:45

Por si te sirve de algo yo meto 2 coches y la moto en una plaza face , alguno me lo echa en cara, mi contestación siempre es la misma -denunciame

xavikoala

02-03-2012 01:42:44

Cuando me llevo la moto a Barcelona la dejo en el parking de un colega, en la misma plaza el tiene el coche y la moto, pues cuando estoy yo, hay 2 motos y el coche y nunca le han dicho nada.

miguelvaloz

02-03-2012 01:48:39

DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECIALES

Artículo 8º.- Destino de los pisos y plazas de garaje. El destino de los pisos será el uso de vivienda, despacho, consulta u oficina, de acuerdo con la normativa vigente.

Respecto al garaje, las plazas serán destinadas a aparcamiento exclusivo de coches y motos, prohibiéndose el aparcamiento de caravanas y lanchas, sin invadir otras plazas o zonas comunes de paso de vehículos o peatones, limitándosela espacio marcado como plazas de aparcamiento, sin invadir la línea divisoria, permitiendo con facilidad la apertura de las puertas de los vehículos. Quedando totalmente prohibido depositar en las plazas muebles, enseres o cualquier otro tipo de material o mercancía, incluso ruedas de coche y baterías. No se permitirá el lavado de coches ni el derrame de aceites, carburantes, etc., procedentes de los mismos.

Mas claro agua hola

Kuro

02-03-2012 02:06:40

DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECIALES

Artículo 8º.- Destino de los pisos y plazas de garaje. El destino de los pisos será el uso de vivienda, despacho, consulta u oficina, de acuerdo con la normativa vigente.

Respecto al garaje, las plazas serán destinadas a aparcamiento exclusivo de coches y motos, prohibiéndose el aparcamiento de caravanas y lanchas, sin invadir otras plazas o zonas comunes de paso de vehículos o peatones, limitándosela espacio marcado como plazas de aparcamiento, sin invadir la línea divisoria, permitiendo con facilidad la apertura de las puertas de los vehículos. Quedando totalmente prohibido depositar en las plazas muebles, enseres o cualquier otro tipo de material o mercancía, incluso ruedas de coche y baterías. No se permitirá el lavado de coches ni el derrame de aceites, carburantes, etc., procedentes de los mismos.

Mas claro agua hola[/quote2jj0wmt9]

Eso tenía entendido yo. Si no rebasas la vertical de las líneas de separación, en principio, no pueden decirte nada.

Reluctanter

02-03-2012 08:14:30

Buenas noches

- Garaje sito en un municipio de la comunidad de madrid (la plaza en propiedad "99años") Y construida en Sociedad Cooperativa.

- Aparca mi hermana, aparco yo, y sobra espacio en todo el perímetro.

- Por segunda vez nos invitan a sacar una de las 2 motos a la calle (para facilitar su robo,entiendo).[/quote1r2hu6f9]

Increíble. face Nos estamos volviendo locos, de verdad.

Viktor

02-03-2012 08:27:01

Sabiendo quienes son los "de siempre" a por ellos.

Busca coches que se salgan de los limites de la plaza, cerramientos sin licencia de obra..... cualquier cosa con la que puedes joderles si continuan tocando las "motos".

Porque en los papeles lo tendras complicado.
Aunque no entiendo como te puede sancionar o quitar la plaza....

MarioD

02-03-2012 08:44:02



Eso tenía entendido yo. Si no rebasas la vertical de las líneas de separación, en principio, no pueden decirte nada.[/quote109upo6e]

Tampoco se puede uno pasar y aparcar a 1 cm de la linea blanca, porque pasa que el vecino no puede abrir la puerta... hay que ponerse un poco en el lugar de los demás... se puede poner la moto sin molestar, estoy seguro.

Minimoto

02-03-2012 09:24:30

Creo que tienen razón y seguramente si te buscan las cosquillas pueden obligarte, pero prueba una cosa, da una vuelta por el garaje y apunta todas las plazas donde el coche ocupe más que la plaza, que cualquier parte sobrepase el límite de las líneas.
Esos coches tienen que ir a la calle porque ocupan espacio de la comunidad y se están aprovechando de los demás (y por supuesto, a tí te molesta muchísimo para aparcar, aunque no pases por ahí), ya que ocupan más espacio que el que se compró.
Ya verás todos aquellos que se hayan gastado una pasta en tener el coche más grande del vecindario se lo piensa dos veces ya calmará a los demás.

IZANOA

02-03-2012 09:49:21

En tu plaza puedes meter lo que te salga de los güevos. Mi vecino y yo aparcamos las motos en la plaza de otra vecina que nos la alquila y nadie se ha quejado, o sí y no se le ha hecho ni puto caso. Y a mala leche les meto una furgona que llegue hasta la mitad del pasillo. ¿pero como puede haber tanto jilipollas (mas que botellines de Mahou)? rambo rambo

jaal

02-03-2012 09:54:57

hay cosas que con mi edad todavía me son imposibles de entender, yo aparco mi moto detrás de mi coche compartiendo plaza igual que otros propietarios y eso nos obliga a ocupar un poquito más de espacio nuestras plazas y nadie ha dicho nada,[b3hrgwytr] vive y deja vivir[/b3hrgwytr][/color3hrgwytr], me siento afortunado

Suerte con el problema y es lamentable que solo pensemos en joder al projimo, hay quien sigue pensando que era uno de los diez mandamientos >P[/quote3hrgwytr]

Lo mismo digo, mi plaza es bastante grande porque está entre dos columnas, no habia espacio suficiente para dos plazas y la dejaron de una. Meto los dos coches y la moto delante de uno de ellos. El venido de la plaza de al lado hace lo mismo, mete dos coches. Eso hace que nos quede a los dos poco espacio para abrir las puertas a cada uno, pero la ventaja de aparcar dos vehículos y la buena educación por parte de todos es suficiente para que no haya problemas...

