Ricard
11-03-2005, 02:05 PM
No se puede considerar un manual como tal pero su contenido es de interés para todos los conductores.
Aquí recopilo una pequeña parte para el conocimiento de todos
Limites de velocidad
http://img483.imageshack.us/img483/7879/velocidad2xs.jpg
Alcolemia
http://img301.imageshack.us/img301/3716/alcolemia5la.jpg
Nota: (by jesus)
Es práctica común en la mayoría de juzgados en territorio andaluz (de los otros no sé) no llebar a término diligencias en valores que no superen 0.28 en litro de sangre, por lo que el expediente se limita a una sanción administrativa (sobre 450 - 800 ¤) sin que peligre el papelito rosa, SIEMPRE Y CUANDO LA SANCIÓN SE DEBA A UN CONTROL PREVENTIVO DE ALCOHOLEMIA Y EL TEST ANTROPOMÉTRICO SEA FAVORABLE
El test antropométrico son las pruebas que te hace hacer el guardia de andar sobre una línea recta, manera de hablar, de comportarte... es una valoración de tu estado que el guardia adjunta al informe y es el PADRE NUESTRO A LA HORA DE EVALUAR UNA ALCOHOLEMIA
Placas de matricula
La denuncia es del mismo importe si circulas sin placa de matricula que si no es perfectamente visible
http://img301.imageshack.us/img301/4979/matricula002xh.jpg
http://img489.imageshack.us/img489/9910/matricula018nr.jpg
Alumbrado
Información sobre circular con bombillas no homologas, producir deslumbramientos, o incluso circular sin luces
http://img301.imageshack.us/img301/4292/bombillasnoreg6je.jpg
http://img301.imageshack.us/img301/9563/alumbrado9mf.jpg
Adelantar en continua
Son muchos los motoristas que adelantan en continua aún no existiendo ningún tipo de peligro
http://img301.imageshack.us/img301/9276/continua4ze.jpg
GPS's, Intercomunicadores, etc
http://img489.imageshack.us/img489/6370/pantallasaruculares1rm.jpg
Saltarse un Stop, Ceda el paso, preferencias,....
http://img483.imageshack.us/img483/5985/stops3ub.jpg
http://img483.imageshack.us/img483/2774/prioridad2xs.jpg
http://img489.imageshack.us/img489/6012/prioridad015rw.jpg
Circular en direción prohibida o sentido prohibido
http://img301.imageshack.us/img301/4472/direccionprohibida8zi.jpg
Saltarse un semaforo
http://img176.imageshack.us/img176/536/semaforo3gu.jpg
http://img483.imageshack.us/img483/7589/semaforopeaton9xk.jpg
Seguro que al que me "jodió" a mi no le sancionan, pero hay si hubiera sido al revés
Hacerse el sordo o el "loco"
http://img176.imageshack.us/img176/2853/agentes6hz.jpg
Retrovisores obligatorios
http://img486.imageshack.us/img486/1066/retrovisores1ga.jpg
Documento completo (ftp://elclubtriumph@213.97.175.209/Manuales/Sanciones_Trafico_2005.pdf)
Extraido de: http://www.terra.es/personal2/pl.coet
Normativa sobre Quads y ATV
Aunque todos los quads comparten básicamente su aspecto y construcción, las peculiaridades de cada uno nos obligan a encuadrarlos dentro de normativas diferentes. Así, como norma general, los deportivos y ATV de máxima capacidad son considerados Vehículo Especial, una categoría muy genérica que engloba a su vez a la maquinaria agrícola y de obras.
En este caso, el título necesario para su manejo es la licencia B, y en ningún caso se podrá conducir con acompañante. Los modelos infantiles no matriculables no son considerados en ninguno de los apartados a los que se refiere el Reglamento General De Vehículos, por lo que su uso está restringido a fincas privadas o circuitos cerrados al tráfico.
Un peldaño por encima se encuentran los ciclomotores (hasta 50 cc), que son aquellos quads destinados generalmente al público adolescente y cuya legislación permite circular legalmente con pasajero, aunque el uso del casco y la posesión de la licencia de ciclomotor y seguro son condiciones indispensables para poder conducirlo.
El verdadero problema llega con los hasta ahora considerados Cuadriciclos, pues según el Reglamento General de Vehículos su denominación correcta es Cuatriciclo. La condición indispensable para su homologación es la potencia del motor, que no debe superar los 15 kw, y el peso, que no debe exceder de los 400 kg. Por este motivo, hay modelos de generosas dimensiones capaces de transportar dos pasajeros, que cuentan con señalización óptica y acústica y no tiene la consideración de cuatriciclos.
