al final me toca pagar la multa..

Live forum: http://elclubtriumph.es/viewtopic.php?t=37126

tavin

29-10-2009 15:08:39

no se si os acordareis, pero os lo refresco,

resulta que en semana santa, me pararon a mi y un compañero por una ruta de la Vera, en Caceres, y despues de mirarme la moto de arriba a abajo, papeles y que estuviese todo en regla, confiados porque teniamos todo ok.....
va y me multa por llevar las gomas gastadas, segun el agente, y eso que le mostre que estaba justo por la marca de los avisadores, y que igualmente habia unas marcas pintadas que hacian de limite......pero no habia manera....

despues de reclamar por parte del seguro, lo han desestimado y me toca pagar, y encima ya no tengo descuento.....

sigo sin saber porque tengo que pagar, sobre todo por estas cosas...
1)en el boletin, el modelo de mi moto pone daytona 67, y no 675
2)los neumaticos que yo llevo, segun lo que pone en el boletin son marca "briton", en vez de bridgestone..
3)en ningun momento aportan ningun tipo de prueba, ni por fotos ni medida de profundimetro, que no usan en ningun momento
4)de esta no estoy seguro, pero ponen que la infraccion esta registrada en el articulo 12.5 del reglamento general de vehiculos, pero en este articulo, que es el de la profundidad de los neumaticos, esta indicado para un grupo de vehiculos distinto al de las motocicletas.....
5)en el hecho que se me notifica, pone que "no tengo ningun dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento", y si esto me ocurre, digo yo que deberian haberme inmovilizado la moto, no??

y este es mi berrinche, que por no avisarme y/o advertirme que para la proxima vez me multaba, que me cambie ya las ruedas.....que al final me valo lo mismo la rueda que la multa O| O|

ale, ya me he quedao agusto, unas XX XX XX para refrescar la vista por el ladrillo.....

CHAUS-11

29-10-2009 15:15:18

Lo siento Tavin.Hijos de puta hay en todos lados.
Con un poco de suerte lo pagará su "karma".

Mulder

29-10-2009 15:23:41

o pues vaya papeleta

motero26

29-10-2009 15:35:23

tranquilo tavin y piensa en verde XX XX XX i|i i|i i|i

carlesTT

29-10-2009 15:45:41

No hace falta prueba alguna ,la ley dice que la palabra del policia basta, NO te puedes defender de ninguna manera.Estamos culo
Hacer otra ley que sea justa es una utopia,Su objetivo no es otro que robarnos,

albacete

29-10-2009 16:08:02

JA, otro que se esta acostando con la mujer del guardia. P Y

Lo siento. x swear

PRADANA

29-10-2009 16:32:48

A mí me pasó algo parecido, solo que fue con los números de la placa de matrícula.

Son unos ...........

Humphrey

29-10-2009 17:08:16

Pues con todos loas argumentos que has dado, dime con quien tienes el seguro, para no recurrir nunca a ellos.

tavin

29-10-2009 20:28:31

Pues con todos loas argumentos que has dado, dime con quien tienes el seguro, para no recurrir nunca a ellos.[/quote3etlu1u8]

pues con mapfre, que me dicen que no es factible que se gane en un juicio, que les han pasado muchas cosas con casos que creian que iban a ganar, por eso dicen que con el mio saben que no van a ganar, que aunque no hayan tomado fotos ni profundidad de neumaticos, lo que diga el GC va a misa....

me dice el del seguro, que si quiero hacerlo yo por mi cuenta, que si gano me da 600 euros de no se que......por no defenderme ellos y ganar .........no se si ir a un sitio de estos especialistas en recurrir multas.....

23

29-10-2009 20:35:13

tranquilo tavin y piensa en verde XX XX XX i|i i|i i|i[/quote3avx2em4]

pako36tiger

29-10-2009 20:41:11

Creo que no te merece la pena el recurso porque ellos son la autoridad y tu no tienes pruebas del estado real del neumático.