MUY TRISTE!!

elpedo

02-03-2012 10:35:44

Según esto

Mira la Ley de la propiedad horizontal, seguro que te aclara cosas,este articulo puede que te interese

Artículo 18

1. Los acuerdos de la Junta de propietarios serán impugnables ante los Tribunales, de conformidad con lo establecido en la legislación procesal general, en los siguientes supuestos

a) Cuando sean contrarios a la Ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.

b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.

c) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.[/color3byadhao]

2. Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto. Para impugnar los acuerdos de la Junta el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. Esta regla no será de aplicación para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el artículo 9 entre los propietarios. [/color3byadhao]

3. La acción caducará a los tres meses de adoptarse el acuerdo por la Junta de propietarios, salvo que se trate de actos contrarios a la Ley o a los estatutos, en cuyo caso la acción caducará al año. Para los propietarios ausentes dicho plazo se computará a partir de la comunicación del acuerdo conforme al procedimiento establecido en el artículo 9.

4. La impugnación de los acuerdos de la Junta no suspenderá su ejecución, salvo que el Juez así lo disponga, con carácter cautelar, a solicitud del demandante oída la comunidad de propietarios.[/quote3byadhao]

Puedes decirles que esa norma que han aprovado va en contra de la ley y te supone un perjuicio, pide una junta extraordinaria para rebocar el artículo y si no diles que vas a ir a juicio. (Y entre que se resuelve eso no se si cautelarmente se anula o no esa "norma" o eso lo decide el juez -| , creo que veo demasiado la tele) ¿y eso de que te pueden aplicar penalizaciones económicas de dónde lo han sacado? ¿también viene en los estatutos? Porque anda que no hay gente que no paga las mensualidades de la comunidad y para clbrarle hace falta Dios y ayuda.

Y por supuesto apunta a todo el que se salga lo más mínimo de su plaza y lo mismo, si la moto se va fuera, todos esos putos coches a la puta calle también con ella.

En mi garaje también alguno comentó eso y me leí toda la normativa aplicable en Madrid y no ponía nada de más de 1 vehículo por plaza así que no pasa nada mientras no te salgas de tu plaza.

loMarraco

02-03-2012 11:55:11

Pienso como el compañero miguelvaloz, no hacerles ni caso.
No mientras no recibas la carta de un abogado en su nombre.
Saludos y suerte.

Anonymous

02-03-2012 12:00:38

Si te estás portando bien y te echan los perros, por el mismo precio empieza a portarte mal.

CharLee

02-03-2012 13:10:37

Mientras no te salgas de las lineas de la plaza como si metes 15 vespinos.

En la primera reunion de vecinos que se realizo en mi comunidad, tambien dijeron esa gilipollez del seguro, que si no se iba a hacer cargo del resto de vehiculos, etc... levante la mano y comente que era el vecino del 1ºC y tenia coche y moto en la misma plaza, que quien quisiera denunciarme podia ir empezando y que no se sintiera coaccionado por hacerlo puesto que tenia abogado gratis y mucho tiempo libre.

Nunca mas se volvio a hablar de esa tonteria y ahora mismo en mi comunidad habra unas 20 plazas con coche y moto juntas. A los putos amargados ir siempre de cara, sin miedo.

Minimoto

02-03-2012 13:26:15

Lo del seguro es un recurso utilizado, pero simplemente les dices que si algún día pasa algo ya verá los desperfectos que va a tener el coche, que lo de la moto no será nada.

Kuro

02-03-2012 15:50:08



Eso tenía entendido yo. Si no rebasas la vertical de las líneas de separación, en principio, no pueden decirte nada.[/quote1yslz412]

Tampoco se puede uno pasar y aparcar a 1 cm de la linea blanca, porque pasa que el vecino no puede abrir la puerta... hay que ponerse un poco en el lugar de los demás... se puede poner la moto sin molestar, estoy seguro.[/quote1yslz412]


Evidentemente, la cortesía y la empatía hace falta, además de ordenanzas XX

Bubalog

03-03-2012 16:49:54

No lo entiendo, supongo que habrá unos estatutos y que sean de obligado cumplimiento, pero esto se me escapa, tanto les pueden molestar dos motos, una de dos, o en su casa no le dejan decir ni pamplona y tiene que dar por culo en la calle para sentirse valorado o alguien que te tenga ojeriza le está metiendo jaleo para joder.
Porque en mi casa ( no es cooperativa) hay un número importante de plazas con coche y moto en la misma, en mi caso las dos motos y a tres plazas de la mia tienen coche , moto y un par de bicis atadas a la columna. y que yo sepa nadia llama la atrención a nadie.

miguelvaloz

03-03-2012 17:05:15

No lo entiendo, supongo que habrá unos estatutos y que sean de obligado cumplimiento, pero esto se me escapa, tanto les pueden molestar dos motos, una de dos, o en su casa no le dejan decir ni pamplona y tiene que dar por culo en la calle para sentirse valorado o alguien que te tenga ojeriza le está metiendo jaleo para joder.
Porque en mi casa ( no es cooperativa) hay un número importante de plazas con coche y moto en la misma, en mi caso las dos motos y a tres plazas de la mia tienen coche , moto y un par de bicis atadas a la columna. y que yo sepa nadia llama la atrención a nadie.[/quotesla8c66b]

Estoy de presidente en la comunidad de garajes y no veais lo mala, envidiosa y "tocagüevos" que es alguna gente (menos mal que son una pequeña minoría).
Pero a estos ni caso, son como estos perros que no hacen mas que ladrar ...

Rayworld

03-03-2012 17:33:34

gracias por ir aportando ideas, por ejemplo la de revisar coches que sobresalgan(es lamentable, no soy quien para revisar esos autos,pero...), así quizás comprendan que quienes protegemos nuestras motos, vivimos y dejamos vivir,creemos mas en resolver problemas graves en el mundo, que en inventarlos y construirlos de la nada...
En la práctica, las resoluciones judiciales definitivas son las que nos orientarían,así que si cualquiera de nosotros vamos descubriendo alguna, podríamos aportarlas aquí para quienes puedan verse identificados
próximamente...

