Una duda sobre multa

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TRYNOMIUN

21-03-2010 22:56:06

A ver si alguien me puede ayudar...
Me han multado por estacionar el coche en la acera (mea culpa) y me gustaría saber donde puedo informarme sobre la cuantía de la multa y si acarrea retirada de puntos. En el papelito me indica 150 euros =O y en el aprtado de puntos a detraer no aparece nada. Según parece infrinjo el art. 91.2 del RGC, pero no sé si el del nuevo (2009) o del anterior y tampoco sé si lo que tengo que pagar está fijado por el estado o si depende de las normativas municipales en estos casos.

Gracias.

peptorres

21-03-2010 22:58:14

A mi entender eso no conlleva retirada de puntos al ser una infracción leve.

Son 150eu de multa pero luego si pagas dentro de los 15 días tienes la rebaja... que creo es un 30%.

Directo a tráfico o al banco a pagarla.

Que me corrija alguien que lo sepa mejor que yo.

TRYNOMIUN

21-03-2010 23:01:38

Bueno, aparece como falta "grave", aunque claro, a mí no me lo parece.

ranger

21-03-2010 23:05:46

por partes, puntos ya no quita ninguna denuncia por estacionamiento aunque sea grave

y la cuantia, me parece que hasta mayo o junio no entra en vigor lo de la reduccion del 50% asi que si la pagas antes de 30 dias tienes la reduccion del 30%.

BETICO

22-03-2010 03:29:58

Jose Luis, primero espera a recibirla, despues tu decides, pero yo todas las recurro, no les doy el placer de cobrar una multa sin que se lo trabajen.
Suerte amigo

ranger

22-03-2010 16:27:48

Jose Luis, primero espera a recibirla, despues tu decides, pero yo todas las recurro, no les doy el placer de cobrar una multa sin que se lo trabajen.
Suerte amigo[/quote2s5p3uf4]

si, pero renuncias al descuento si la recurres, yo tambien soy de la opinion de esperar a que te la notifiquen para pagarla, porque pudiera darse el caso de pasarse de tiempo

ts4

22-03-2010 16:42:57

1º.- Es falta grave.
2º.- La cuantía es correcta, 150 €.
3º.- Hasta el 24 de Mayo no entra en vigor la nueva ley.
4º.- La reducción es del 30%, cuando la ley entre en vigor será del 50% si la pagas dentro de los límites correspondientes.
5º.- Da gracias de que no te hayan retirado el coche con la grúa. Si hubiera sido así, tendrías que pagar, la multa y la retirada de tu vehículo del depósito, (te lo digo por experiencia)
6º.- Como dice Betico, espera a recibirla, quizas no te llegue (cosa que no creo que suceda) o quizas cuando te la manden ya haya entrado en vigor la nueva ley y te ahorras una pasta.

knACk

22-03-2010 16:50:50

La nueva ley tambien viene acarreada una subida de precios segun lei en su dia (no se si cambio) la idea es que resulte más llamativo el pronto pago para aligerar a la administracion con lo recursos, al final con los nuevos [b2htr5f0j]TRIBUTOS[/b2htr5f0j] salen más caras que ahora.

Por ejemplo (un supuesto) la multa esa de 150 pavos con el 50% saldria en 75€ pero subiran a 200€ (es un decir o supuesto) y te quedaria en 100€. Dinero facil y rapido, animando a no recurrir y descongestionar la administración. Al final vas a pagar 20% más que antes. [b2htr5f0j]Y tu tan feliz por que te hacen un 50% )[/b2htr5f0j]

¿quien creeis que va a pagar la crisis?

Por lo tanto si todo sigue igual es de suponer y esto es normalmente cierto que aunque entre en vigor no sera con caracter retroactivo.

mccoy

22-03-2010 17:43:26

A mí, en doble fila, me cascaron 200€, falta grave, pero no me quitaron puntos.

Lo cierto, es que no me dejaron ni papelito, me enteré cuando me llegó a casa, 3 ó 4 meses después, y aunque recurrí varias veces....na de na, a recaudar, qué le vamos a hacer!!!

samaruch

22-03-2010 17:57:30

Voy a poner yo también mi granito de arena.

1.- Si te han dejado el papelito en el coche y pone que no se ha podido notificar por no estar presente, espera a recibir la carta por correo, el papelito podría perderse y cuando llegaras no estar, así que la notificación sería el día que recibieras la carta.