XX XX XX XX pa pasar el mal trago

peptorres

29-10-2009 20:47:03

Que te sriva de consuelo que el agente es tan cornudo que tiene que agacharse para entrar a la catedral del pueblo de su PPPPPPPPPP_TA MADRE este lunes de Todos los Santos.

PRADANA

29-10-2009 21:07:08

Que te sriva de consuelo que el agente es tan cornudo que tiene que agacharse para entrar a la catedral del pueblo de su PPPPPPPPPP_TA MADRE este lunes de Todos los Santos.[/quote2ij5l80w]




+1

=)) =)) =))

blacksheep

29-10-2009 21:21:01


despues de reclamar por parte del seguro, lo han desestimado y me toca pagar, y encima ya no tengo descuento.....

sigo sin saber porque tengo que pagar, sobre todo por estas cosas...
1)en el boletin, el modelo de mi moto pone daytona 67, y no 675
2)los neumaticos que yo llevo, segun lo que pone en el boletin son marca "briton", en vez de bridgestone..
3)en ningun momento aportan ningun tipo de prueba, ni por fotos ni medida de profundimetro, que no usan en ningun momento
[/quote3qmj0wtp]
tienes la opción de recurrir al contencioso administrativo (la falta del cero en el modelo no es determinante, sin embargo el error en la marca del neumático pudiera serlo, sobre todo si la marca briton no existe, y quien realizó el recurso debió haber solicitado prueba e informe al agente denunciante).


4)de esta no estoy seguro, pero ponen que la infraccion esta registrada en el articulo 12.5 del reglamento general de vehiculos, pero en este articulo, que es el de la profundidad de los neumaticos, esta indicado para un grupo de vehiculos distinto al de las motocicletas.....

5)en el hecho que se me notifica, pone que "no tengo ningun dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento", y si esto me ocurre, digo yo que deberian haberme inmovilizado la moto, no??
[/quote3qmj0wtp]

Efectivamente no se refiere a motocicletas, pero en ausencia de norma específica, supongo que se aceptará que sea correcto el artículo de 12.5.1 del RGVEH, refiriendo a falta de dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento (pudo inmovilizar, pero si la carretera estaba seca y el tiempo era bueno, y si no te denunció también por el neumático delantero no lo veo necesario)



y este es mi berrinche, que por no avisarme y/o advertirme que para la proxima vez me multaba, que me cambie ya las ruedas.....que al final me valo lo mismo la rueda que la multa O| O|

[/quote3qmj0wtp]

seguramente el agente que te denunció no sea motero, ni de tráfico, o no tenga moto particular, pues es evidente que en seco, el agarre de los neumáticos de motocicleta, aunque estén algo "lisos" es muy superior al del resto de vehículos..

Por aquí algunas consultas que he hecho sobre la marcha por si te pueden ayudar

http://www.mir.es/SGACAVT/derecho/anexo ... 21998.html

[code3qmj0wtp]Artículo 12. Otras condiciones.

Los vehículos de motor, remolques, semirremolques y las máquinas remolcadas se ajustarán a lo dispuesto en la reglamentación que se recoge en el anexo I y, en particular:

5.1. Deben tener sus ruedas provistas de neumáticos o de elementos de elasticidad similar que presenten dibujo en las ranuras principales de la banda de rodamiento y su estado reúna las condiciones mínimas de utilización, según lo dispuesto en el anexo VII y en la reglamentación que se recoge en el anexo I.
Los vehículos cuyo sistema de rodadura tenga superficies metálicas, estriadas o con salientes no podrán circular por las vías públicas sin colocar sobre aquéllas otras bandas elásticas de contacto exterior con el pavimento.
[/code3qmj0wtp]



1. Dimensiones y características

Los vehículos deben estar equipados con neumáticos de las dimensiones y características previstas por el fabricante en la homologación del vehículo, o sus equivalentes, según lo dispuesto en la reglamentación vigente que les sea de aplicación recogida en el anexo I.

2. Profundidad mínima de dibujo

Los neumáticos de los vehículos comprendidos en las categorías M1, N1, O1 y O2 deben presentar, durante toda su utilización en las vías públicas, una profundidad en las ranuras principales de la banda de rodamiento que, como mínimo, debe ser de 1,6 mm.