Vssssssssssss

Rayworld

03-03-2012 17:50:17

No lo entiendo, supongo que habrá unos estatutos y que sean de obligado cumplimiento, pero esto se me escapa, tanto les pueden molestar dos motos, una de dos, o en su casa no le dejan decir ni pamplona y tiene que dar por culo en la calle para sentirse valorado o alguien que te tenga ojeriza le está metiendo jaleo para joder.
Porque en mi casa ( no es cooperativa) hay un número importante de plazas con coche y moto en la misma, en mi caso las dos motos y a tres plazas de la mia tienen coche , moto y un par de bicis atadas a la columna. y que yo sepa nadia llama la atrención a nadie.[/quote1u3px8jp]

Este es un Aparcamiento subterraneo sin construcción de viviendas en superficie sino unos jardines
en los garajes de comunidad de vecinos no pierden el tiempo en estas cosas
aquí no nos conocemos entre los que aparcamos, pero el presidente y consejo "rector"
suelen ser voluntarios que intuyo siempre quisieron un cargo "relevante" en su vida
y les gusta aprobar en asamblea lo que los 25 asistentes de siempre sobre 265 totales
creen que sería lo mejor para salvar al mundo...

Vssssssssssss

kril

03-03-2012 20:18:13

Creo que "miguelvaloz" lo ha dejado claro con la ley de la propiedad horizontal, ni te preocupes y si no que denuncien. Hay mucho aburrido por ahí.
Saludos y suerte.

THOR

03-03-2012 20:42:54

Yo lo único malo que veo es que algún gilipollas te tire o raye la moto.

Rayworld

03-03-2012 22:05:23

cuando dos partes no se ponen de acuerdo, una suele denunciar antes que la otra, no sé si se atreverán a gastar dinero en nombre de otros propietarios de plaza y denunciar, el único problema sería que un juez sentenciara que los estatutos de la comunidad están por encima de la Ley de Propiedad Horizontal
al ser un garaje privado con acuerdos privados

otra cuestión que tengo que averiguar es si para denunciar podría hacerlo el presidente y consejo, ó deberían convocar reunión extraordinaria propietarios y celebrar votación, es posible que ellos sólos al entender que estoy desobedeciendo una norma aprobada pudieran dar orden a la gestoría para hacerlo, finalmente todos perdemos, si gano yo, pagarán entre todos los propietarios las costas y seguro que la mayoría pasaría de denunciar, y si pierdo yo pues supongo que las costas serían significativas
y si saca la moto mi hermana a la calle, pierde ella...

absurda fabricación de un problema donde no debería haberlo

al final no deja de ser

ESTATUTOS COMUNIDAD versus Ley Propiedad Horizontal

P.D y a todo esto 2 motos nuevas cubiertas por su funda sin molestar
aparcadas y sin moverse hace 1 mes por los últimos frios que
parecen estar remitiendo.

molo

03-03-2012 22:18:20

DERECHOS Y OBLIGACIONES ESPECIALES

Artículo 8º.- Destino de los pisos y plazas de garaje. El destino de los pisos será el uso de vivienda, despacho, consulta u oficina, de acuerdo con la normativa vigente.

Respecto al garaje, las plazas serán destinadas a aparcamiento exclusivo de coches y motos, prohibiéndose el aparcamiento de caravanas y lanchas, sin invadir otras plazas o zonas comunes de paso de vehículos o peatones, limitándosela espacio marcado como plazas de aparcamiento, sin invadir la línea divisoria, permitiendo con facilidad la apertura de las puertas de los vehículos. Quedando totalmente prohibido depositar en las plazas muebles, enseres o cualquier otro tipo de material o mercancía, incluso ruedas de coche y baterías. No se permitirá el lavado de coches ni el derrame de aceites, carburantes, etc., procedentes de los mismos.

Mas claro agua hola[/quote1mpcaylv]


este es para guardarlo en la biblioXX Rayworld la gente tiene muy mala baba pero por ese motivo, no des ni un paso atrás hola

iai

03-03-2012 22:23:45

cuando dos partes no se ponen de acuerdo, una suele denunciar antes que la otra, no sé si se atreverán a gastar dinero en nombre de otros propietarios de plaza y denunciar, [b5ylt6naa]el único problema sería que un juez sentenciara que los estatutos de la comunidad están por encima de la Ley de Propiedad Horizontal[/b5ylt6naa]
al ser un garaje privado con acuerdos privados

otra cuestión que tengo que averiguar es si [b5ylt6naa]para denunciar podría hacerlo el presidente y consejo[/b5ylt6naa][/color5ylt6naa], ó deberían convocar reunión extraordinaria propietarios y celebrar votación, es posible que ellos sólos al entender que estoy desobedeciendo una norma aprobada pudieran dar orden a la gestoría para hacerlo, finalmente todos perdemos, si gano yo, pagarán entre todos los propietarios las costas y seguro que la mayoría pasaría de denunciar, y si pierdo yo pues supongo que las costas serían significativas
y si saca la moto mi hermana a la calle, pierde ella...

absurda fabricación de un problema donde no debería haberlo

al final no deja de ser

ESTATUTOS COMUNIDAD versus Ley Propiedad Horizontal

P.D y a todo esto 2 motos nuevas cubiertas por su funda sin molestar
aparcadas y sin moverse hace 1 mes por los últimos frios que
parecen estar remitiendo.[/quote5ylt6naa]

Me extrañaría que un acuerdo privado (estatutos) pueda ir en contra de una ley, respecto a la facultad de denunciar, muy posiblemente el presidente pueda hacerlo sin pasar incluso por el consejo. Lo mejor, ya se ha dicho hasta la saciedad, educación y sentido común.