2.- El descuento ya es del 50%, ya que la disposición final séptima dice "La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (el 24 de noviembre de 2009), salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78, que entrarán en vigor en el plazo de 1 año, [b2xdl1w39]y los efectos de esta Ley que sean favorables para el infractor, que entrarán en vigor el día siguiente[/b2xdl1w39] al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado"; y vamos, para mi es más favorable que te descuenten un 50% que un 30%.

3.- Si en el plazo de seis meses desde que te pillaron no has recibido ninguna notificación, ya puedes olvidarte de ella, ha prescrito.

Mulder

22-03-2010 18:02:08

pues a mi me pusieron una vez una...y no me ha llegado a casa nada.

ts4

22-03-2010 18:09:32

Es cierto Samaruch, no tengo la ley aqui delante y no me acordaba de que esos puntos que has mencionado ya estaban en vigor.

XX XX XX

A mí, en doble fila, me cascaron 200€, falta grave, pero no me quitaron puntos.

Lo cierto, es que no me dejaron ni papelito, me enteré cuando me llegó a casa, 3 ó 4 meses después, y aunque recurrí varias veces....na de na, a recaudar, qué le vamos a hacer!!![/quote24yme7mn]

en sevilla por lo que tengo entendido las multas las gestiona una empresa y es la que se encarga de ver los recursos, por lo tanto es muy dificil que te quiten una multa. lo tienen todo muy estudiado.

pues a mi me pusieron una vez una...y no me ha llegado a casa nada.[/quote24yme7mn]

Pues ya sabes, si ha pasado mas de medio añito, aqui no ha pasado nada de nada win

Angel

22-03-2010 18:12:28

De momento de pagar, olvidate, a mi también me empapelaron con 150 € y 3 o 4 puntos y de momento no se nada de ella, de esto hace casi 10 meses. wink

blacksheep

22-03-2010 18:15:45



2.- El descuento ya es del 50%, ya que la disposición final séptima dice "La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (el 24 de noviembre de 2009), salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78, que entrarán en vigor en el plazo de 1 año, [b1e5v3d4s]y los efectos de esta Ley que sean favorables para el infractor, que entrarán en vigor el día siguiente[/b1e5v3d4s] al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado"; y vamos, para mi es más favorable que te descuenten un 50% que un 30%.

[/quote1e5v3d4s]

yo también lo interpreto así, pero como el denunciado no ande fino reclamándolo, por ahora está pagando solamente el 30%

PULPI

22-03-2010 18:38:55

pues a mi me pusieron una vez una...y no me ha llegado a casa nada.[/quote1sa55du6]

de eso no te fies, si por h o por b, no tiene tu direccion correcta o simplemente, la notificacion se pierde en correos, EL AYUNTAMIENTO, entiende K HAS SIDO NOTIICADO, ya k lo sacan en el BOE, y por lo tanto " se supone k lo puedes leer cada dia", por lo tanto, a partir del 2 aviso, k suele ser a los 8 -10 meses de la denuncia, la emiten por via "embargo" desde hacienda, y directamente cuando hagas la declaracion de la renta, te la descontaran de lo k te tengan k devolver "si es k te sale a devolver", si no, sencillamente te embargaran de tu cuenta bancaria. (te lo digo por experiencia, k me ha pasado 2 veces, por culap de la PUÑETERA DE MI EX, k no havia hecho el cambio de nombre del coche, y sus denuncias, me las embargaban a mi, y la jodia destruia los avisos....)

PULPI

22-03-2010 18:41:05

ahora, respecto a la multa k te han puesto trynomyum, yo esperaria a k te llegue la notificación, una vez te llegue, tienes IGUALMENTE EL TIEMPO k marcan para el descuento, por pronto pago, si reclamas, sabes k pierdes ese descuento...pero puedes ir alargando el pago, a base de recurrir ...hasta un par de años...

blacksheep

22-03-2010 18:48:22

ahora, respecto a la multa k te han puesto trynomyum, yo esperaria a k te llegue la notificación, una vez te llegue, tienes IGUALMENTE EL TIEMPO k marcan para el descuento, por pronto pago,

[/quote2umfozx4]
si quieres pagarla con el descuento es la mejor opción

ranger

22-03-2010 21:09:53



2.- El descuento ya es del 50%, ya que la disposición final séptima dice "La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (el 24 de noviembre de 2009), salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78, que entrarán en vigor en el plazo de 1 año, [b1bw0w8bz]y los efectos de esta Ley que sean favorables para el infractor, que entrarán en vigor el día siguiente[/b1bw0w8bz] al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado"; y vamos, para mi es más favorable que te descuenten un 50% que un 30%.

