El Congreso aprueba la nueva Ley de Tráfico

Live forum: http://elclubtriumph.es/viewtopic.php?t=33194

juanjo

22-06-2009 18:15:57

El Congreso de los Diputados aprobó este jueves la reforma de la Ley de Tráfico, que modifica el proceso sancionador para hacerlo más ágil y eficaz, con el apoyo de todos los grupos y la abstención del PP.


Por fin y por bien o, mal tenemos la nueva ley de tráficohttp://www.portalmotos.com/www/contenidos.asp?contentid=6482

) ) ( ( ( o o o 8O 8O 8O ) ) ( ( o o 8O 8O

fantasma

midivor

22-06-2009 23:30:24

¿Qué sabéis sobre lo que dice la nueva ley respecto a llevar la documentación del vehículo siempre encima? Pues llevarla en la cazadora en invierno vale, pero en verano.... ? Y de dejarla en la moto, nada de nada. Hace unos años me robaron una moto con papeles incluidos. La moto apareció, pero los papeles no y vaya, vaya para volverlos a hacer. Denuncia, itv y "tol copetín"

Algo he oído en los medios pero no me he enterado bien.

Saludos a la peña XX

JuanGui

23-06-2009 00:01:33

Por lo que tengo entendido no va a hacer falta llevar la documentación del vehículo.
Otra gilipollez más para parecer que nos están haciendo un favor...esto va a traer tela...

ranger

23-06-2009 00:07:45

Por lo que tengo entendido no va a hacer falta llevar la documentación del vehículo.
Otra gilipollez más para parecer que nos están haciendo un favor...esto va a traer tela...[/quote2im8c99f]

pero mucha porque presenta un monton de problemas, dos ejemplos
en un accidente, que haces te fias de que el otro dice que tiene seguro
te para la policia y no le funciona la informatica para comprobar datos, se creen lo que les digas

midivor

23-06-2009 19:13:34

lo del seguro es fácil de solucionar. Creo que en otros países europeos hay que llevar una pegatina, similar a la de la ITV. Otra historia es la de poner una pegatina en la moto, pero seguro que ya estará pensado por alguien.
XX

josele

23-06-2009 20:49:11

lo del seguro es fácil de solucionar. Creo que en otros países europeos hay que llevar una pegatina, similar a la de la ITV. Otra historia es la de poner una pegatina en la moto, pero seguro que ya estará pensado por alguien.
XX[/quote1rdz5v7g]


en el casco

juanjo

24-06-2009 08:02:23

LA REFORMA DE TRAFICO EN TELA DE JUICIO[/size35a1373l][/color35a1373l]



Descuento del 50 por ciento en multas al pagar rápido

19/06/2007 - Noticia
El pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que simplifica y agiliza el sistema de notificaciones, revisa a la baja la pérdida de puntos y aumenta el descuento por pronto pago al 50 por ciento, entre otras cuestiones. Pero tan sólo un día después el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) asegura que el texto vulnera la legalidad y persigue "cobrar a toda costa".

El dictamen de la reforma fue respaldado por todos los grupos durante el trámite de Comisión, pero en el pleno el PP anunció su voto en contra aunque luego se ha abstenido, lo que ha causado sorpresa en las filas socialistas, que han lamentado, en palabras del diputado Juan Carlos Corcuera, que "se haya utilizado la seguridad vial para atacar al Gobierno".

En el debate, en el que se encontraba, además del ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, el director de Tráfico, Pere Navarro, los grupos han anunciado que seguirán defendiendo en el Senado algunas enmiendas al texto, que no han sido aprobadas.

CiU, por ejemplo, defenderá en la Cámara Alta que se devuelvan los puntos sustraídos a los conductores que cometieron una infracción, que ahora en la reforma no conlleva pérdida de créditos.

El PSOE propondrá, como lo ha hecho con el Grupo Mixto, que se retiren puntos por estacionar en un lugar habilitado con limitación horaria, cuando un vehículo carezca de distintivo que lo autorice o se rebase el doble del tiempo abonado.

El diputado del PP Federico Souvirón ha calificado el proyecto de "desatinado" porque busca un "procedimiento rápido de recaudación" y "limita los derechos de los ciudadanos", y ha pedido que se acabe "la racha de procesos sancionadores" y lleguen otros de distinta índole.