En mi garaje, hay también muchas parcelas con coche y moto, incluso con la moto en paralelo ajustando muchísimo a la raya y no he oído ninguna queja. Yo tengo parcela grande (de las que llaman doble en linea) y tengo un coche grande (C5) el scooter y la America, y nadie me ha mencionado que pudiera tener problemas por hacerlo, mi vecino también comparte scooter y coche grande en su parcela y los dos dejamos un pasillo suficiente para poder sacar y meter las motos entre los dos coches, si alguno llega un poco "tocado" y el pasillo se encoge, bromeas sobre al día siguiente sobre como se ha pasado la noche y punto..

Que vayan a mamar. fantasma

naver

04-03-2012 01:08:14

Yo que tu no haria ni caso,que denuncien,y hasta que un juez te ordene sacar una de las motos si es que lo ordena no te vuelvas a acordar del tema ni a perder tiempo en guilipolleces.Ya nos contaras. XX XX

Fermi

05-03-2012 10:51:47

No, los estatutos de la comunidad pueden decir misa, la plaza de garaje es tuya y puedes meter lo que quieras mientras no molestes a los vecinos. Y el seguro tiene que apechugar en caso de incendio o lo que sea. No os dejéis engañar por vecinos toca-cojones.

Ya ha habido una sentencia que sienta jurisdisprudencia sobre el tema.

CharLee

05-03-2012 17:52:14

Toma, solucion a tu dilema, imprimetelo y entregaselo
(OJO, nada de lo que hay escrito abajo, ha sido escrito por mi, es una copia del contenido de los enlaces que he puesto)

[urlsbyvkbu6]http://www.ocu.org/map/show/19841/src/312814.htm[/urlsbyvkbu6]

Un coche y una moto en una plaza de garaje

Consulta

Mi problema es que en mi plaza de garaje tengo aparcado un coche y un ciclomotor (no ocupo nada de otras plazas ni suelo de la comunidad), pero el presidente de la comunidad y un par de vecinos me dicen que no puedo mantener el ciclomotor en esa plaza. Argumentan que, según la ley, está prohibido meter más de un vehículo en una plaza de garaje y que si hubiera algún accidente (incendio,etc...), yo tendría que hacerme responsable de los gastos que éste ocasionara, puesto que estoy incumpliendo la ley y el seguro no se responsabilizaría. Quisiera saber si existe esa ley o si hay alguna que diga que puedo meter más de un vehículo. En las juntas de propietarios nunca se ha aprobado que sólo pueda haber un vehículo por plaza.

Respuesta

Las plazas de garaje tienen unas dimensiones mínimas establecidas en los planes de urbanismo o en las normas de cada municipio a las que suelen ajustarse los promotores. Dentro de esas dimensiones, habitualmente delimitadas con una línea en el suelo, puede usted estacionar el número de vehículos que le convenga, siempre y cuando no perjudique el derecho de otros copropietarios invadiendo sus plazas o causándoles molestias, como ocurre frecuentemente al invadir espacios comunes. A este respecto, los tribunales exigen que la molestia alegada sea efectiva y real. A título de ejemplo, citamos la sentencia de la Audiencia Provincial de Almería de 28 de julio de 2003, conforme a la cual "..... el estacionamiento de dos vehículos en una plaza de garaje no constituye por sí misma una actividad molesta o prohibida, ....".
Además, los tribunales no permiten que mediante estipulación contenida en los estatutos o mediante acuerdo de la comunidad de copropietarios se pueda limitar su derecho de propiedad sobre la plaza. Es decir, con arreglo a las limitaciones expuestas, no pueden exigirle que aparque un solo vehículo si en su plaza caben dos vehículos o un vehículo y un ciclomotor perfectamente y sin causar molestias.
Por ejemplo, la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza en fecha 24 de junio de 2002 dispuso en un caso similar al suyo que "... es evidente que la prohibición impuesta por la Comunidad a los copropietarios de estacionar dos vehículos en una plaza, pese a gozar la misma de las dimensiones suficientes, entraña una limitación al derecho soberano de propiedad, impuesta sin soporte justificativo alguno, que podría venir sólo determinado por el desarrollo de las actividades relacionadas en el número 2 del Artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal (actividades prohibidas en los Estatutos, dañosas para la finca o contrarias a las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas), no siendo el caso, y que contraviene claramente lo específicamente dispuesto en el Artículo 348 del Código Civil.
No puede, por otro lado, ampararse dicha limitación en supuestas exigencias derivadas de la seguridad del edificio, o en supuestos usos o costumbres de la Comunidad, por cuanto, como bien señala el recurrente, la licencia de apertura de garaje no establece limitación alguna del número de vehículos a estacionar en el mismo, debiendo, en todo caso, adaptarse la Comunidad a la normativa municipal de incendios aplicable, si entiende que su contenido (coches) exige mayores elementos de seguridad, lo que no se ha acreditado, no siendo el proyecto de edificación del garaje instrumento idóneo para determinar el aprovechamiento de las plazas construidas, y, por último, porque la costumbre o uso esgrimido por la Comunidad, evidentemente, no ha sido aceptada por todos los condóminos...".
Por último, sí es cierto que pueden existir ciertos inconvenientes en cuanto a la cobertura del seguro de incendios de su comunidad, puesto que habitualmente el seguro otorga cobertura atendiendo al número de vehículos con autorización para estacionar y no a los metros cuadrados de superficie del garaje.

[urlsbyvkbu6]http://www.lexureditorial.com/foro/176.htm[/urlsbyvkbu6]

Son muchas las preguntas que he visto en este Post y que ya hay jurisprudencia al respecto. Lógicamente pertenezco a un bufete del que no doy nombre porque considero que son tremendamente sencillas las respuestas

1º. Cuando se dan las licencias de ocupación en los edificios y los garajes pasan la inspección de la delegación de industria de la Comunidad Autónoma (No del ayuntamiento), las licencias se conceden por parte del ayuntamiento en función del número de plazas. Ello no significa por la Ley de la Propiedad Horizontal que una plaza NO ES = a 1 vehículo, por lo tanto, un propietario puede usar la plaza para uno o varios vehículos siempre que no salgan de sus límites.

