Ya no hace falta llevar el justificante de pago del Seguro

Live forum: http://elclubtriumph.es/viewtopic.php?t=26807

bichoide

27-11-2008 12:03:21

No sé si se ha posteado esto ya pero por si acaso aquí va

http://www.dgt.es/was6/portal/contenido ... nsa102.pdf
Texto extraído

[u3pete2pv]Reglamento de Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil[/u3pete2pv]

[b3pete2pv]Se suprime la denuncia por no llevar el
justificante de pago del Seguro Obligatorio[/b3pete2pv][/size3pete2pv]

[b3pete2pv]Los Agentes de tráfico comprobarán por vía telemática la vigencia
de la póliza.[/b3pete2pv]

[u3pete2pv]17 de octubre de 2008.[/u3pete2pv] Los Agentes de Tráfico comprobarán
telemáticamente si los conductores a los que se les para tienen vigente el
seguro obligatorio de responsabilidad civil, siguiendo los principios recogidos
en el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento
Administrativo Común en relación con la tendencia a no presentar documentos
que ya se encuentran en poder de la Administración. Hasta la entrada en vigor
del nuevo Reglamento del Seguro (13 de octubre de 2008), los conductores
estaban obligados a llevar entre la documentación del vehículo, el justificante
de haber pagado la póliza.

Los agentes constatarán la vigencia de dicho documento mediante la
consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). En caso de
que se verifique la tenencia y vigencia del seguro, la acreditación queda
cumplida, no exigiéndole al conductor, justificante alguno.

En los casos en que no conste la existencia del seguro o no sea posible
realizar la consulta en el Registro de Vehículos Asegurados, el agente sí
solicitará (solamente en estos casos) al conductor el recibo o justificante del
mismo para constatar que dicho seguro está en vigor. Si no se acredita, se le
formula la correspondiente denuncia y se le indica al denunciado que en el
plazo de cinco días debe presentar el justificante del pago del seguro
obligatorio en la Jefatura de Tráfico, ya que en caso contrario se procedería al
precinto y depósito del vehículo en caso de incumplimiento de dicha
obligación.

Con esta nueva medida se suprime la infracción por no llevar el justificante,
aunque desde la DGT se recomienda adjuntarlo al resto de documentación
obligatoria del vehículo.

En 2007 se tramitaron 160.000 denuncias por no llevar, en el momento que
lo requería el agente, el justificante del pago del seguro, cuyo importe era de
60 euros.

[b3pete2pv][u3pete2pv]SANCIONES[/u3pete2pv][/b3pete2pv]
Según la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de
Vehículos a Motor, los titulares de vehículos deben tener contratado un
Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil para hacer frente a los posibles
daños que pudiera causar su vehículo, en caso de no tenerlo, el agente puede
inmovilizar, precintar y enviar el vehículo a un depósito.

Además, la circulación de vehículos sin seguro obligatorio se sanciona con
multas de 1000 euros para los ciclomotores, 1250 para las motocicletas, 1500
para los turismos, 2600 para los vehículos pesados.

Para evitar que circulen por las carreteras vehículos sin seguro, la DGT
puso en marcha en enero de este año un sistema de control automático de
reconocimiento de matrículas. En total son 12 los coches patrullas de la
Guardia Civil los que van equipados con un sistema capaz de leer las
matrículas y comprobar mientras circulan si se tiene contratado algún tipo de
seguro.

Circular sin seguro es un acto insolidario, ya que los posibles daños
causados en caso de accidente por un vehículo sin seguro y cuyo titular sea
declarado insolvente, terminarán asumiéndolos la sociedad a través del
Consorcio de Compensación de Seguros.

josest

27-11-2008 12:14:52

Pues sí, se habló y discutió largo y tendido........
Sabes que hago yo???? Llevarlo.
Si la poli no puede comprobarlo, te pondrá denuncia, que posiblemente luego no tengas que pagar, pero te costará ir a presentarlo.........

Y cual es el problema de llevar, con el resto de la documentación, un katxito de papel de 1/2 cuartilla??????

Se práctico.

Vssss....... 8-)

Angel

27-11-2008 12:20:31

Yo también lo seguiré llevando conmigo. wink

tricilindrico

27-11-2008 12:47:00

Pues sí, se habló y discutió largo y tendido........
Sabes que hago yo???? Llevarlo.
Si la poli no puede comprobarlo, te pondrá denuncia, que posiblemente luego no tengas que pagar, pero te costará ir a presentarlo.........

Y cual es el problema de llevar, con el resto de la documentación, un katxito de papel de 1/2 cuartilla??????

Se práctico.

