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knACk
01-06-2010 15:28:22
knACk
01-06-2010 15:29:51
Mencey
01-06-2010 15:33:06
De todas formas personalmente creo que es mejor llevarlo a un oficial o uno que conozco la marca siempre que sea posible.
(Para evitar que TE me quite la nomina )
Por otro lado ¿el aceite no era que ya lo podias cambiar donde te saliera de los eggs? [/quote19rzn57b]
para una tarea mas complicada, sigo prefiriendo llevarla a la casa oficial, otra cosa seria el hace run cambio de aceite y filtro, que eso me lo hago yo
knACk
01-06-2010 15:46:08
Mencey
01-06-2010 15:49:04
No si yo tambien.
Me referia tambien a cosas serias... que te cambien el aceite casi cualquier taller o uno mismo vale. Aunque eso repito ya estaba no se por que lo mecionan en esa noticia[/color1wh4tft2].[/quote1wh4tft2]
eso tambnein me he dado cuenta
eltorro
01-06-2010 17:00:31
hijarano
01-06-2010 17:18:53
Aquí habla de automóviles. Entonces si ahora que me toca revisión de la Daytona de los 10.000, me lo llevo a otro taller no oficial no pasa nada? me sellarían el librito Triumph o no?
Y si me lo cambio yo como demuestro que le he hecho esa revisión?
Gracias![/quotenosd9pkn]
si lo haces en otro taller y demuestras que los materiales utilizados cumplen los requisitos mínimos de la marca, creo que es viable. (creo)
Lo de hacerlo tu mismo no se si es válido.
tavin
01-06-2010 17:27:17
Aquí habla de automóviles. Entonces si ahora que me toca revisión de la Daytona de los 10.000, me lo llevo a otro taller no oficial no pasa nada? me sellarían el librito Triumph o no?
Y si me lo cambio yo como demuestro que le he hecho esa revisión?
Gracias![/quote18y9kl0e]
eee, que pasa, cuanto tiempo si entrar por aqui....por lo menos que yo te haya visto....tenemos unas cervezas pendientes eh???
venga, que hay pocas daytonas 675 por castellon....
JOAVEL
01-06-2010 21:14:31
knACk
01-06-2010 21:44:32
Por su parte las marcas podrán seguir pidiendo que cuando haya que sustituir algunas piezas en garantía (estilo el pedal de Toyota), estas operaciones si que se tengan que hacer en los talleres de su red de talleres o agentes oficiales.
[/quote3s8h2pd5]
...
sach
01-06-2010 21:45:44
JOAVEL
01-06-2010 22:27:52
Por su parte las marcas podrán seguir pidiendo que cuando haya que sustituir algunas piezas en garantía (estilo el pedal de Toyota), estas operaciones si que se tengan que hacer en los talleres de su red de talleres o agentes oficiales.
[/quote22kjg1e6]
...[/quote22kjg1e6]
En éste caso concreto (los famosos recall's) parece lógico que haya que pasar por la red oficial.
tavin
01-06-2010 22:42:52
Con la Ley en la mano, Reglamento 1400/2002 del 31 de julio de la Comunidad Europea (si a alguien le interesa, puedo colgar el "tochazo") , y está en vigor desde el 2002...ya se podía.
Otra cosa és que a los usuarios, las Marcas y los Servicios Oficiales se nos pasen por el arco del triumfo y no seamos capaces de luchar legalmente por nuestros derechos, cuando las leyes nos amparan.
Y ésa fué exactamente mi argumentación en el famoso tema de Carles TT y Big-Bike , con TE.
Cuando alguien aquí, larga y rebate valdría la pena que se asesorara y no nos hiciera parecer más ignorantes de lo que ya somos, con argumentos de parvulitos.