Deberá entenderse como ranuras principales las ranuras anchas situadas en la zona central de la banda de rodamiento que cubre cerca de las tres cuartas partes de la anchura de dicha banda.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del apartado anterior los vehículos históricos equipados originalmente con neumáticos o cubiertas de otros tipos que cuando eran nuevos tenían ranuras de una profundidad inferior a 1.6 mm., siempre que dichos vehículos estén equipados con los citados neumáticos, que se utilicen en condiciones excepcionales y que no se utilicen nunca o casi nunca en la vía pública.

3. Indicadores de desgaste

Los neumáticos homologados de acuerdo al Reglamento ECE n° 30 o la Directiva 92/23/CEE que equipan vehículos de turismo y sus remolques deberán tener indicadores de desgaste. Dichos indicadores de desgaste sirven para señalar que las ranuras principales de la banda de rodamiento han alcanzado la profundidad mínima de dibujo indicada en el apartado 2.

4. Condiciones mínimas de utilización de los neumáticos

Los neumáticos, bien nuevos, bien recauchutados, que equipan los vehículos, deberán conservar siempre las inscripciones reglamentarias, y además no deben presentar ampollas, deformaciones anormales, roturas u otros signos que evidencien el despegue de alguna capa o de la banda de rodamiento. Asimismo, no deben presentar cables al descubierto, grietas o síntomas de rotura o dislocación de la carcasa.

El resculturado no está permitido, excepto en aquellos neumáticos que equipen vehículos de más de 3,5 toneladas de peso máximo autorizado, y que vayan marcados con la palabra Regroovable o el símbolo , según lo dispuesto en la reglamentación vigente que les sea de aplicación recogida en el anexo I.

5. Neumáticos especiales

Si los neumáticos presentasen clavos, como los usados en pavimento con hielo, éstos serán de cantos redondeados y no sobresaldrán de la superficie más de dos milímetros.

Si se utilizan neumáticos especiales de nieve, éstos irán marcados con la inscripción M + S, MS o M & S, y deberán tener una capacidad de velocidad, bien igual o superior a la velocidad máxima prevista para el vehículo, bien no inferior a 160 Km/h si la velocidad máxima del vehículo es superior a ésta.

6. Presión de inflado

La presión de inflado de los neumáticos deberá ser revisada regularmente, con manómetros de uso privado o público, debidamente homologados y verificados según la reglamentación vigente que les sea de aplicación recogida en el anexo I.[/quote3qmj0wtp]

tavin

29-10-2009 21:53:18


tienes la opción de recurrir al contencioso administrativo (la falta del cero en el modelo no es determinante, sin embargo el error en la marca del neumático pudiera serlo, sobre todo si la marca briton no existe, y quien realizó el recurso debió haber solicitado prueba e informe al agente denunciante).[/quote3l3kjtlw]

y esto como se hace, porque si ni si quiera me lo quiere hacer la aseguradora...... -| -| -|



seguramente el agente que te denunció no sea motero, ni de tráfico, o no tenga moto particular, pues es evidente que en seco, el agarre de los neumáticos de motocicleta, aunque estén algo "lisos" es muy superior al del resto de vehículos..
[/quote3l3kjtlw]


lo mas gracioso, es que cuando yo le decia que si que era legal, que se veia la marca del testigo, y la marca de limite, el me dijo que tenia el culo pelao de ir en moto, que habia sido GC motorizado 30 años.... O| O|

sach

29-10-2009 22:20:52

Haberte pirado.

V´sss...

tavin

29-10-2009 22:24:22

Haberte pirado.

V´sss...[/quote2lu3wnxk]

uffff, no se yo....

Viktor

29-10-2009 22:25:51

Que suerte macho....

Eso es que le faltaban algunas para cerrar el mes.

sach

29-10-2009 22:27:07

Yo cada dia estoy mas harto de esta dictadura, en pro de un necocio que han montado los de la DGT.

V´sss...

