SUSPENSIÓN DEL CÓMPUTO DE LA GARANTÍA

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Dante

26-12-2008 16:12:03

Para aquellos que han sufrido la lentitud a la hora de resover la averías de motos en garantía

Según el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, Libro II, Artículo 120, punto c

"La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 123. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor y usuario ponga el producto a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor y usuario del producto ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados."

Así que si se hacen los "remolones" en el concesionario para reparar la moto en garantía, al menos el tiempo perdido no computa a efectos de tiempo de garantía.

knACk

26-12-2008 16:44:17

Interesante
Pero para eso habrá que pedir un papel conforme entregáis la moto para una reparación en garantía y otro cuando la retiréis, digo yo que documento de deposito de la moto en el taller no vale pues supongo que solo es en caso de reparación de algo en garantía y el otro papel incluso se pide en cualquier caso para que quede constancia que le dejais la moto en el taller por si pasara alguna desgracia mientras esta en el.

Por lo tanto ¿Que papel? ¿Una factura indicando la reparación en garantia con fecha de entrada / fecha salida? ¿Tienen que hacer una factura si es garantia? ¿o que pedir?

albacete

26-12-2008 16:46:17

OK LO TENDREMOS ENCUENTA,GRACIAS. XX

hijarano

28-12-2008 17:40:48

Interesante
Pero para eso habrá que pedir un papel conforme entregáis la moto para una reparación en garantía y otro cuando la retiréis, digo yo que documento de deposito de la moto en el taller no vale pues supongo que solo es en caso de reparación de algo en garantía y el otro papel incluso se pide en cualquier caso para que quede constancia que le dejais la moto en el taller por si pasara alguna desgracia mientras esta en el.

Por lo tanto ¿Que papel? ¿Una factura indicando la reparación en garantia con fecha de entrada / fecha salida? ¿Tienen que hacer una factura si es garantia? ¿o que pedir?[/quote1bgdond5]

tema muy interesante, pero las preguntas de knack son necesarias para demostrarlo a la hora de reclamar.