Pérez Rubalcaba, en una breve intervención, ha replicado que la reforma procura una mayor inmediatez entre el momento en que se comete la sanción y cuando se ejecuta con la intención de aumentar "su efecto disuasorio y pedagógico". "No se trata de multar más, sino menos, porque se infrinja menos", ha asegurado.

Entre las novedades de la reforma destaca que a partir de ahora el infractor recibirá una sola notificación, en lugar de las tres actuales, notificación que, en el caso de los vehículos matriculados a nombre de una persona jurídica, serán exclusivamente por correo electrónico.

Se fijan además nuevas cuantías para las multas 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, aunque éstas podrán incrementarse hasta en un 30 por ciento atendiendo al peligro potencial creado.

Las sanciones por exceso de velocidad serán más ajustadas, se fijarán en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre lo permitido.

Las multas podrán pagarse en el acto con tarjeta de crédito y todo lo que se recaude por sanciones se tendrá que destinar a políticas de seguridad vial.

No será obligatorio llevar toda la documentación en el coche, pues la Administración será la que deba comprobar que el vehículo cuenta con todos los permisos, y sólo se podrá pasar la ITV si se ha pagado el seguro obligatorio.

Los conductores no perderán puntos por parar o estacionar en el carril-bus, y un vehículo aparcado en zona azul, sin el correspondiente ticket, no podrá ser retirado por la grúa, aunque sí podrá ser multado. Se autoriza su retirada cuando éste se encuentre aparcado en una zona reservada a discapacitados. Será falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.

Tampoco se perderán puntos por exceder la velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.

La reforma permite además, entre otras cuestiones, utilizar avisadores, aunque sanciona colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.

Los talleres o establecimientos de reparaciones que lo instalen también serán sancionados.


La CEA asegura que el texto es ilegal

El Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) asegura que el texto aprobado ayer en el Congreso de los Diputados que reforma la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad es ilegal porque "vulnera la Constitución y otras leyes de rango superior".

En un comunicado, este Club de Automovilistas confía en que el Gobierno rectifique y que los partidos de la oposición que han sido críticos con la reforma voten en contra en el Senado, porque esa reforma para por alto la presunción de inocencia de los conductores, y "su único objetivo cobrar, a toda costa, las multas de circulación".

CEA denuncia que, tras la aparente preocupación por la seguridad vial, lo que esconde realmente esta reforma es, en una época de crisis, "un afán lucrativo de las Administraciones, y ello a costa de mermar las garantías de los conductores a los que se les obliga a pagar más y más rápidamente".

Algunos de los aspectos destacados por CEA se refieren a que el conductor deberá decidir pagar o no, con descuento, sin conocer si existen pruebas fehacientes e irrefutables en su contra.

Igualmente, el conductor pierde el derecho a dos intentos de notificación en su domicilio como exige la Ley de Procedimiento Administrativo vigente.

El conductor, además, no tendrá derecho a ver el informe del agente denunciante si niega o contradice los hechos denunciados, aportando incluso pruebas en su descargo.

El conductor no tendrá derecho a formular recurso de alzada, tan consolidado en nuestro derecho administrativo, ante un organismo jerárquicamente superior; es decir, la Administración denunciante será juez y parte en el procedimiento.

También se responsabiliza subsidiariamente a los propietarios de vehículos, aunque no hayan sido los conductores infractores, al pago de las multas; y, si no pagan, o no se les dejará vender el coche o se les inmovilizará.

Y, finalmente, no se aplicarán márgenes de error en las infracciones de velocidad, despreciando las normas vigentes en materia de metrología y aparatos de medición.

Estas son algunas de las "numerosas ilegalidades" denunciadas por CEA y contenida en la reforma, que contiene además una reducción del 50% en el importe de las multas por pronto pago, lo que supone un engaño al automovilista, ya que las cuantías de las sanciones no se van a ver reducidas en todos los casos.

Las que sí se reducen son infracciones que pueden generar un peligro directo para la seguridad vial; sin olvidar que, en todo caso, esta medida beneficia únicamente a los conductores con un nivel económico más elevado.

CEA confía en que la tramitación en el Senado haga que el texto vuelva a la coherencia y el Gobierno rectifique y pide que los partidos políticos de la oposición que han sido críticos con la reforma la voten en contra.