2º. La comunidad de vecinos cuando contrata el seguro de responsabildiad para el garaje lo hace por número de vehículos y no por plazas, lo cual es un error de uso y costumbre por parte de los administradores que genera problemas de los aquí denunciados. No obstante, si hubiese algún siniestro y en una plaza hubiese 2 vehículos, el propietario debe optar por declarar como afectado uno de ellos, pero la empresa aseguradora NO PUEDE aludir que había más coches que plazas para no pagar los daños. Eso es totalmente falso.

Ya sabes XX XX XX XX

Rayworld

05-03-2012 18:06:49

gracias, Charlee
ayer domingo por la noche buceando por diversos foros
encontré exactamente lo mismo que tú acabas de compartir con nosotros
lo imprimí y lo tengo preparado para reunirme con la gestoría que lleva la administración del garaje y primero a ellos pedirles explicaciones de para qué
les pagamos, y si han sido también los brillantes asesores que han ilustrado al presidente,
ó ha sido el sólito y su rebaño... ( a los que desconozco en su totalidad)

también encontré unas referencias a un par de sentencias una de ellas en Almería
y la otra no recuerdo la provincia

las pondré por aquí para que las pueda leer todo aquel que lo necesite...

lo dicho, gracias por moverlo XX

Rayworld

05-03-2012 18:07:14

...

ivantoro

05-03-2012 18:19:39

Interesante, yo tengo esa situacion, pero en mi bloque casi todos los vecinos hacen lo mismo, asi que no creo que haya quejas al respecto. Aun asi es para imprimirlo y guardar la sentencia junto a las escrituras del piso, por si acaso.

CharLee

05-03-2012 18:32:43

gracias, Charlee
ayer domingo por la noche buceando por diversos foros
encontré exactamente lo mismo que tú acabas de compartir con nosotros
lo imprimí y lo tengo preparado para reunirme con la gestoría que lleva la administración del garaje y primero a ellos pedirles explicaciones de para qué
les pagamos, y si han sido también los brillantes asesores que han ilustrado al presidente,
ó ha sido el sólito y su rebaño... ( a los que desconozco en su totalidad)

también encontré unas referencias a un par de sentencias una de ellas en Almería
y la otra no recuerdo la provincia

las pondré por aquí para que las pueda leer todo aquel que lo necesite...

lo dicho, gracias por moverlo XX[/quoteo4vqimm0]

Nada hombre, pa eso estamos XX XX XX XX .

rebufo

05-03-2012 19:17:38

Yo aparco una moto y el coche y he tenido hasta dos motos y el coche y nadie ha protestado, creo que lo que quieren mas bien es dar por.... la solucion facil
rambo rambo rambo
Espero se solucione todo, un saludo.

sokopower

06-03-2012 19:02:22

Yo tenía un remolque y dos motos (la de mi mujer y la mía) en una plaza grande en un garaje privado en el que se pagaba religiosamente un alquiler con su IVA y todo legal (cosa rara en garajes). Me hicieron sacar una moto por el tema del seguro ya que el remolque pese a ocupar más no se considera vehículo. Por tanto es lógico que si así se contempla se te proponga hacer un uso adecuado. Es una mierda, pero es así.

Saludos

minene-34

06-03-2012 20:10:13

En mi urbanización lo mismo, yo coche y moto, otros coche y dos motos, hay una plaza con hasta 4 motos cada una de su padre y de su madre, zonas medio perdidas con hasta el carrito del carrefour.... en principio no han habido historias muy raras.... nos dijeron que podrían haber problemas por seguros pero tampoco más allá.

Otra cosa más seria es la ocupación de la zona del vecino... han llegado a ponerse pilonas azules de las de las calles en la raya blanca. Con dos OO.


Un saludo.

elfollonero

07-03-2012 18:48:37

YO HE TENIDO PLAZAS DE APARCAMIENTO, EN REGIMEN DE PROPIEDAD DE 50 AÑOS (MUNICIPALES)y en edificios privados, como mínimoi siempre he tenido de 2 a 3 vehiculos en cadaplaza, mínimo el coche y la moto.. cunado no tenia 2 plazas, una para el coche y la otra con 3 o 4 motos, y de hecho ahora guardo la moto en una plaza, con el coche de mi padre y 2 de mis motos, y nunca he escuchado nada semejante a lo k cuentas ?

Uluairi

07-03-2012 18:59:25

Hay que ser un auténtico amargado para preocuparse de lo que mete el vecino en su plaza, mientras no sobresalga y moleste al de al lado. A mí si no me molesta, como si apila 19 motos en pirámide hasta el techo. País de amargados y gilipollas, de verdad.

CharLee

07-03-2012 19:00:43

YO HE TENIDO [/color2ifu5t08]PLAZAS DE APARCAMIENTO, EN REGIMEN DE PROPIEDAD DE 50 AÑOS[/color2ifu5t08] (MUNICIPALES)y en edificios privados, como mínimoi siempre he tenido de 2 a 3 vehiculos en cadaplaza, mínimo el coche y la moto.. cunado no tenia 2 plazas, una para el coche y la otra con 3 o 4 motos, y de hecho ahora guardo la moto en una plaza, con el coche de mi padre y 2 de mis motos, y nunca he escuchado nada semejante a lo k cuentas ?[/quote2ifu5t08]

Si que eres viejo so feo i|i lol lol lol .

sokopower

07-03-2012 21:13:51

Las compañías de seguro en caso se siniestros se agarran a un clavo ardiendo. Si en la póliza está contemplado que sólo un vehículo por plaza ojito con su incumplimiento ya que en caso de reclamación estaremos vendidos y no tendremos derecho a indemnización. Si los vehículos causaran daños por incendio por ejemplo, la responsabilidad caería directamente sobre su propietario. Digo yo que ese es el motivo por el cuál te obligan a cumplir esta norma de un vehículo por plaza.