Vssss....... 8-)[/quotelifyqgpp]

+1

danielsam

27-11-2008 13:12:20

[quote3nrpgipq]En los casos en que no conste la existencia del seguro o no sea posible
realizar la consulta en el Registro de Vehículos Asegurados el agente sí
solicitará (solamente en estos casos) al conductor el recibo o justificante del
mismo para constatar que dicho seguro está en vigor. Si no se acredita, se le
formula la correspondiente denuncia y se le indica al denunciado que en el
plazo de cinco días debe presentar el justificante del pago del seguro
obligatorio en la Jefatura de Tráfico, ya que en caso contrario se procedería al
precinto y depósito del vehículo en caso de incumplimiento de dicha
obligación[/color3nrpgipq][/quote3nrpgipq]

astor

27-11-2008 13:17:13

Es muy dificil terminar de leer tus post compañero, con ese pedazo de pibon que tienes por firma....

Mulder

27-11-2008 13:18:25

Como bien dice DanielSam. ...
yo lo llevo por si acaso, que luego es un follón ir a tráfico a que te quiten la multa.

superpringaguardias

27-11-2008 13:26:22

Es muy dificil terminar de leer tus post compañero, con ese pedazo de pibon que tienes por firma....[/quoteds1sewot]

ja ja ja P
de acuerdisimo !!!

por cierto, yo tambien soy de la opinion
de llevarlo con el resto de la documentacion.
Si tengo que presentar un recurso, aunque lo gane seguro,
aqui en BCN ir a la Campana (DGT) es tirar el dia

un saludillo

Mcklau

27-11-2008 13:52:56

Vamos que lo llevaré encima, porque pone que sino es posible consultarlo por parte del guardia, te lo piden y sino lo llevas multa, entonces que ha cambiado?

Lolo

27-11-2008 14:08:36

A mi me han devuelto el importe de una multa que pague hace un par de meses por no llevar el papelito.

No sabia que no hacia falta llevarlo y el pikoleto que me la puso, uno de trafico tampoco, pero me mandaron una carta de trafico diciendo que podia reclarmar la multa y el impreso para hacerlo.

Despues en trafico ni dios sabia en que ventanilla podia entregar mi impreso.

danielsam

27-11-2008 14:58:37

Ademas, si tienes una leche ya me contaras de donde sacas la información del seguro, POR UN MISERO PAPEL.
Con la de mierda que llevamos en la guantera (algunos)

DANKO

27-11-2008 15:22:29

Seguire a la antigua usanza...por un papel.

miguelvaloz

27-11-2008 19:05:59

Yo lo llevaré, pero ahora no podrán multarte por no llearlo encima, algo se ha mejorado y plas esta nueva norma.

raychals

27-11-2008 19:08:42

El papel llevarlo por si falla la maquina, que mas vale prevenir que el mareo q te pueden meter por un error infomatico de los huevos <P

blacksheep

28-11-2008 00:22:00

Vamos que lo llevaré encima, porque pone que sino es posible consultarlo por parte del guardia, te lo piden y sino lo llevas multa, entonces que ha cambiado?[/quote1imev3rn]

Si no exhibes el justificante, y los agentes no pueden comprobar consultando en la base que posees el seguro en vigor, la confección de un boletín de denuncia es un mero trámite preventivo que queda automáticamente archivada en el momento que Jefatura de Tráfico comprueba que en la fecha de la denuncia disponías de seguro en vigor (ya no es necesario ir a presentarlo en una Jefatura). Ya no hay multa por no exhibir el justificante de estar en posesión del seguro en vigor (antes eran 60/42 euros)

Mencey

28-11-2008 16:22:45

El gran problema de todo esto no es que lo lleves o no por si la GC te busca las cosquillas sino mas bien, por si tienes un golpe y te dan, a que compaia de seguros vas a reclamarle si el otro individuo no lo lleva encima ??? -|

Mulder

28-11-2008 16:28:38

pos a la que me diga le guardia, que yo sin seguro no me voy del lugar del incidente/accidente

rafabird

28-11-2008 16:44:41

¿Y que pasa con la documentación?
Si eres el propietario del vehiculo, con enseñar el DNI debería ser suficiente.
Ya que en este país nos tienen fichaos con un identificador único, que nos sirva para algo.
Que no se preocupen por el coste que ya pagamos nosotros los aparatos. Pagamos los radares que son cacharros más caros y menos amables.

ala pofavo.

blacksheep

29-11-2008 04:11:57

¿Y que pasa con la documentación?
Si eres el propietario del vehiculo, con enseñar el DNI debería ser suficiente.
Ya que en este país nos tienen fichaos con un identificador único, que nos sirva para algo.
Que no se preocupen por el coste que ya pagamos nosotros los aparatos. Pagamos los radares que son cacharros más caros y menos amables.

ala pofavo.[/quote29nprxzm]
Pues sí, estoy de acuerdo, al permiso de conducción se le puede dar el mismo tratamiento que a los seguros, pues es un documento registrado que la administración puede comprobar, sin embargo no exhibir el permiso de conducción supone una sanción de 10e, lo cuál me parece absurdo, pero todo llegará, aunque sea tarde