3º Talleres y derechos: La normativa

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knACk

14-03-2010 11:00:40

[b3u7qygyc]La normativa[/b3u7qygyc]
[/size3u7qygyc]


[b3u7qygyc]Independiente u oficial [/b3u7qygyc][/size3u7qygyc]

Los talleres pueden ser de dos clases
[list3u7qygyc]
[*3u7qygyc] [b3u7qygyc]Genéricos o independientes[/b3u7qygyc] Cuando no están vinculados a ninguna marca que implique especial tratamiento o responsabilidad acreditada por la casa en cuestión. En los talleres no clasificados como oficiales de marca [b3u7qygyc]queda prohibida la ostentación de referencias a marcas, tanto en el exterior como en el interior del taller[/b3u7qygyc], con el fin de no inducir a confusión o a error al usuario.
[/*m3u7qygyc]
[*3u7qygyc] [b3u7qygyc]Oficiales de marca[/b3u7qygyc] Cuando están vinculados a empresas fabricantes de vehículos automóviles o de equipos o componentes nacionales o extranjeros, en los términos que se establezcan en autorización escrita. Los talleres oficiales de marca tendrán a disposición del público, en todo momento, los catálogos y tarifas, actualizadas, de las piezas que utilicen en sus reparaciones; así como las tablas de tiempos de trabajos y su sistema de valoración para aquellas operaciones que se fijen previamente.[/*m3u7qygyc][/listu3u7qygyc]

La Unión Europea ha aprobado nuevas normas que permiten a los propietarios de automóviles elegir entre un mayor número de proveedores de servicios postventa, que podrán ser concesionarios o talleres completamente independientes. Así, no se podrá impedir que un taller de reparación trabaje con vehículos de varias marcas. Las nuevas normas cubren la venta y los servicios postventa de todos los tipos de vehículos de motor (vehículos de pasajeros, vehículos industriales ligeros, camiones y autobuses).

Por otro lado, el nuevo marco jurídico permite elegir a los concesionarios entre efectuar ellos mismos las reparaciones o subcontratarlas con otro miembro autorizado de la red del fabricante, ya sea otro distribuidor/taller de reparación integrado o únicamente un taller de reparación. Además, permite que cualquier taller de reparación que cumpla los criterios de calidad fijados por un fabricante se integre en la red de talleres de reparación autorizados del mismo, sin estar obligado a vender coches nuevos. De esta forma, el fabricante no puede limitar el número de talleres autorizados, y no puede restringir la libertad de un taller autorizado de reparar vehículos de otras marcas.


FuenteConsumer.es

hijarano

14-03-2010 23:08:04

me resulta curioso lo de no exhibir logotipos de marcas.

Jaume

14-03-2010 23:20:04

Oye Knack, porque no pones todo esto de "TALLERES Y DERECHOS" junto en un post y le pones una chicheta fija en el subforo de mecanica general?
lo digo porque es un tema interesante pero al ser tan farragoso se perderá rapido.

knACk

14-03-2010 23:44:18

Lo haré, sintetizare esto y un par de decretos y leyes en un hilo.

Mencey

14-03-2010 23:45:27

Lo haré, sintetizare esto y un par de decretos y leyes en un hilo.[/quote42j5ola6]

pues eras el rey del sintetizar, por que todoesto en un hilo, con lo fino que es P