[/quote1bw0w8bz]

yo también lo interpreto así, pero como el denunciado no ande fino reclamándolo, por ahora está pagando solamente el 30%[/color1bw0w8bz][/quote1bw0w8bz]


efectivamente, aqui en murcia todavia aplican el 30%

TRYNOMIUN

22-03-2010 21:42:22

Gracias a todos por las respuestas. Veo que estáis muy puestos.
A ver, lo que yo quiero es pagarla "beneficiándome" del pronto-pago con un 30% o (50% mejor todavía) y pasar de recurrir porque sé que lo tengo jodido.
Sin embargo en el dorso del papelito dice textualmente "Para beneficiarse de dicha infracción (el 30%), la sanción propuesta deberá hacerse efectiva durante los 30 días naturales siguientes a la fecha de infracción." de lo que deduzco que ese es el plazo que tengo para pagarla con la reducción, independientemente de que me llegue la notificación a mi domicilio. ¿es así?
Por otro lado, en la web del ayuntamiento de Sevilla -en el apartado de Gestión de multas / Normativas- no se hace referencia al nuevo Reglamento que comenta samaruch, que era otra de las dudas que tengo.

[i11mpivyg]
NORMATIVA

- LA LEY DE TRÁFICO, aprobada por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

- El REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRÁFICO, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero.

- El REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN PARA LA APLICACIÓN Y DESARROLLO DEL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL, Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre (BOE 23 de diciembre de 2003).

- La LEY 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- El REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA, aprobado por RD 1398/1993.

- El REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES E INFRACTORES, modificado por Real Decreto 62/2006, de 27 de enero.

- NORMAS DE GRADUACIÓN DE SANCIONES en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en las vías urbanas de la ciudad de Sevilla, aprobadas por el Ayuntamiento Pleno el 18 de enero de 2007 (BOP de 13 de febrero).


NORMATIVA LOCAL


- ORDENANZA DE CIRCULACIÓN EN SU PARTICULAR REFERIDO AL ESTACIONAMIENTO REGULADO EN SUPERFICIE, aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 15 de septiembre de 2005 (BOP 25 de octubre de 2005).

- Resolución nº 11410, de 28 de noviembre de 2005, del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde Delegado de Gobernación (BOP Nº 295, de 23 de diciembre de 2005), por la cual se modifican los requisitos a cumplimentar por los interesados para obtener el distintivo especial de Residentes y de Minusvalidos, así como modificación del distintivo especial de Residentes. Dichos requisitos se establecieron por Resolución del Alcaldía nº 1935, de 17 de marzo de 1999 y por Resolución de Alcaldía nº 119 de 25 de mayo de 2001, que regulaban, asimismo, en cada zona y franja horaria, el tiempo máximo de estacionamiento.

- Resolución nº 11411, de 28 de noviembre de 2005, del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde Delegado de Gobernación, por la que se determinan como zonas de rotación las áreas, vías públicas y lugares señalados y la tipología correspondiente a las mismas (BOP nº 295 de 23 de diciembre de 2005).[/i11mpivyg]

En fin, gracias de nuevo y perdón por el ladrillo.

ranger

22-03-2010 21:47:29

Gracias a todos por las respuestas. Veo que estáis muy puestos.
A ver, lo que yo quiero es pagarla "beneficiándome" del pronto-pago con un 30% o (50% mejor todavía) y pasar de recurrir porque sé que lo tengo jodido.
Sin embargo en el dorso del papelito dice textualmente "Para beneficiarse de dicha infracción (el 30%)[/color2pxruflw], la sanción propuesta deberá hacerse efectiva durante los 30 días naturales siguientes a la fecha de infracción." de lo que deduzco que ese es el plazo que tengo para pagarla con la reducción, independientemente de que me llegue la notificación a mi domicilio. ¿es así?
Por otro lado, en la web del ayuntamiento de Sevilla -en el apartado de Gestión de multas / Normativas- no se hace referencia al nuevo Reglamento que comenta samaruch, que era otra de las dudas que tengo.
[/quote2pxruflw]


pero eso es porque no actualizaran los boletines hasta el 25 de mayo cuando entre en vigor, pero si esperas a que te la notifiquen, con un poco de suerte ta ira mas menos a esa fecha, y sino reclamales que te hagan el descuento del 50% conforme a lo que dice el nuevo reglamento