Birras pa tos [/quote1qehtewo]
en este reglamento estan las motos o no??????
ranger
01-06-2010 22:45:03
en este reglamento estan las motos o no??????[/quote70ghmt9e]
no, solo es para los coches
tavin
01-06-2010 22:56:33
JOAVEL
02-06-2010 08:49:11
tavin
02-06-2010 09:38:06
Señores Éste és él título del Reglamento.
REGLAMENTO (CE) No 1400/2002 DE LA COMISIÓN
de 31 de julio de 2002
relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor[/color3hxubgqh]
[/quote3hxubgqh]
eso es lo que queria saber.......
hax
02-06-2010 15:56:32
Señores Éste és él título del Reglamento.
REGLAMENTO (CE) No 1400/2002 DE LA COMISIÓN
de 31 de julio de 2002
relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor[/color1hug24yi] [/quote1hug24yi]
¿Las tricilíndricas están incluidas?
JOAVEL
02-06-2010 21:19:31
Señores Éste és él título del Reglamento.
REGLAMENTO (CE) No 1400/2002 DE LA COMISIÓN
de 31 de julio de 2002
relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor[/color1uanqv24] [/quote1uanqv24]
¿Las tricilíndricas están incluidas?[/quote1uanqv24]
Pregunta por ahí a ver que te dicen...igual no son consideradas "vehículos a motor"...
Speederman
02-06-2010 21:26:26
hax
02-06-2010 21:48:26
Pregunta por ahí a ver que te dicen...igual no son consideradas "vehículos a motor"... [/quotegzm19gwo]
Miedo me da preguntar (jesusito, que me quede como estoy...)
hijarano
02-06-2010 21:55:46
JOAVEL
03-06-2010 12:54:34
son una especie a extinguir [/quote39rng5y4]
Algún "dinosaurio" sí que hay por aquí...
masclet
03-06-2010 12:58:35
pues entonces no tiene nada que ver con lo de TE, ni con las revisiones nuestras......entonces esto es un off-topic....... [/quoteyj4if2ff]
JOAVEL
03-06-2010 14:31:38
pues entonces no tiene nada que ver con lo de TE, ni con las revisiones nuestras......entonces esto es un off-topic....... [/quote1icdsk2s]
[/quote1icdsk2s]
Masclet no entiendo a quien ni porqué aplaudes...???
Joder nenes, no sabéis leer.
O entonces aún és más grave y os quedáis con la interpretación interesada que cualquiera os hace de cualquier cosa...
Estamos con un Reglamento de la CE, lo que equivale a una Ley y trata de los VEHÍCULOS A MOTOR...
Ahora viene un moderador y lo "traslada"...y después Jumfry lo cierra, porque ya está todo dicho...
hijarano
03-06-2010 16:47:22
JOAVEL
03-06-2010 17:07:17
no saque las cosas de tiesto Joavel, que solo ha sido una opinión de un usuario.
Lleyendo la norma que has puesto entiendo que afecta a todos los vehiculos, incluidas las motocicletas y dinosaurios de dos ruedas [/quote211vefh9]
Menos mal que los "dinosaurios" sí saben leer
Mulder
04-06-2010 23:27:01
Humphrey
04-06-2010 23:57:16
Ahora viene un moderador y lo "traslada"...y después Jumfry lo cierra, porque ya está todo dicho...
[/quotesg0b3yxh]
Joder nenes, no sabéis leer. [/quotesg0b3yxh]
Señores Éste és él título del Reglamento.
REGLAMENTO (CE) No 1400/2002 DE LA COMISIÓN
de 31 de julio de 2002
relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas en el sector de los vehículos de motor[/colorsg0b3yxh]
Dejemos de repetir lo que oímos por ahí de partes interesadas, e informemonos.
[/quotesg0b3yxh]
Quizás deberías leer algo más que el título antes de inducir a error al personal
[quotesg0b3yxh] Artículo 1
Definiciones
1. [bsg0b3yxh]A efectos del presente Reglamento, se entenderá por[/bsg0b3yxh]
a)
b)
c)
.