Éste es el caso de los grandes ATV 4x4 y los deportivos de mediana cilindrada, cuya potencia excede la permitida y no pueden cumplir lo homologación pertinente. Así mismo, generalmente los nuevos quads de cilindrada reducida (hasta 250 cc) cumplen sin problemas con estos requisitos, por lo que satisfacen la normativa que les permite circular con pasajero y ser matriculados como cuatriciclo. Legalmente, los ATV que ofrecen versión homologable como cuatriciclo han de contar con la preceptiva limitación de potencia. El caso más llamativo es el del nuevo Arctic Cat 650 V2, que en su proceso de homologación ha sufrido la reducción de potencia útil.
Respecto a las condiciones necesarias para la homologación de cada modelo vamos a obviar una extensa lista de requisitos, aunque sí nos detendremos en algunas de las obligaciones a las que debemos atenernos siempre que circulemos con nuestro quad.
En el caso de los Vehículos Especiales, la legislación obliga al uso del casco durante su manejo, aunque desde nuestro punto de vista su uso no es sólo recomendable sino obligatorio para prevenir cualquier tipo de lesión frente a un accidente. Así mismo, los Vehículos Especiales matriculados como tales que circulen por centros urbanos o fuera de ellos deben llevar al menos el retrovisor izquierdo, siendo el derecho opcional.
De igual manera, al circular por carretera los Vehículos Especiales tienen la limitación de velocidad a 45 km/h, así como de circular por la parte transitable del arcén o, en su defecto, usando la parte imprescindible de la calzada en su margen derecho.
Los cuatriciclos gozan en cambio de una mayor permisividad en su tránsito. En primer lugar, estos vehículos pueden ser utilizados por conductor y un acompañante, circular por la calzada como un automóvil e incluso acceder a autopistas y autovías. En este caso la legislación sí obliga a instalar una pareja de espejos retrovisores, al uso del casco bajo cualquier circunstancia y a realizar el pago del impuesto de matriculación, que asciende a un 12% sobre el precio de compra (algunas marcas sí incluyen esta suma en su precio).
Fuente: www.supermotor.com
Aquí recopilo una pequeña parte para el conocimiento de todos
Limites de velocidad
http://img483.imageshack.us/img483/7879/velocidad2xs.jpg
Alcolemia
http://img301.imageshack.us/img301/3716/alcolemia5la.jpg
Nota: (by jesus)
Es práctica común en la mayoría de juzgados en territorio andaluz (de los otros no sé) no llebar a término diligencias en valores que no superen 0.28 en litro de sangre, por lo que el expediente se limita a una sanción administrativa (sobre 450 - 800 ¤) sin que peligre el papelito rosa, SIEMPRE Y CUANDO LA SANCIÓN SE DEBA A UN CONTROL PREVENTIVO DE ALCOHOLEMIA Y EL TEST ANTROPOMÉTRICO SEA FAVORABLE
El test antropométrico son las pruebas que te hace hacer el guardia de andar sobre una línea recta, manera de hablar, de comportarte... es una valoración de tu estado que el guardia adjunta al informe y es el PADRE NUESTRO A LA HORA DE EVALUAR UNA ALCOHOLEMIA
Placas de matricula
La denuncia es del mismo importe si circulas sin placa de matricula que si no es perfectamente visible
http://img301.imageshack.us/img301/4979/matricula002xh.jpg
http://img489.imageshack.us/img489/9910/matricula018nr.jpg
Alumbrado
Información sobre circular con bombillas no homologas, producir deslumbramientos, o incluso circular sin luces
http://img301.imageshack.us/img301/4292/bombillasnoreg6je.jpg
http://img301.imageshack.us/img301/9563/alumbrado9mf.jpg
Adelantar en continua
Son muchos los motoristas que adelantan en continua aún no existiendo ningún tipo de peligro
http://img301.imageshack.us/img301/9276/continua4ze.jpg
GPS's, Intercomunicadores, etc
http://img489.imageshack.us/img489/6370/pantallasaruculares1rm.jpg
Saltarse un Stop, Ceda el paso, preferencias,....