MarioD

29-10-2009 23:08:05

Creo que la única forma de hacerles tragar mierda es por la via penal. La administrativa ya no sirve de nada... porque tienen que robarte COMO SEA.

sach

29-10-2009 23:13:55

Creo que la única forma de hacerles tragar mierda es por la via penal. La administrativa ya no sirve de nada... porque tienen que robarte COMO SEA.[/quote186u817d]

Pero saben que no lo hacemos. Como ellos obran de buena fe, nos toca costearnos los gastos del Juicio.

Se la saben todas.

V´sss...

blacksheep

29-10-2009 23:44:21

Que suerte macho....

Eso es que le faltaban algunas para cerrar el mes.

[/quote14zrseic]

muy posiblemente, pero eso no justifica que se pueda haber equivocado, sin necesidad de tener mala fe, o ser demasiado estricto, de hecho posiblemente se equivocó al consignar erróneamente la marca del neumático (salvo que esta fuera ilegible por el deterioro del mismo), cuestión que a mi me parece determinante para cuestionar su criterio, aunque ahora haber como demuestra que la moto no calzaba neumáticos "briton", además en los tiempos que estamos, una denuncia de este tipo debería ir acompañada de fotografía

blacksheep

29-10-2009 23:56:29



tienes la opción de recurrir al contencioso administrativo (la falta del cero en el modelo no es determinante, sin embargo el error en la marca del neumático pudiera serlo, sobre todo si la marca briton no existe, y quien realizó el recurso debió haber solicitado prueba e informe al agente denunciante).[/quote27eca17l]

y esto como se hace, porque si ni si quiera me lo quiere hacer la aseguradora...... -| -| -|

[/quote27eca17l]

Si a través del seguro has recurrido la denuncia, te tiene que haber llegado de Jefatura de Tráfico la contestación al pliego de alegaciones que envió el seguro, pídeselo, revísalo y mira si en la respuesta de la DGT te indican la posibilidad y el plazo para continuar recurriendo, y adónde (el contencioso suele tener un plazo de dos meses). Mis contenciosos los lleva un abogado (creo que se exige abogado y procurador), lo cuál dudo que lo cubra el seguro, por eso te desalientan a continuar recurriendo.

Yo nunca tiro la toalla hasta agotar todas las vías, la situación que tienes ahora era previsible y esperable, simplemente has retardado el pago de la sanción y perdido el descuento por ejercer tu derecho al recurso y no realizar el pronto pago, cuestión ésta que me parece inadmisible, de hecho se va a corregir en la próxima modificación del procedimiento sancionador.


PD la mayoría de las aseguradoras asumen los recursos de multas como servicio, pero luego se limitan a enviar pliegos iguales para todas las denuncias, con lo cuál no ganan los recursos, salvo por errores no subsanables en los boletines de denuncia, o que se pasen los plazos.

BETICO

30-10-2009 01:02:20

Yo que tú lo recurría.
informate bien, pues creo que para que te represente un abogado con procurador tiene que superar una cantidad.
Suerte amigo

tavin

30-10-2009 01:43:06

pues me parece a mi que mañana me voy a pagar....porque pasan 15 dias desde que recibi la carta, que si no tambien me tocara pagar recargo.... O| O| O| O|

Metroid

30-10-2009 07:26:50

La madre que los pario x x habla con rocker que les envia a los chinos rambo rambo .

Por cierto no hay nada en Teruel , este bazzi, se lio , leyó un privado de hace 2 mesese , de cuando los gin tonics de citricos =)) =)) . Bazzi estas como una olla =)) =))

sach

30-10-2009 09:11:01

Los recursos no se envian a la DGT, si no al agente que os multo. El es la unica persona que ve ese recurso (en teoria claro).

Pero como siempre dicen, "Me ratifico", se jodio. Y si en un juicio, quieres un careo y el Agente no le apetece, no se presenta.

Esto es la Justicia.

V´sss...

blacksheep

30-10-2009 16:33:01

Los recursos no se envian a la DGT, si no al agente que os multo. El es la unica persona que ve ese recurso (en teoria claro).