Cada plaza no tiene porqué ser igual, habrá seguros que permitan varios vehículos.

Un saludo

Rayworld

07-03-2012 23:53:09

la gran falta de profesionalidad de algunas gestorías que administran fincas,garajes
les hace mal negociar con las aseguradoras( en algunos casos)
porque lo correcto es asegurar un continente, es decir un gareje de 100, 200, 300,
plazas por un precio a convenir y una indemnización a cubrir, y punto.

Pagamos un seguro correspondiente a las 265 plazas
pero de existir un incendio núnca iban a tener que que cubrir
mas que un 10% 20% 30% 40% de vehículos
en otras palabras ellos siempre ganan

a pesar de todo, estaría de acuerdo en que en caso estadisticamente muy infrecuente
un incendio dañara las 2 motos, conformarme con que cubrieran una sólo,
y
en caso de ser mi plaza la que provocara el poco probable incendio seguro que sería
una sóla moto la que lo pudiera causar, nó las 2 al tiempo en el mismo segundo
con lo cual tendría la misma "culpabilidad" que cualquier propietario

resumiendo, aceptaría me cubrieran una sóla moto...

finalmente para muestra un botón
estadisticamente la verdad ABSOLUTA
debe ser que no es muy legal lo que me exigen

pues evidentemente si lo fuera
son muchas las personas de este foro que guardan 2 vehículos,
en otros foros idem, y sin estar registradas en ninguno foro, lo mismo
y el 99% no ha recibido ninguna carta dando por culo



Vssssssssssssssssssssssssssssssssss

wookie

08-03-2012 08:38:10

Coje una camara de fotos y date una vuelta por el garaje....fotografia todos los coches que tengan una gotita de aceite en el suelo y preguntale al tocapelotas ese si los denuncias a todos...

JuanHC

08-03-2012 10:45:55

Así lo mismo te dejan en paz. Vaya panda de amargados.

bichoide

08-03-2012 11:51:33

A mi me dijo un abogado hace tiempo que no se trata de que un vehículo no sobresalga de la vertical de las líneas, sino que se admite que mientras las ruedas no toquen las líneas de la plaza, el vehículo está bien estacionado...aunque sobresalga el paragolpes...por ejemplo. Me informé porque yo tenía la moto detrás del coche y el coche sobresalía el paragolpes delantero, pero las ruedas estaban dentro de las líneas sin tocarlas. Había un vecino tocapelotas que siempre se quejaba y nunca tuve problemas, hasta que me cambié de plaza de garaje (era de alquiler) por otra en mi mismo inmueble...mucho mejor XX

Minimoto

08-03-2012 11:57:18

De vedad te dijo eso un abogado?
Cuesta creer que se mida las dimensiones de un vehículo en una plaza de garaje por las ruedas.

Anonymous

08-03-2012 12:04:16

Los abogados siempre liándola porque ellos viven de los follones que tiene la gente entre sí. Me voy a comprar un coche yanqui de los 60, para estar metido en pleitos con mis vecinos lol

Minimoto

08-03-2012 12:21:29

O un Peugeot 407 (por ejemplo) que de la ruedas delanteras al morro tiene un metro.

bichoide

08-03-2012 12:53:38

De vedad te dijo eso un abogado?
Cuesta creer que se mida las dimensiones de un vehículo en una plaza de garaje por las ruedas.[/quote5krf1apz]
Sí, no me lo invento....claro que no tengo el texto legal donde se diga (si es que es cierto). Una búsqueda rápida en Google indica que no soy el único

Hola, me gustaria que alguien me pudiese aclarar un asunto en relacion con éste tema.
Alguien me comentó que la normativa¿? dice que lo que tiene que estar dentro de las lineas pintadas en el suelo son las ruedas del vehiculo. Quiero pensar que en terminos mas o menos normales.... El caso es que me afecta directamente porque recientemente he comprado una moto que aparco detras del coche y por lo tanto el morro del coche sobresale un poco, pero muy poco porque como ya comento las ruedas quedan dentro de las lineas. Me gustaria saber si realmente puedo seguir asi o por el contrario está mal. Tambien aprovecho para consultar si teniendo en mi plaza de garaje apoyado en la pared un somier(sin patas) que no molesta absolutamente a nadie está contraviniendo alguna ley. Muchas gracias. Un saludo.[/color5krf1apz]
http://www.porticolegal.com/foro/propie ... +de+garage

Te comento un caso real....A nosotros en nuestra comunidad nos pasaba una cosa exactamente igual a la tuya, hablamos con el propietario, diciendole amablemente que estorbaba y que impedia el paso a otras dos plazas que se encontraban en una esquina.

A los dos dias puso una fotocopia en el garaje y en el portal, que explicaba que mientras el vehiculo tenga las ruedas dentro de su plaza se considera legal, creo que estaba extraido de alguna ley de la propiedad horzontal o algo asi.

Espero haberte ayudado [/color5krf1apz]
http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=2100186

Aunque después de leer esto, parece quedar claro....
[b5krf1apz]
"Los límites de las plazas son los que son y ningún objeto puede sobrepasar el "vuelo" de los límites, por tanto, cualquier vehículo, aunque las ruedas estén dentro de las líneas, que sobrepase ese espacio eso sí es ilegal y motivo de no indemnización en caso de siniestro por parte de la aseguradora, ahí no hay defensa alguna... Una solución es replantear todo el garaje y pedir permiso a industria y luego la autorización pertinente del ayuntamiento, Este trámite viene a tardar unos 4 años."[/color5krf1apz][/b5krf1apz]

Por cierto, he encontrado también esto por si no lo sabíais

En principio en el caso de las plazas de garaje lo que se está pagando es el uso y disfrute de la plaza para la misión que tiene encomendada, es decir, aparcar un vehículo. Si tú vehículo sobresale, estás ocupando una zona que no te corresponde, es una faena que sea sólo la tuya y sea sólo un vecino el que proteste.

