Hay mas de una, lo que parece ser es que hay que denunciarlo bien.
Condenan a Fomento por la muerte de un conductor al chocar con un quitamiedos
Isabel Rodríguez de la Torre - Valencia.
Dio un volantazo. Quiso esquivar la caja de cartón que observó en mitad de la carretera. Fue una «maniobra brusca». Chocó contra el quitamiedos. Pero resulta que estaba mal sujeto al firme y no soportó el impacto del vehículo. El Opel Corsa que circulaba por la A-70, chocó entonces con el pretil de un puente y cayó por un terraplén. La conductora murió. Su marido reclamó a Fomento 140.500 euros 99.000 para él y 41.300 para ese hijo de cuatro años que sobrevivió al accidente pero perdió a su madre en el kilómetro 19,800 de la carretera de circunvalación Alicante-Elche aquel 9 de febrero de 2007.
El Ministerio dijo que nada tenía que ver la administración en aquel siniestro mortal y le negó la indemnización que reclamaba. Los servicios de mantenimiento de la carretera acaban de pasar por el punto donde se produjo el accidente, de modo que Fomento llegó a la conclusión de que la culpa era «de la persona que arrojó el objeto a la vía». Se investigó pero nunca se supo quién fue. Por eso el Juzgado de Instrucción número 7 de Alicante archivó la investigación por la vía penal.
«Negligencia constructiva»
El viudo siguió pleiteando para defender sus intereses y los de su hijo menor. Y ahora la Audiencia Nacional corrige a Fomento y dice que algo de culpa tiene el Ministerio no en el accidente, pero sí en las consecuencias del mismo porque si la bionda hubiera estada bien colocada y no hubiera cedido, el coche no se hubiera despeñado y la conductora, tal vez, seguiría viva.
Había luz. Eran las 18.45. Media tarde. Aún no había oscurecido. Y el Opel Corsa circulaba despacio, a 40 kilómetros por hora; como mucho, a 60. «Las barreras de contención deben aguantar el impacto de los vehículos que circulen a tal velocidad», señala la sentencia. En este caso, con un coche pequeño, de poco peso, algo falló; la barrera no soportó la colisión, no evitó la caída al vacío del vehículo; resultó «ineficaz para cumplir la función a la que estaba destinada». Los peritos hablaron de «negligencia constructiva de la barrera de contención» como «causa principal del fallecimiento». Dice el tribunal que la presencia de la caja en la calzada fue la causa del accidente; pero precisa que ésta no fue la única causa de la muerte de la conductora. «El fallecimiento se pudo evitar de haber resistido la barrera de contención la colisión de un vehículo que, como señala el perito en su informe y ratificó en presencia judicial, es un vehículo de poco peso que iba ocupado por la conductora y un niño de cuatro años y a una velocidad no superior a 57 kilómetros por hora».
La sentencia considera que el servicio público encargado de mantener la vía en condiciones de seguridad fue deficiente; que el quitamiedos quedó desalojado de sus sujecciones al terreno por «un defecto en el proyecto o en la instalación del mismo» y que eso hizo que se convirtiera en una «concausa» del siniestro que agravó las consecuencias del mismo. Por eso, la Audiencia condena al Ministerio de Fomento. La Sala reconoce al viudo y al hijo el derecho a percibir 112.00 euros, el 80 por ciento de la indemnización que reclamaban.
Fuente
http://www.abc.es/20100318/valencia-val ... 00318.html