Pero como siempre dicen, "Me ratifico", se jodio. Y si en un juicio, quieres un careo y el Agente no le apetece, no se presenta.

Esto es la Justicia.

V´sss...[/quotef1nrvzup]

Permíteme que difiera ligeramente

Los recursos se envían a la DGT, y cada Jefatura Provincial se los remite al agente denunciante para que informe sobre el contenido del pliego de alegaciones (dispone de diez días para responder cada pliego una vez que ha tenido entrada en su Unidad); el recurso lo ven funcionarios de la DGT y funcionarios del cuerpo al que pertenezca el agente que haya denunciado, ya sea policía local, autonómico o guardia civi, pero en primera instancia lo contesta el agente denunciante (luego creo que se pueden hacer hasta tres recursos, y entiendo que los otros dos serán contestados por el Jefe de Provincial de Tráfico y por el Jefe de DGT, por supuesto estos delegan en funcionarios que contestan los pliegos con la misma Autoridad, y de ahí al contencioso). No estoy muy puesto en procedimiento sancionador, igual me equivoco en algo.

Normalmente suele haber ratificación del agente, pero hay casos en los que puede no ratificarse si es que el denunciado tiene razón, y lo prueba en el pliego de descargos, todo el mundo se puede equivocar.

Si en un juicio el agente no se presenta, no queda exento de ser sancionado por la Autoridad judicial, y actualmente los jueces están metiendo 400e de multa a los agentes/funcionarios que no se personan a juicios, que lógicamente son poquísimos.

tavin

30-10-2009 17:04:01

pues al final, al ir esta mañana a pagar la multa, como casi en todas las ciudades, habia en la puerta de trafico unos chavales que trabajan para un buffete de esos que recurren multas....
de perdidos al rio, no se que tal seran estos sitios, pero por lo menos van a recurrir segun lo que yo les dije.....lo que puse en el post....

pos mira, como tardara todo esto unos 2-3 meses, pues si fallan, eso que tardo en pagarles los 150 euros......, y si sale bien, el seguro me paga a mi 600 euros ..........

blacksheep

31-10-2009 19:07:41



por lo menos van a recurrir segun lo que yo les dije.....lo que puse en el post....

pos mira, como tardara todo esto unos 2-3 meses, pues si fallan, eso que tardo en pagarles los 150 euros......,

[/quote2358me2u]

igual tarda algo más, me parece buena elección, mejor luchar hasta el final que estar toda la vida sometido a situaciones con las que no se está conforme, por lo menos quedarse con la sensación "se hizo todo lo que se pudo"

[quote2358me2u]
y si sale bien, el seguro me paga a mi 600 euros ..........

[/quote2358me2u]
y eso?

tavin

31-10-2009 21:16:11



por lo menos van a recurrir segun lo que yo les dije.....lo que puse en el post....

pos mira, como tardara todo esto unos 2-3 meses, pues si fallan, eso que tardo en pagarles los 150 euros......,

[/quotei4yfkk9f]

igual tarda algo más, me parece buena elección, mejor luchar hasta el final que estar toda la vida sometido a situaciones con las que no se está conforme, por lo menos quedarse con la sensación "se hizo todo lo que se pudo"

[quotei4yfkk9f]
y si sale bien, el seguro me paga a mi 600 euros ..........

[/quotei4yfkk9f]
y eso?[/quotei4yfkk9f]

lo de los 600, me lo pagan al no haber podido ellos ganar el caso, o algo asi me conto el de mapfre...
como lo hago yo por mi cuenta porque ellos no me lo hacen, me recompensan como agachando las orejas....o algo asi.....

blacksheep

01-11-2009 00:11:37



lo de los 600, me lo pagan al no haber podido ellos ganar el caso, o algo asi me conto el de mapfre...
como lo hago yo por mi cuenta porque ellos no me lo hacen, me recompensan como agachando las orejas....o algo asi.....

[/quotee7esazmn]

pues suerte con ese recurso, a ver como se manejan los "quitamultas"