Intenta dialogar por las buenas. Si eso no funciona, siempre podrías ponerte de malas, ir al ayuntamiento y denunciar que las plazas de garaje de vuestro bloque no tienen las [b5krf1apz]medidas mínimas (5m. de largo según la normativa estatal y de casi todos los municipios de España)[/b5krf1apz] ante vuestro ayuntamiento. Os clausurarían temporalmente las cocheras hasta que se denunciara a la promotora por hacer estas plazas con unas medidas inadecuadas y en fin, un jaleo del carajo.

Lo suyo es que lo arregleis por las buenas como buenos vecinos, o en caso contrario comentale a tu vecino que siempre cabe la otra opción, pero que no quieres llegar a eso.[/color5krf1apz]
http://www.lexureditorial.com/foros/7_150_0.html

bichoide

08-03-2012 13:01:25

Los que mejor se lo montan son los de norte (País Vasco y Cantabria es lo que conozco), donde los garajes son todos cerrados para que cada uno meta dentro lo que le salga de los 00, que si cierras la puerta no hay molestia alguna.
Es algo así

Y lo hacen por defecto, no opcional. plas plas
Así sí que evitas conflictos, que si sobresale, que si el de al lado te golpea la puerta al abrir y tanto hijoputa suelto rambo rambo

Minimoto

08-03-2012 14:31:48

Eso sería perfecto para una comunidad.

Anonymous

08-03-2012 14:44:33

El problema de ese tipo de cochera es que, o son anchas de verdad, o entras y sales del coche con calzador. Y para la moto una plataforma de ruedines.

iai

10-03-2012 20:36:19

Los que mejor se lo montan son los de norte (País Vasco y Cantabria[/color2u98jral] es lo que conozco), donde los garajes son todos cerrados para que cada uno meta dentro lo que le salga de los 00, que si cierras la puerta no hay molestia alguna.
Es algo así

Y lo hacen por defecto, no opcional. plas plas
Así sí que evitas conflictos, que si sobresale, que si el de al lado te golpea la puerta al abrir y tanto hijoputa suelto rambo rambo[/quote2u98jral]


Hombre, son casos, yo vivo en un barrio completamente nuevo (3500 viviendas con garaje) y ninguno es así que yo sepa.

Isaac

11-03-2012 20:39:35

Hola.
A mi me denuncio la comunidad por un tema de los garajes, el caso es que yo compré 2 plazas de garaje juntas( entre columnas) y las cerré, porque en la escritura pone plazas de garaje abiertas y cerradas, solicité el permiso correspondiente en ayuntamiento, pagué la licencia y cerre segun la normativa, dejando la ventilacion correspondiente, el caso es que a alguien le molestaba y me invitaron a que lo quitase, se decidió en JUNTA EXTRAORDINARIA, previa convocatoria legal y orden del dia (el presiedente no es nadie para decidir ir a juicio sin el apoyo de la junta) en definitiva que yo me mantube en mi posicion, me demandó la comunidad, fuimos a a juicio y GANE YO, lo unico es que el juez nos aplicó las costas a cada uno las suyas, salvando que me a mi me eximio de la derrama de la comunidad, para pagar el abogado y el procurador para ir mi contra. dijo el juez que quien era el iluminado que se creia que yo tenia que pagar 2 veces, una para denunciarme y otra para defenderme. Como devolví los recibos de derrama para el juicio me pusieron como MOROSO, pero el juez se lo dejo claro.
En definitiva, que si te denuncian tiene que ser aprobado en junta extraordinaria, y si llegase el caso yo te aconsejariá que exigieses que el aprovisionamiento de fondos para el juicio se haga en DERRAMA EXTRA, no con los fondos de la comunidad, cuando les toquen el bolso a los vecinos ya veras como reculan.
Un saludo.
Isaac

Bonneman

11-03-2012 21:22:47

Los que mejor se lo montan son los de norte (País Vasco y Cantabria es lo que conozco), donde los garajes son todos cerrados para que cada uno meta dentro lo que le salga de los 00, que si cierras la puerta no hay molestia alguna.
Es algo así

Y lo hacen por defecto, no opcional. plas plas
Así sí que evitas conflictos, que si sobresale, que si el de al lado te golpea la puerta al abrir y tanto hijoputa suelto rambo rambo[/quote3mc176q6]


LA mía es así, y ademas un poquitín mas amplia. (También en su día costo algo mas de la media ). Pero me cabe un coche pequeño (Clio), la moto y un banco de trabajo para las chapucillas. Por aquí la plaza cerrada es algo mas rara, por que es bastante mas cara (entre un 30 y un 50% mas), pero soy de la opinión que, con lo que vale una plaza de garaje, te evitas muchos problemas con los vecinos. (y aun así...)

Rayworld

12-03-2012 17:19:11

Hola.
A mi me denuncio la comunidad por un tema de los garajes, el caso es que yo compré 2 plazas de garaje juntas( entre columnas) y las cerré, porque en la escritura pone plazas de garaje abiertas y cerradas, solicité el permiso correspondiente en ayuntamiento, pagué la licencia y cerre segun la normativa, dejando la ventilacion correspondiente, el caso es que a alguien le molestaba y me invitaron a que lo quitase, se decidió en JUNTA EXTRAORDINARIA, previa convocatoria legal y orden del dia (el presiedente no es nadie para decidir ir a juicio sin el apoyo de la junta) en definitiva que yo me mantube en mi posicion, me demandó la comunidad, fuimos a a juicio y GANE YO, lo unico es que el juez nos aplicó las costas a cada uno las suyas, salvando que me a mi me eximio de la derrama de la comunidad, para pagar el abogado y el procurador para ir mi contra. dijo el juez que quien era el iluminado que se creia que yo tenia que pagar 2 veces, una para denunciarme y otra para defenderme. Como devolví los recibos de derrama para el juicio me pusieron como MOROSO, pero el juez se lo dejo claro.
En definitiva, que si te denuncian tiene que ser aprobado en junta extraordinaria, y si llegase el caso yo te aconsejariá que exigieses que el aprovisionamiento de fondos para el juicio se haga en DERRAMA EXTRA, no con los fondos de la comunidad, cuando les toquen el bolso a los vecinos ya veras como reculan.
Un saludo.
Isaac[/quote34z8d81b]