El Club pide que se enmienden todos los aspectos negativos de la reforma con el fin de preservar los principios y garantías que recogen tanto la Constitución como otras Leyes que regulan la potestad sancionadora de la Administración.

juanjo

24-06-2009 08:13:26

Descuento del 50 por ciento en multas al pagar rápido

El pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma del régimen sancionador en materia de tráfico, que simplifica y agiliza el sistema de notificaciones, revisa a la baja la pérdida de puntos y aumenta el descuento por pronto pago al 50 por ciento, entre otras cuestiones. Pero tan sólo un día después el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) asegura que el texto vulnera la legalidad y persigue "cobrar a toda costa".

El dictamen de la reforma fue respaldado por todos los grupos durante el trámite de Comisión, pero en el pleno el PP anunció su voto en contra aunque luego se ha abstenido, lo que ha causado sorpresa en las filas socialistas, que han lamentado, en palabras del diputado Juan Carlos Corcuera, que "se haya utilizado la seguridad vial para atacar al Gobierno".

En el debate, en el que se encontraba, además del ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, el director de Tráfico, Pere Navarro, los grupos han anunciado que seguirán defendiendo en el Senado algunas enmiendas al texto, que no han sido aprobadas.

CiU, por ejemplo, defenderá en la Cámara Alta que se devuelvan los puntos sustraídos a los conductores que cometieron una infracción, que ahora en la reforma no conlleva pérdida de créditos.

El PSOE propondrá, como lo ha hecho con el Grupo Mixto, que se retiren puntos por estacionar en un lugar habilitado con limitación horaria, cuando un vehículo carezca de distintivo que lo autorice o se rebase el doble del tiempo abonado.

El diputado del PP Federico Souvirón ha calificado el proyecto de "desatinado" porque busca un "procedimiento rápido de recaudación" y "limita los derechos de los ciudadanos", y ha pedido que se acabe "la racha de procesos sancionadores" y lleguen otros de distinta índole.

Pérez Rubalcaba, en una breve intervención, ha replicado que la reforma procura una mayor inmediatez entre el momento en que se comete la sanción y cuando se ejecuta con la intención de aumentar "su efecto disuasorio y pedagógico". "No se trata de multar más, sino menos, porque se infrinja menos", ha asegurado.

Entre las novedades de la reforma destaca que a partir de ahora el infractor recibirá una sola notificación, en lugar de las tres actuales, notificación que, en el caso de los vehículos matriculados a nombre de una persona jurídica, serán exclusivamente por correo electrónico.

Se fijan además nuevas cuantías para las multas 100 euros para las infracciones leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves, aunque éstas podrán incrementarse hasta en un 30 por ciento atendiendo al peligro potencial creado.

Las sanciones por exceso de velocidad serán más ajustadas, se fijarán en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre lo permitido.

Las multas podrán pagarse en el acto con tarjeta de crédito y todo lo que se recaude por sanciones se tendrá que destinar a políticas de seguridad vial.

No será obligatorio llevar toda la documentación en el coche, pues la Administración será la que deba comprobar que el vehículo cuenta con todos los permisos, y sólo se podrá pasar la ITV si se ha pagado el seguro obligatorio.

Los conductores no perderán puntos por parar o estacionar en el carril-bus, y un vehículo aparcado en zona azul, sin el correspondiente ticket, no podrá ser retirado por la grúa, aunque sí podrá ser multado. Se autoriza su retirada cuando éste se encuentre aparcado en una zona reservada a discapacitados. Será falta grave, al igual que programar el navegador mientras se conduce, con multas de hasta 200 euros.

Tampoco se perderán puntos por exceder la velocidad en las autopistas de acceso a las ciudades, limitadas en muchos casos a los 80 kilómetros por hora, siempre que el vehículo no supere los 130 kilómetros por hora.

La reforma permite además, entre otras cuestiones, utilizar avisadores, aunque sanciona colocar en el vehículo dispositivos que inhiben los propios sistemas de control de velocidad instalados por la DGT.

Los talleres o establecimientos de reparaciones que lo instalen también serán sancionados.

sach

24-06-2009 08:18:57

Esto es una broma no

Igualmente, el conductor pierde el derecho a dos intentos de notificación en su domicilio como exige la Ley de Procedimiento Administrativo vigente.