TRYNOMIUN

22-03-2010 22:04:44

Ya, pero según eso también me dice que el para la reducción tengo 30 días desde que se cometió la infracción independientemente de que se me notifique. ¿no?

vaya lío...

knACk

22-03-2010 22:33:56

¿y si el papel esta mal por lo del 30%/50% no se puede recurrir por venir mal ?

ranger

22-03-2010 23:01:46

Ya, pero según eso también me dice que el para la reducción tengo 30 días desde que se cometió la infracción independientemente de que se me notifique. ¿no?

vaya lío...[/quote3qxsgb3y]

eso no es del todo correcto, porque puede ser que alguien te quite la denuncia del coche o que te denuncie un coche de los que van echando fotos, etc y entonces no te enteras.

ranger

22-03-2010 23:03:34

¿y si el papel esta mal por lo del 30%/50% no se puede recurrir por venir mal ?[/quote2ay3axib]

si mal no esta, hasta que no entre en vigor en mayo, pero en teoria cualquier ley/reglamento o lo que sea, si de ella te puedes beneficiar se aplica con caracter retroactivo

ts4

22-03-2010 23:15:45

tu no la pagues hasta que no te llegue a casa, que los 30 días empiezan a contar desde que te la notifican.

como bien dicen el papelito que dejan en el coche te lo han podido quitar, se ha podido volar o simplemente imagínate que no te lo han puesto, porque ya no es obligatorio el dejar el papelito rosa.

XX XX XX XX XX XX

TRYNOMIUN

22-03-2010 23:32:37

tu no la pagues hasta que no te llegue a casa, que los 30 días empiezan a contar desde que te la notifican.

como bien dicen el papelito que dejan en el coche te lo han podido quitar, se ha podido volar o simplemente imagínate que no te lo han puesto, porque ya no es obligatorio el dejar el papelito rosa.

XX XX XX XX XX XX[/quote9tkc9ejz]

OK, eso haré.
Espero que estés seguro, porque como luego no me dejen agarrarme al pronto-pago voy yo a pedirte a tí el dinero, eh?
wink

XX

Gracias de nuevo!

ts4

22-03-2010 23:38:51

=)) =)) =)) =)) =)) =)) =))

No te preocupes, a mi tambien me multaron por aparcar mal, en el papelito rosa ponía 150 euros, esperé a que me llegara la notificación y en ésta ya me venía con la reducción del 30 % (esto fue el año pasado).

a partír de entonces tenía el plazo para ingresar el pronto pago.

si un día nos vemos te la enseño. (la notificación malpensaos i|i )

XX XX XX XX XX XX XX XX

TRYNOMIUN

22-03-2010 23:51:04

D XX

jomova

23-03-2010 01:34:33

José Luis

Hace un mes me llego una multa del mes de Junio por aparcar en lugar indebido. Al igual que tú, la cuantia es de 150 euros y falta grave. Sin retirada de puntos.

La he pagado con la carta de pago que me ha enviado el ayuntamiento por 84 euros. Le importa más cobrar que tener que litigar.

Suerte y a "pegar con la pechuga en la estera". Vamos, que pagues.

blacksheep

23-03-2010 03:10:17

Gracias a todos por las respuestas. Veo que estáis muy puestos.
A ver, lo que yo quiero es pagarla "beneficiándome" del pronto-pago con un 30% o (50% mejor todavía) y pasar de recurrir porque sé que lo tengo jodido.
Sin embargo en el dorso del papelito dice textualmente "Para beneficiarse de dicha infracción (el 30%)[/color27jkf4ji], la sanción propuesta deberá hacerse efectiva durante los 30 días naturales siguientes a la fecha de infracción." de lo que deduzco que ese es el plazo que tengo para pagarla con la reducción, independientemente de que me llegue la notificación a mi domicilio. ¿es así?
Por otro lado, en la web del ayuntamiento de Sevilla -en el apartado de Gestión de multas / Normativas- no se hace referencia al nuevo Reglamento que comenta samaruch, que era otra de las dudas que tengo.
[/quote27jkf4ji]


pero eso es porque no actualizaran los boletines hasta el 25 de mayo cuando entre en vigor,[/color27jkf4ji] pero si esperas a que te la notifiquen, con un poco de suerte ta ira mas menos a esa fecha, y sino reclamales que te hagan el descuento del 50% conforme a lo que dice el nuevo reglamento