Gracias por aportarnos tu caso del cerramiento con Juicio y resultado
y el detalle de derrama extra para un futurible contencioso nuestro;
en tu situación particular tenías permiso y licencia oficial(eso es una ventaja)
en la nuestra a ver si alguien que haya ido a juicio por 2 vehículos en 1 plaza
nos comenta al igual que tú, su resultado, y así acercarnos a un caso idéntico
porque de momento no hemos movido las motos ni hablado con nadie
hasta ver si aparece una sentencia que llevemos como ejemplo
antes de que pudieran convocar una reunión extraordinaria

Vsssssssssssssss

Isaac

12-03-2012 21:48:01

En mi caso, a parte de la envidia de la gente, el ir a juicio fue por un mal asesoramiento del administrador que teniamos por aquel entonces, en la reunion donde se trato el tema de los cierres salio mayoria a favor del cierre de los garajes, pero el administrador decia que tenia que ser UNANIMIDAD, que fue a donde se agarraron los cuatro que promovieron el tema y votaron en contra, y fuimos a juicio.
Como anecdota de la envidia de la gente, yo en las plazas de garaje guardo 2 coches, la Tiger, el remolque de las motos, y tengo sitio para un armario de resina y 2 estanterias.
Alguno decia que igual tambien bajaba a planchar al garaje.

THOR

12-03-2012 22:16:52

Los abogados siempre liándola porque ellos viven de los follones que tiene la gente entre sí. Me voy a comprar un coche yanqui de los 60, para estar metido en pleitos con mis vecinos lol[/quote31vdv5pp]


A ver que va a pasar con los abogados. tregua


Yo soy abogado y tengo dos vehículos en mi plaza y el que me diga algo que se vaya al juzgado. La plaza es de mi propiedad de pleno derecho y aparco los vehículos que me salga de ahí, y en júntate se podrá acordar lo que se quiera que siendo de mi propiedad pueden decir misa.

Cosa distinta puede ser que la plaza sea en cesión y no en propiedad y quien cede la plaza ( cedente) haya establecido unas normas de uso de las mismas entre las que se encuentre el aparcar un solo vehículo.

Lo del abogado que dice los de las líneas habría que ver que fuma, esto es aplicar sentido común si es de tu propiedad puedes meter los vehículos que entren sin estorbar a los demás y sin invadir el resto de plazas o zonas comunes del aparcamiento.

En cuanto a la sanción del consejo rector =)) sh =))

THOR

12-03-2012 22:24:37

Hola.
A mi me denuncio la comunidad por un tema de los garajes, el caso es que yo compré 2 plazas de garaje juntas( entre columnas) y las cerré, porque en la escritura pone plazas de garaje abiertas y cerradas, solicité el permiso correspondiente en ayuntamiento, pagué la licencia y cerre segun la normativa, dejando la ventilacion correspondiente, el caso es que a alguien le molestaba y me invitaron a que lo quitase, se decidió en JUNTA EXTRAORDINARIA, previa convocatoria legal y orden del dia (el presiedente no es nadie para decidir ir a juicio sin el apoyo de la junta) en definitiva que yo me mantube en mi posicion, me demandó la comunidad, fuimos a a juicio y GANE YO, lo unico es que el juez nos aplicó las costas a cada uno las suyas, salvando que me a mi me eximio de la derrama de la comunidad, para pagar el abogado y el procurador para ir mi contra. dijo el juez que quien era el iluminado que se creia que yo tenia que pagar 2 veces, una para denunciarme y otra para defenderme. Como devolví los recibos de derrama para el juicio me pusieron como MOROSO, pero el juez se lo dejo claro.
En definitiva, que si te denuncian tiene que ser aprobado en junta extraordinaria, y si llegase el caso yo te aconsejariá que exigieses que el aprovisionamiento de fondos para el juicio se haga en DERRAMA EXTRA, no con los fondos de la comunidad, cuando les toquen el bolso a los vecinos ya veras como reculan.
Un saludo.
Isaac[/quote2smu1in2][/quote2smu1in2]

Que tu caso era para ganarlo es claro y me alegro, pero el juez debería haber condenado en costas a la comunidad, pero no te confundas el presidente de la comunidad solamente por ser presidente tiene la facultad de ir a juicio sin acordarse en junta, cosa distinta es que lo suyo y aconsejable es que se acuerde en junta ir a juicio, por que si inicia una demanda sin haberse aprobado en junta puede responder personalmente de los perjuicios que se originen a la comunidad por haberse perdido el pleito, diganse las costas, intereses, etc.

CIBRIDO

13-03-2012 17:43:12

Yo no me he visto en la situación pero hace años me pasaron "por si acaso" una consulta legal que se le hizo en la OCU al respecto y dejaba claro que siempre y cuando no rebases las líneas tu puedes aparcar dos motos o moto o coche sin problema. Busca en Internet porque estaba bastante argumentado.

CharLee

13-03-2012 17:47:47

Yo no me he visto en la situación pero hace años me pasaron "por si acaso" una consulta legal que se le hizo en la OCU al respecto y dejaba claro que siempre y cuando no rebases las líneas tu puedes aparcar dos motos o moto o coche sin problema. Busca en Internet porque estaba bastante argumentado.[/quote2g3tyxqq]


Una pagina antes que esta, que no leemos rambo .