.
n) [bsg0b3yxh]«Vehículo de motor», un vehículo autopropulsado de tres o más ruedas[/sizesg0b3yxh] destinado a ser utilizado en la vía pública.[/bsg0b3yxh][/quotesg0b3yxh]
knACk
05-06-2010 00:06:11
Humphrey
05-06-2010 00:09:59
Coño ahí ya me quedo a cuadros yo creia que era para todos[/quote1yrak1ic]
Mi mensaje anterior también es para tí...
hijarano
05-06-2010 00:17:33
JOAVEL
05-06-2010 07:57:31
Mulder
05-06-2010 10:31:07
ranger
05-06-2010 10:37:17
masclet
05-06-2010 10:42:34
quote="tavin"]pues entonces no tiene nada que ver con lo de TE, ni con las revisiones nuestras......entonces esto es un off-topic....... [/quote3n22bjd1]
/quote
Masclet no entiendo a quien ni porqué aplaudes...???
Joder nenes, no sabéis leer.
O entonces aún és más grave y os quedáis con la interpretación interesada que cualquiera os hace de cualquier cosa...
Estamos con un Reglamento de la CE, lo que equivale a una Ley y trata de los VEHÍCULOS A MOTOR...
Ahora viene un moderador y lo "traslada"...y después Jumfry lo cierra, porque ya está todo dicho...
[/quote3n22bjd1]
No seas tan supcestible...pero aplaudo lo que dice tavin porque pienso igual...cada cual es libre de pensar lo que quiera...y si no te gusta, tu tambien puedes decirlo...democracia...eso si, ciñendose a unas normas de educación y "buena conducta"
ranger
05-06-2010 10:50:24
Humphrey
05-06-2010 11:03:15
Amigo Humphrey, la esencia del reglamento (si te lo has leido), yo lo hice hace tiempo, és regular/fomentar la competencia en el mercado de la fabricación, venta distribución y reparacion de los "vehículos a motor"...no la de "definir" que és un vehículo a motor.
Un Trique (tres ruedas), és un coche o una moto ???
No me dés cursos ni lecciones de manipulación, tu no.
La polémica está precisamente en que no especifica "claramente" de que vehículos a motor se trata...de lo que sí trata CLARISIMAMENTE el reglamento és de lo que pueden y no pueden seguir haciendo las Marcas/fabricantes con los pequeños talleres/Servicios Oficiales/etc...etc..., y regula bien claramente la relacion que debe existrir entre ellos.
A partir de aquí, que cada uno saque sus conclusiones y tu puedes/podéis seguir defendiendo lo que os parezca.
Mulder, si alguien se ha sentido ofendido por lo de "no saber leer", pido disculpas...
por mi parte estaré satisfecho cuando se les devuelva lo que se les cobró de más a los compañeros que compraron conjuntamente los escapes y sobre todo se solucione el problema.
Ahora sí puedes cerrar el post
No te olvides la parrafada.
Enlace al reglamento
http://www.serca.es/index.php/mod.pags/ ... nu_prop.95[/quote21ogdlkz]
Querido Joavel, el reglamento dice lo que dice y la esencia no es norma aplicable.
Yo creo que no es de recibo que hayan dejado a las motos fuera, pero es lo que hay. Ahora, si quieres buscarle 3 pies al gato y forzar para llevar el ascua a tu sardina, tú mismo.
Yo no he defendido nada, me he limitado a copiar y pegar lo que dice el reglamento. Si me vuelves a leer, verás que no me he posicionado.
PD. No mezcles churras con merinas para desviar la atención.
PD2. Si quieres que se cierre el post pídelo formalmente.
PD3. Vehículo de tres ruedas Automóvil de tres ruedas simétricas, provisto de un motor de cilindrada superior a 50 cm, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/h. (Reglamento General de Vehículos)
knACk
05-06-2010 17:34:44