[/quote27jkf4ji]

ahí le has dao[/color27jkf4ji]


A ver, lo que yo quiero es pagarla "beneficiándome" del pronto-pago con un 30% o (50% mejor todavía) y pasar de recurrir porque sé que lo tengo jodido.
[/quote27jkf4ji]

La administración no ejecuta la sanción hasta que el denunciado recibe notificación de la denuncia (recibir notificación requiere que un agente haga entrega al denunciado del boletín en mano, ó que el denunciado reciba notificación por correo). Por ello tienes dos opciones para beneficiarte del descuento por el pronto-pago
1. Darte por notificado y pagarla dentro de los 30 días de plazo (que no es desde que se comete la infracción, sino desde que se recibe notificación; únicamente coinciden cuando la infracción se notifica en el acto por el agente denunciante).
2. Esperar a recibir notificación en tu domicilio.
POSIBLES VENTAJAS que no recibas notificación en tu domicilio por cualquier error burocrático, ó que cuando recibas la notificación ya utilicen los formatos informando del 50% de descuento por el pronto-pago (a realizar con el plazo que te indiquen desde que recibas esa notificación por correo, de todas formas creo que primero te solicitarán que identifiques al conductor, bajo amenaza de sanción en caso de no hacerlo).
POSIBLES DESVENTAJAS ninguna.

¿Y en caso de que decidas pagarla ya?, al mismo tiempo que haces efectivo el importe de la sanción con el 30% de descuento, solicita por escrito, con su entrada, haciendo referencia al número de boletín de denuncia, fecha-hora de la infracción, y fecha-hora del pago de la sanción, alegando lo comentado en esta intervención de samaruch


El descuento ya es del 50%, ya que la disposición final séptima dice "La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» (el 24 de noviembre de 2009), salvo los artículos 9.bis 2, 59 bis, 77 y 78, que entrarán en vigor en el plazo de 1 año, [b27jkf4ji]y los efectos de esta Ley que sean favorables para el infractor, que entrarán en vigor el día siguiente[/b27jkf4ji] al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado"; y vamos, para mi es más favorable que te descuenten un 50% que un 30%.

[/quote27jkf4ji]

Minimoto

23-03-2010 09:16:20

Si no se tiene avisto de ningún tipo, llamaría al Ayuntamiento, porque las notificaciones en el Boletín Oficial o en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento no se mira practicamente nunca y creo, que al ser ayuntamiento, lo hace a través del Tablón.
Creo recordar que cuando llega a Hacienda ya va con algún recargo, por lo que sin descuentos y con más dinero.
Primero mira si la tienes realmente y por cuanta cantidad, y después, si no estás de acuerdo con ella, recurrerela, aunque sólo sea por intentar que prescriba.

Un saludo a todos todas.

TRYNOMIUN

23-03-2010 09:56:32

Muchísimas gracias blacksheep, con tu explicación me ha quedado más que claro. plas
XX

PD jomova, ya me contarás como pagaste 84 si la multa era de 150. el 30% de 150 son 45 -> 105€. -|

ranger

23-03-2010 10:05:22

Muchísimas gracias blacksheep, con tu explicación me ha quedado más que claro. plas
XX

PD jomova, ya me contarás como pagaste 84 si la multa era de 150. el 30% de 150 son 45 -> 105€.[/color2euljx6l] -|[/quote2euljx6l]

me imagino que la denuncia seria de 120€, que el 30% son 36€ y se queda en 84

ts4

23-03-2010 18:51:13

La mia era exactamente igual que la tuya.

Falta grave, 150 €.

Que con el 30% de descuento se me quedó en 105€.

Tu tranquilo que seguro que te llega, lo que no se es si con el 30 o el 50%

XX XX XX XX XX XX XX XX XX