http://img483.imageshack.us/img483/5985/stops3ub.jpg
http://img483.imageshack.us/img483/2774/prioridad2xs.jpg
http://img489.imageshack.us/img489/6012/prioridad015rw.jpg
Circular en direción prohibida o sentido prohibido
http://img301.imageshack.us/img301/4472/direccionprohibida8zi.jpg
Saltarse un semaforo
http://img176.imageshack.us/img176/536/semaforo3gu.jpg
http://img483.imageshack.us/img483/7589/semaforopeaton9xk.jpg
Seguro que al que me "jodió" a mi no le sancionan, pero hay si hubiera sido al revés
Hacerse el sordo o el "loco"
http://img176.imageshack.us/img176/2853/agentes6hz.jpg
Retrovisores obligatorios
http://img486.imageshack.us/img486/1066/retrovisores1ga.jpg
Documento completo (ftp://elclubtriumph@213.97.175.209/Manuales/Sanciones_Trafico_2005.pdf)
Extraido de: http://www.terra.es/personal2/pl.coet
Normativa sobre Quads y ATV
Aunque todos los quads comparten básicamente su aspecto y construcción, las peculiaridades de cada uno nos obligan a encuadrarlos dentro de normativas diferentes. Así, como norma general, los deportivos y ATV de máxima capacidad son considerados Vehículo Especial, una categoría muy genérica que engloba a su vez a la maquinaria agrícola y de obras.
En este caso, el título necesario para su manejo es la licencia B, y en ningún caso se podrá conducir con acompañante. Los modelos infantiles no matriculables no son considerados en ninguno de los apartados a los que se refiere el Reglamento General De Vehículos, por lo que su uso está restringido a fincas privadas o circuitos cerrados al tráfico.
Un peldaño por encima se encuentran los ciclomotores (hasta 50 cc), que son aquellos quads destinados generalmente al público adolescente y cuya legislación permite circular legalmente con pasajero, aunque el uso del casco y la posesión de la licencia de ciclomotor y seguro son condiciones indispensables para poder conducirlo.
El verdadero problema llega con los hasta ahora considerados Cuadriciclos, pues según el Reglamento General de Vehículos su denominación correcta es Cuatriciclo. La condición indispensable para su homologación es la potencia del motor, que no debe superar los 15 kw, y el peso, que no debe exceder de los 400 kg. Por este motivo, hay modelos de generosas dimensiones capaces de transportar dos pasajeros, que cuentan con señalización óptica y acústica y no tiene la consideración de cuatriciclos.
Éste es el caso de los grandes ATV 4x4 y los deportivos de mediana cilindrada, cuya potencia excede la permitida y no pueden cumplir lo homologación pertinente. Así mismo, generalmente los nuevos quads de cilindrada reducida (hasta 250 cc) cumplen sin problemas con estos requisitos, por lo que satisfacen la normativa que les permite circular con pasajero y ser matriculados como cuatriciclo. Legalmente, los ATV que ofrecen versión homologable como cuatriciclo han de contar con la preceptiva limitación de potencia. El caso más llamativo es el del nuevo Arctic Cat 650 V2, que en su proceso de homologación ha sufrido la reducción de potencia útil.
Respecto a las condiciones necesarias para la homologación de cada modelo vamos a obviar una extensa lista de requisitos, aunque sí nos detendremos en algunas de las obligaciones a las que debemos atenernos siempre que circulemos con nuestro quad.
En el caso de los Vehículos Especiales, la legislación obliga al uso del casco durante su manejo, aunque desde nuestro punto de vista su uso no es sólo recomendable sino obligatorio para prevenir cualquier tipo de lesión frente a un accidente. Así mismo, los Vehículos Especiales matriculados como tales que circulen por centros urbanos o fuera de ellos deben llevar al menos el retrovisor izquierdo, siendo el derecho opcional.
De igual manera, al circular por carretera los Vehículos Especiales tienen la limitación de velocidad a 45 km/h, así como de circular por la parte transitable del arcén o, en su defecto, usando la parte imprescindible de la calzada en su margen derecho.
Los cuatriciclos gozan en cambio de una mayor permisividad en su tránsito. En primer lugar, estos vehículos pueden ser utilizados por conductor y un acompañante, circular por la calzada como un automóvil e incluso acceder a autopistas y autovías. En este caso la legislación sí obliga a instalar una pareja de espejos retrovisores, al uso del casco bajo cualquier circunstancia y a realizar el pago del impuesto de matriculación, que asciende a un 12% sobre el precio de compra (algunas marcas sí incluyen esta suma en su precio).
Fuente: www.supermotor.com