El conductor, además, no tendrá derecho a ver el informe del agente denunciante si niega o contradice los hechos denunciados, aportando incluso pruebas en su descargo.

El conductor no tendrá derecho a formular recurso de alzada, tan consolidado en nuestro derecho administrativo, ante un organismo jerárquicamente superior; es decir, la Administración denunciante será juez y parte en el procedimiento.

También se responsabiliza subsidiariamente a los propietarios de vehículos, aunque no hayan sido los conductores infractores, al pago de las multas; y, si no pagan, o no se les dejará vender el coche o se les inmovilizará.

V´sss...

juanjo

24-06-2009 08:21:13

Se elimina el margen del 10 km/h o el 10% para empezar a sancionar, lo que es muy mala noticia pero, por otra parte, el descuento por pronto pago será del 50%.

Se da la paradoja de que cuesta lo mismo ir a 121 km/h que a 149, es decir 100 euros, que son 50 con pago rápido, así que, cuando las condiciones del tráfico, carretera y tiempo lo permitan, tengo claro que conduciré arriesgando 50 euros.

Meteré un billete en la guantera para hacer provisión.

samaruch

24-06-2009 17:08:29

He estado repasando el texto aprobado en el Congreso, que te lo puedes bajar de la web del mismo, y en grandes rasgos me ha llamado la atención varias cosas.

1.- Como ya han comentado, se ha quitado del texto la obligación de llevar la documentación encima, pero curiosamente, si será obligado a llevar una pegatina para justificar que están asegurados (alguien lo ha comentado, pero ya lo habían tenido en cuenta los señores diputados).

2.- Aumenta el valor de las multas, dicen porque no se han modificado en 18 años. Hombre, es verdad que no duelen lo mismo 15000 pelas del 92, que 90 euros de ahora; pero, además, se le da autoridad al Consejo de Ministro para actualizar el valor de las sanciones, conforme al IPC.

3.- Lo más comentado, se han cargado los márgenes de seguridad para multar por velocidad, a partir del primer km/h, sablazo. No obstante, en el caso de autopistas y autovias, si se modifica el límite por obras, los puntos volaran solo por el límite genérico, no por el provisional. Me explico, en una autopista que se puede ir a 120, hay obras y te limitan a 80, no te volarán los puntos como si fueras a 80, si no como si fueras a 120, pero la pasta si será por pasar de los 80.

4.- Por pronto pago te descuentan el 50% de la multa; pero, como hasta ahora, si pagas por ahorrarte la pasta, se te acaba el derecho a la pataleta.

5.- El valor de las multas, puede verse incrementado por los antecedentes del conductor.

6.- Se genera una base de datos para incluir los conductores habituales, además de los propietarios, para poder ahorrarse el trámite de decir quien era el conductor, cuando el vehículo está a nombre de una persona pero lo conduce habitualmente otra.

Seguiré leyéndome el texto, para ver que más novedades interesantes se les ha ocurrido. De todas maneras, esto aun tiene que pasar por el Senado, donde pueden volver a haber modificaciones, y volver al Congreso para su aprobación definitiva.

Mulder

24-06-2009 17:34:53


El conductor no tendrá derecho a formular recurso de alzada, tan consolidado en nuestro derecho administrativo, ante un organismo jerárquicamente superior; es decir, la Administración denunciante será juez y parte en el procedimiento.
[/quote34inarta]

Se esto has encontrao algo samaruch?

samaruch

01-07-2009 20:20:45

Vamos a seguir con este tema, que parece que se ha enfriado un poco, y quedaban algunas cosas que comentar.

Primero que nada, y respecto a lo que comenta la nota de prensa del CEA que había puesto juanjo y que sach y mulder, se habían quedado un poco acojonados, después de leerme el proyecto varias veces, y puesto que no soy jurista, me da la sensación que es un poco exagerado.

Me explico. Por lo que he entendido, se notificará la sanción, a ser posible, en el acto, y si no al la dirección electrónica vial (una cosa nueva que se inventan, y que será obligatorio para las personas jurídicas, y voluntario para las físicas) o al domicilio del propietario, conductor habitual o arrendatario de largo plazo (figuran estos dos nuevos conceptos), y en caso de no poderse notificar así, en el Tablón de Sanciones que se crea al efecto, en lugar de la publicación en algún Diario Oficial.

En cuanto a que no se puede recurrir una vez firme la sanción, no he visto nada de que no se pueda ir a un juzgado y seguir el trámite que toque, solo he leido que la firmeza de la sanción pone fin a la via administrativa.

Otra cosa, que si no me gusta, es que el propietario o el conductor habitual, sea responsable subsidiario del pago de la multa, no de los puntos, en el caso de impago por parte del conductor sancionado.

Con la reforma, se crea una nueva base de datos, en la cual, un propietario podrá decir quien es el conductor habitual de un vehículo, o en el caso de arrendamientos a largo plazo, quien es el arrendatario, de manera que se notifiquen las sanciones a una de estas personas.

Una cosa que si me ha gustado, con respecto a ahora, es que para prescribir una sanción, el tiempo empieza a contar desde el mismo día de la infracción, y no desde que se notifica, y al mantener los mismos plazos, en la práctica se reducen estos.

Y para rematar, el cuadro de velocidades-sanción.

Límite.....30.......40.......50......60........70.........80........90.......100.......110.......120......Multa...Puntos
Grave...31-50..41-60..51-70..61-90...71-100..81-100..91-120..101-130..111-140.121-150...100
..........51-60..61-70..71-80..91-110.101-120.111-130.121-140.131-150.141-160.151-170...300......2
..........61-70..71-80..81-90.111-120.121-130.131-140.141-150.151-160.161-170.171-180..400......4
..........71-80..81-90.91-100.121-130.131-140.141-150.151-160.161-170.171-180.181-190..500.....6
Muy
grave....+81.....+91...+101.....+131.....+141.....+151.......+161.....+171......+181.....+191...600.......6 ................................................................................................................y60díasdesuspensión

Como excepción a lo establecido en el cuadro anterior, cuando el titular de la vía fijara en una autopista o autovía el límite de velocidad por debajo de los 120 Km/h, los excesos de velocidad en esas vías sólo generarán pérdidas de puntos en los siguientes supuestos
a) Velocidades entre 151 y 170 Km/h 2 puntos.
b) Velocidades entre 171 y 180 Km/h 4 puntos.
c) Velocidades de más de 181 Km/h 6 puntos.

juanjo

01-07-2009 23:45:53

Si lo he entendido bien; si voy por autovia en zona autorzada a 120 mi velocidad es de 122 crono .........me pueden denunciar, es decir desaparece el margen de 10 km ......con ello ahora y por precaución en autovía tendré que ir a 110 para no pasarme, y cuando atravieso un pueblo y está limitado a 50 por hora deberé ir por la misma razón a 40.....a mi parece que la desaparición del margen es una BARBARIDAD, pues a no ser que tengas control de velocidad (mi zafira lo posee, pero la bonni negrilla no) meteré là pata de fijo.

Estoy acertado....????


8O 8O 8O ( ( (




fantasma

samaruch

02-07-2009 10:06:18

Efectivamente, juanjo. Se han cepillado, o mejor dicho pretenden cepillarse, el margen de error que existía, o mejor dicho, que se concedía, por parte de los agentes de la autoridad.

Hay que recordar, que ese margen de error no estaba especificado por ley, si no que era a base de directivas internas de la GC, que asumian otras "autoridades".

Es decir, que si no tienes control de velocidad, y vas a 120 por una autovía, hay que tener en cuenta los cambios de pendiente, no sea que te pillen bajando, sin tocar el acelerador, cuando unos metros antes, en subida ibas bien de velocidad.

A mi personalmente, también me parece una barbaridad, y no por el error de los aparatos de medición, que cada vez son más precisos, si no por el factor humano, que te obliga a estar más pendiente todavía del cuentakilometros que de la carretera que ahora. Y si no haced la prueba un día, por una carretera que conozcaís y en un momento que no haya mucho tráfico, y ya me contareís cuantas veces os pasaís por más de 5 km/h (y no he dicho por 1).

juanjo

02-07-2009 10:19:34

Gracias Samaruch.....a mi me parece tambien una barbara barbaridad............................pues tendremso que ir mas pendientes del velocimetro que del trafico en sí. ( ( ( (






fantasma

JuanGui

02-07-2009 11:48:41

Otra manera más de sacarnos los cuartos.

x x x x x x x x x x ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡HUELGA GENERAL!!!!!!!!!!! x x x x x x x x x x x